Las recusaciones de magistrados o, en su defecto, la abstención voluntaria ya proyectan sobre la recién estrenada mayoría progresista del Tribunal Constitucional (TC) durante los próximos tres años. El reparto de asunto aprobado este martes por el primer pleno presidido por Cándido Conde-Pumpido ha ... confirmado lo que muchos juristas adelantaron cuando el Gobierno decidió designar, durante la última renovación parcial del TC, a dos personas con un marcado perfil político tras su paso por el Ejecutivo: el exministro de Justicia Juan Carlos Campo y la ex alto cargo de Moncloa, Laura Díez.
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Una situación que tarde o temprano iba a afectar en la composición del tribunal cuando se trataran determinados recursos, con la consiguiente merma de fuerza del sector progresista en una posterior votación en el pleno (en la actualidad la balanza sobre el papel es de siete magistrados contra cuatro, aunque falta por renovar la plaza de Alfredo Montoya, que renunció por enfermedad, una competencia que le corresponde al Senado y que debería asignar el PP porque fue quien le nombró en su momento).
En suma, Laura Díez, designada ponente de los recursos de inconstitucionalidad que llevaba su excompañero Antonio Narváez, tiene ante sí la decisión de apartarse del primero de los casos que le han asignado: la apelación de PP y Ciudadanos contra el decreto-ley de la Generalitat diseñado para responder a la norma sobre la obligatoriedad de que el 25% de las clases se impartan en español. Un asunto que fue regulado en otra iniciativa legislativa posterior aprobada por la Cámara catalana.
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Además, al conocer los temas que verá el próximo pleno, Díez ya ha comunicado a Conde-Pumpido que se abstendrá de participar en una deliberación relativa a un asunto colateral al anterior recurso: se trata de la impugnación que hizo el Tribunal Superior de Cataluña contra estas dos normas, cuyo ponencia es del magistrado del TC Enrique Arnaldo, según ha informado fuentes jurídicas.
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La abstención de Díez tiene que formalizarse legalmente y después tendrá que ser aprobada por sus compañeros en el pleno. La razón es que cuando la catedrática de Derecho formó parte del Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña emitió un dictamen sobre el primer decreto-ley de la Generalitat. Estos dictámenes fueron deliberados y votados por la magistrada, y en ellos se avalaba la constitucionalidad de ambas normas.
Del mismo modo, el reparto de las ponencias de los magistrados salientes entre los nuevos también ha puesto en un brete a María Luisa Segoviano por un asunto sobre el que ha tenido relación. Se trata de uno de los dos recursos presentado por el exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez, el relativo a la condena que le impuso el Tribunal Supremo por atentado contra la autoridad y que se tradujo en la pérdida de su escaño.
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Segoviano, expresidenta de la Sala Social del Supremo, que dejó hace solo unos meses con motivo de su jubilación, era también vicepresidenta de la Junta Electoral Central (JEC) que, en cumplimiento del fallo que inhabilitaba a Rodríguez para el derecho de sufragio pasivo –por dar una patada a un policía en una manifestación en 2014–, expidió la credencial de la diputada Fátima González, la siguiente en la lista.
Fue en la reunión del 27 de octubre de 2021 y se dio la circunstancia, además, de que en esa sesión Segoviano tuvo que ejercer de presidenta al no poder desempeñar esta función el magistrado de la Sala Segunda del Supremo, Miguel Colmenero, quien se apartó porque había formado parte del tribunal que condenó al entonces diputado de Unidas Podemos.
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Fuentes jurídicas señalan que, aunque la Junta Electoral no discutió los efectos de la sentencia, sí dio por bueno el cese de quien fue número tres de Podemos. Se puede decir que María Luisa Segoviano tuvo contacto directo con la causa y con la ejecución de esa inhabilitación. Por este motivo, debería abstenerse.
No en vano el artículo 219.13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), aplicable a los magistrados del Tribunal Constitucional en este caso, señala que es motivo de abstención «haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo».
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En un segundo recurso sobre la pérdida del escaño de Alberto Rodríguez, que está en manos de la magistrada María Luisa Balaguer, la Fiscalía se ha mostrado a favor de amparar al diputado. No obstante, en la práctica se trataría de un amparo meramente declarativo porque la restitución del escaño no se iba a producir automáticamente (precisamente porque la Junta Electoral Central expidió la credencial de diputada a la siguiente en la lista y Rodríguez no impugnó el nombramiento).
Precisamente en el marco de este recurso, en el que se cuestiona el acuerdo de la presidenta del Congreso Meritxell Batet, la sombra de la recusación planea también sobre el magistrado Juan Carlos Campo, pero no por su pasado como titular de Justicia o por su presencia en el Consejo de Ministros -que ya tendrá efecto en otros asuntos de relevancia que verá el TC- sino porque es pareja de Batet.
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