El juez Marchena preside el tribunal que juzgó a los presos del procés. R. C.

Las claves del Supremo para negar la amnistía a Puigdemont

Los magistrados que juzgaron el procés mantienen los delitos de malversación contra el expresident catalán, Toni Comín y Lluis Puig

Ander Azpiroz

Lunes, 1 de julio 2024, 14:38

El Supremo negó este lunes la aplicación de la aministía aprobada por el poder legislativo para Carles Puigdemont y mantiene activa su orden detención de malversación de fondos públicos que podría acarrearle hasta 12 de años de prisión. Estas son las claves de la ... decisión del alto tribunal que contradicen la norma votada por las Cortes.

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    Precipitación política

La Sala Penal del Tribunal Supremo, la encargada de juzgar a los dirigentes del procés que no se dieron a la fuga, considera que se ha producido una precipitación a la hora de aprobar la ley de amnistía por el poder legislativo. «Entre la voluntad política que anima una determinada reforma y los enunciados normativos mediante los que esa voluntad pretende llevarse a efecto ha de existir una coherencia precisa, exacta, que sea fiel reflejo del solvente manejo de las categorías conceptuales que son propias de la dogmática penal«, señala la resolución del alto tribunal.

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    Persiste el delito de malversación

Los magistrados rechazan, tal y como solicitó el instructor Pablo Llarena, retirar la orden de detención contra Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluis Puig, fugados tras el referéndum ilegal del 1-0 de 2017. Se considera que el delito de malversación sigue vigente para ellos pese a la amnistía al existir un ánimo de lucro personal por cada uno de ellos. Es decir, que no solo usaron fondos públicos para montar la consulta sino que además desviaron parte de ese dinero hacia sus bolsillos. Considera el Supremo que la malversación no puede ser objeto de amnistía, un delito por el que también fueron condenados en su momento Oriol Junqueras o Raül Romeva.

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    Interpretación política del procés

En su resolución, los magistrados van más allá del argumento jurídico en base a las condenas de malversación y recuerdan que los dirigentes del procés que comparecieron ante la justicia también fueron condenados por un delito de sedición y alertan que, pese a que fueron indultados en 20121 por el Gobierno de Pedro Sánchez «el debilitamiento de la fortaleza territorial de España y de la propia Unión Europea fue real. »Se pusieron en riesgo- se añade en el auto- las bases estructurales sobre las que se ha erigido el proyecto europeo, por más que ese peligro, a partir de las vicisitudes políticas que ya forman parte de la historia, no llegara a materializarse en una efectiva fragmentación territorial que habría tenido, sin duda, unas nefastas consecuencias recaudatorias, más que previsibles, para la Unión Europea«.

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    Un voto particular

La resolución de la Sala Penal del Tribunal Supremo cuenta con el voto particular de una de sus seis integrantes. La magistrada Ana Ferrer estima que la decisión aprobada por la amplia mayoría de sus compañeros «es contraria a cualquier posible orientación 'pro reo', que, pese a la excepcionalidad de la amnistía, siempre debe conjugarse cuando de leyes con efectos penales se trata». Es decir, que la medida de gracia aprobada por el poder legislativo prevalece sobre las anteriores condenas o acusaciones de delitos anteriores, sostiene la jueza.

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    El Tribunal Superior de Cataluña, a la espera

La decisión del Tribunal Supremo de dejar fuera la malversación de la ley de amnistía impacta de lleno en el Tribunal de Justicia Superior de Cataluña, donde segundos cargos de la Generalitat en época de Carles Puigdemont, tanto de Junts como de Esquerra, permanecen en proceso judicial por este delito.

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