

Secciones
Servicios
Destacamos
Héctor Barbotta
Sevilla
Miércoles, 19 de marzo 2025, 09:37
El Tribunal Constitucional pudo extralimitarse en sus funciones al dictar las sentencias que diluyeron la pieza política del caso de los ERE y dieron lugar a la rehabilitación de los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chavesy José Antonio Griñán y de otros antiguos altos cargos socialistas. Así lo entiende la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, que ha dictado una providencia en la que cuestiona si esas decisiones del tribunal de garantías son compatibles con el derecho de la Unión Europea.
Por ese motivo, el tribunal que en su día juzgó el caso y dictó la sentencia posteriormente ratificada por el Tribunal Supremo y más tarde anulada parcialmente por el Constitucional ha solicitado a las partes personadas que se pronuncien sobre si en esta última instancia el TC invadió ámbitos reservados a los jueces.
También pide que analicen si la interpretación que el TC hace sobre las leyes de presupuestos de Andalucía de los años 2002 a 2009 se opone a la normativa y la jurisprudencia comunitaria al dejar al margen de todo control aquello que tenga que ver con la actividad presupuestaria desde la fase inicial de elaboración de los presupuestos a la fase final de su ejecución «lo cual podría generar una situación de desprotección del patrimonio público y una merma del correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado», así como de la confianza de la sociedad en el manejo honesto de los fondos públicos.
Cuando el pasado verano el Tribunal Constitucional estimó parcialmente los recursos presentados por la mayor parte de los condenados en la denominada 'pieza política' del caso de los ERE, lo que supuso la anulación de la pena de prisión que pesaba contra José Antonio Griñán y la excarcelación de ex consejeros de la Junta de Andalucía, ordenó a la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla que en base a esas nuevas consideraciones dictara otra sentencia.
Como parte de ese proceso, el tribunal sevillano ha dictado ahora la providencia, contra la que no cabe recurso, en la que advierte de que no puede dejar de lado la posibilidad de que las valoraciones que hace el Tribunal Constitucional «no sean del todo compatibles con el derecho de la Unión». En concreto, la providencia se refiere a las alusiones del TC sobre la presunta vulneración de los derechos de los condenados por parte del Supremo y de la propia Audiencia de Sevilla.
La posición adoptada por la Audiencia de Sevilla, que debe dictar sentencia tras el pronunciamiento del Constitucional, da un giro al caso después de que durante el pasado verano el tribunal de garantías anulara la sentencia avalada por el Supremo que condenaba a los ex altos cargos. En aquella ocasión, el TC consideró que durante el proceso se vulneró el derecho a la legalidad penal de los condenados al hacerse una interpretación y aplicación imprevisible del delito de prevaricación y que, en algunos casos, se violó también el derecho a la presunción de inocencia.
En sus votos particulares, la minoría conservadora consideró que el Constitucional se había excedido en sus funciones al actuar como un tribunal de casación y cuestionar la valoración de la prueba que se hace en la sentencia anulada.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
El mejor restaurante de comida sin gluten de España está en Valladolid
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Destacados
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.