El Gobierno sigue acumulando varapalos judiciales en su intento de enterrar el 'caso Begoña Gómez'. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) rechazó por unanimidad admitir a trámite la querella de Pedro Sánchez por «prevaricación judicial» contra Juan Carlos Peinado, el magistrado ... que investiga a la esposa del presidente por presunto tráfico de influencias y corrupción en los negocios.
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Los tres magistrados de la Sala Civil y Penal del TSJM, en contra del criterio de la Fiscalía Superior que se había alineado con las tesis de la Abogacía del Estado, no ven ningún indicio de irregularidad en la actuación del titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid cuando prohibió a Sánchez declarar por escrito en este procedimiento contra su mujer (tal y como la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite al jefe del Ejecutivo).
El auto está firmado por el presidente del TSJM, Celso Rodríguez Padrón (expresidente de la asociación conservadora de jueces APM, a la que pertenece Peinado) y los magistrados Francisco Goyena (el mismo que pidió al Supremo investigar al fiscal general del Estado) y Jesús Santos Vijande, que llegó al tribunal superior a propuesta del grupo del PP en la Asamblea de Madrid.
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Este último, además, emitió un voto particular que no cambia el sentido unánime de la decisión. Propuso incluso interrogar a Sánchez en una pieza separada por mala fe procesal en la presentación de la querella. En suma, la Sala no ve delito en la determinación del juez en forzar el interrogatorio en Moncloa y considera que la querella es «especulativa», «tergiversa» lo que supone en sí el delito de prevaricación y «destila prejuicio» contra Peinado.
La resolución del TSJM, sumada a la decisión de la Audiencia de Madrid de avalar la investigación del juez de 70 años sin más limitaciones que el rescate de Air Europa, echa por tierra gran parte de la estrategia de Moncloa para enterrar la causa abierta a Begoña Gómez. Ni el tribunal provincial ha forzado al juez al archivo como pedía la defensa de la imputada ni el TSJM va a mover un dedo para apartar a Peinado, como pretendía Sánchez. En esta ofensiva solo queda ya una última bala, que según todas las fuentes consultadas va a acabar también en nada: la querella de la propia mujer del presidente contra el juez por «prevaricación continuada», que en su caso no cuenta con el apoyo ni tan siquiera de la Fiscalía Superior de Madrid.
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El argumento principal del tribunal para tumbar la demanda es que la citación como testigo de Sánchez se hizo «claramente» por actos no derivados del ejercicio de las funciones del jefe del Ejecutivo; es decir, por su condición de esposo de la investigada. Por lo tanto, a pesar de lo que alegaba, no tenía el derecho indiscutible de declarar por escrito, tal y como establece la ley.
«Una cosa es que el querellante sostenga que su condición institucional es prácticamente indisoluble de su condición personal o familiar. Otra bien distinta es la que se plasma en las resoluciones judiciales que dan lugar a la querella», explican los magistrados, que subrayan que, en estas últimas, «se prescinde del conocimiento que de los hechos que se investigan haya podido tener Sánchez en el ejercicio de su cargo».
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«Sea acertada o no» la fórmula que Peinado eligió para interrogar al testigo, «es lo cierto que no quiso interrogar al presidente del Gobierno por sus actos como institución, sino al esposo de la querellada por lo que hubiese podido conocer en este plano personal», zanja el tribunal haciendo suyas las tesis del juez.
A través de la Abogacía del Estado y en un movimiento sin precedentes el pasado 30 de julio, tras acogerse en Moncloa a su derecho a no declarar contra su mujer y guardar silencio ante el instructor, Sánchez formalizó la querrella contra Peinado y demandó la «necesidad de defender la institución que representa la Presidencia del Gobierno» frente a la «arbitrariedad» del magistrado.
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La demanda que firmó la letrada del Estado Zaida Isabel Fernández, apreció una clara prevaricación en la actuación de Peinado en su empeño por interrogar en persona a toda costa al presidente, incluso a sabiendas de que no podía hacerlo una vez que él había manifestado su intención de limitarse a responder un cuestionario, tal y como le ampararía la ley, según su criterio, por tratarse de hechos que no son ajenos al cargo que actualmente ostenta Sánchez (el presunto tráfico de influencias se habría cometido haciendo uso de su ascendente como autoridad).
Los servicios jurídicos del Estado entendieron que Peinado había «violentado sin motivación posible» la ley para intentar interrogar en persona al presidente con «una finalidad extraprocesal». Afirmó la Abogacía que «hay múltiples elementos que hacen evidente que la toma de declaración practicada contraviene la normativa que la regula, despojando a quien ostenta, la Presidencia de uno de los poderes del Estado, de las garantías que le ofrece la Ley de Enjuiciamiento Criminal desde 1882, sin explicación alternativa manifestada o manifestable».
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Aunque la querella, posteriormente ampliada el 31 de agosto, enumeró diversas resoluciones que Sánchez consideraba injustas o de dudosa motivación, el eje jurídico con la que pretendía el apartamiento de la carrera de este magistrado –la prevaricación está castigada con hasta 15 años de inhabilitación– era esa negativa a dejarle declarar por escrito.
El 11 de septiembre, la Fiscalía se unió a la ofensiva de Sánchez contra el juez al pedir la admisión de la querella ahora rechazada de plano. El Ministerio Público, en esencia, consideró que no se podía descartar «a priori» que el juez que ha abierto diligencias previas a Begoña Gómez incurriera en prevaricación al dictar una «resolución arbitraria o injusta» cuando prohibió a Sánchez declarar por escrito sin aportar una «fundamentación jurídica razonable».
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En su escrito, abundó en que el juez «en momento alguno» motivó la «conveniencia y utilidad» de vetar la declaración a distancia. Y que optó por aquella alternativa legal «que expone más a las institución que representa la persona llamada a declarar». Ayer el tribunal rechazó de plano esta tesis.
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