

Secciones
Servicios
Destacamos
Son los ERE de nunca acabar. El caso de las ayudas sociolaborales a empresas en crisis que la Junta de Andalucía repartió durante una década ( ... 2001-2010) bajo la etapa de gobiernos socialistas. Fueron aprobados 680 millones de euros, de los cuales más del 20% se ejecutaron sin control, de forma irregular, según concluyó la Cámara de Cuentas autonómica. Primero un tribunal de Sevilla (noviembre de 2019) y luego el Supremo (julio de 2022, con una Sala dividida) confirmaron las condenas por delitos de prevaricación y/o malversación de caudales públicos en la llamada pieza política de esta macrocausa. Hubo 15 castigados en firme, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves (nueve años de inhabilitación) y José Antonio Griñán (seis años de prisión que evitó por el cáncer que padece).
Casi dos años después, en junio de 2024, el pleno del Tribunal Constitucional (TC) abrió la puerta a admitir los recursos de amparo de la mayoría de los condenados, algunos de los cuales ya estaban cumpliendo cárcel por la malversación. El bloque progresista de la corte de garantías hizo valer su mayoría y respaldó, por seis votos frente a cuatro, la ponencia de la vicepresidenta Inmaculada Montalbán.
En síntesis, su sentencia eximió de responsabilidad penal al Gobierno andaluz. Consideró que ni los anteproyectos de ley ni los proyectos aprobados para el reparto de ayudas a 270 empresas y organismos en crisis se pueden considerar decisiones administrativas, sino funciones propias de un Ejecutivo autonómico.
En términos jurídicos, los magistrados enmendaron el fallo del Supremo al considerar que vulneró el derecho a la legalidad penal y a la presunción de inocencia de los recurrentes. Es decir, despenalizaron una conducta, la creación y ejecución del sistema de ayudas de los ERE, con el argumento de que sí tenía cobertura legal pese al posterior reparto indebido de unos 150 millones por la Consejería de Empleo.
La primera consecuencia de la admisión parcial del TC de nueve de los 12 recursos presentados fue la salida de prisión de los altos cargos de la Junta castigados por malversación. El tribunal juzgador, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, acató con premura la decisión de la corte de garantías. Sin embargo, la segunda derivada de la sentencia atisbaba ya un problema monumental. Obligaba al citado tribunal a dictar nuevos fallos individualizados a cada uno de los apelantes, eliminando los hechos exonerados por el Constitucional.
Un lío morrocotudo por dos motivos: el encaje jurídico del nuevo texto y la composición de la Sala, ya que solo uno de los cinco integrantes sigue formando parte del mismo órgano que juzgó la pieza política en 2018.
En noviembre pasado se conoció la composición de este tribunal provincial y ya se empezaron a plantear las primeras dudas. ¿Solo se deberían valorar los hechos delictivos vigentes o se tendrían que analizar los mismos y, por lo tanto, celebrar un nuevo juicio? Pero antes de resolver este interrogante, el órgano judicial recibió una petición de una acusación popular personada: Manos Limpias. El pseudosindicato reclamó paralizar la ejecución de la sentencia y elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), basándose en que el TC no había sido imparcial y se habían visto afectados los intereses de la Unión. Este fue el detonante, hace cuatro meses, del follón que hoy salpica a la corte de garantías.
El pistoletazo de salida lo dio el tribunal de Sevilla el 19 de marzo. En una providencia, planteó una «cuestión prejudicial de interpretación» para saber si el Constitucional «se ha extralimitado en la función de control que le corresponde, invadiendo ámbitos reservados a la jurisdicción al revisar la valoración probatoria de la Audiencia y el Tribunal Supremo». Una impugnación inédita de la sentencia del máximo intérprete de la Carta Magna. El último viraje de una macrocausa que comenzó a investigarse hace ya 14 años.
El presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, manifestó sus dudas sobre la posibilidad de que un tribunal español pudiera acudir al TJUE para desoír las sentencias que están en fase de ejecución. Lo hizo en la reunión de la Sala Primera celebrada el 24 de marzo, pero posteriormente el asunto acabó siendo abordado por todos los magistrados dada su relevancia. Varios de ellos –también Conde-Pumpido- pidieron informes, cinco, a sus letrados. Estos han coincidido en el fondo: no hay motivos para impedir que un tribunal pregunte a la corte de Luxemburgo.
La Fiscalía, por su parte, desaconsejó elevar la cuestión prejudicial porque el TC «no ha optado por una interpretación alternativa» de los delitos de prevaricación y malversación. Defiende también que el Derecho de la UE no se ha visto afectado en materia de lucha contra el fraude y la corrupción. La posición definitiva de la corte se conocerá en el pleno que comenzará este martes. Está previsto un «debate jurídico» sobre la respuesta que se debe dar a la providencia del tribunal de Sevilla. Una cita que se prevé tensa. La filtración de los informes de los letrados ha provocado un gran malestar en la presidencia, inmersa en una tesitura sin precedentes.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Destacados
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.