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El caso de las bebés intercambiadas en 2002 en el antiguo Hospital San Millán ha dado este miércoles un paso más hasta su definitiva resolución con el visto bueno en el Consejo de Gobierno de la resolución por la que se reconoce la responsabilidad ... del SERIS en el asunto. De ahí que acordó una indemnización de 850.000 euros para una de las dos afectadas por el fatal error. La cantidad, tal y como adelantó Diario LA RIOJA, es la misma que consideró adecuada el Consejo Consultivo, órgano al que hay que recurrir siempre que la indemnización solicitada supere los 50.000 euros, y que el pasado septiembre asumió la Consejería de Salud.
En una nota de prensa, el Ejecutivo riojano señala que esta decisión va en la línea de la jurisprudencia existente en casos similares y subraya que en este caso su interés principal ha sido resolver la reclamación presentada con total respeto a los procedimientos judiciales.
Conocido el acuerdo, José Sáez Morga, abogado de la entonces pequeña que ahora tiene 20 años, aseguró a este diario que estudiará la resolución antes de tomar una decisión sobre si la recurre o no. En el supuesto de que no acepte la cantidad acordada, emprenderá la vía judicial en el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja. En un primer momento la víctima reclamaba tres millones de euros por tratarse «de un daño continuado de por vida de imposible reparación».
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El intercambio de las bebés de Logroño se remonta a junio de 2002. Con cinco horas de diferencia nacían en el antiguo Hospital San Millán de Logroño dos niñas, Ana y María (no son sus nombre reales). Por su bajo peso, ambas fueron llevadas a la sala de incubadoras y, finalmente, a las cunas, donde supuestamente se cometió el error fatal. Sus vidas, a partir de entonces, se entrecruzaron. A Ana la criaron los padres biológicos de María. A María, como los padres de Ana tenían una discapacidad incapacitante, la crió la abuela biológica de Ana.
A los quince años, la abuela reclamó una pensión de alimentos al supuesto padre de María. Éste negó que fuera el padre de la menor y las pruebas de ADN lo confirmaron después. Más adelante se comprobó que tampoco la supuesta madre era realmente la progenitora y con esta incertidumbre María acudió a la Justicia. Las pesquisas de la Inspección Médica y de Salud concluyeron que solo podía haber sido intercambiada por Ana y las pruebas de ADN lo ratificaron.
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En un primer momento la Consejería de Salud consideró que no existía una relación de causalidad entre aquel intercambio y la situación en que se encuentra la afectada; que no se trata de un hecho antijurídico; y que la víctima tiene la obligación de soportar las consecuencias de aquella negligencia. En todo caso, le ofrecía 215.000 euros.
Desde el Servicio Riojano de Salud recordaban también que los sistemas de seguridad e identificación actuales permiten asegurar que un caso similar no se produciría en los hospitales de La Rioja.
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