La ley de amnistía afronta la recta final de su tramitación en el Senado, donde el PP la tumbará aplicando su mayoría absoluta antes de que retorne al Congreso para su anunciada ratificación definitiva y después de haber llegado hasta aquí desmenuzada por ocho informes jurídicos ... -uno de la Cámara alta, dos del Congreso, cuatro del Consejo del Poder Judicial y el de la Comisión de Venecia- con serias dudas sobre su encaje constitucional. A esos dictámenes se suma ahora el elaborado por Eugenio de Santos Canalejo, letrado de la Comisión Conjunta de las Comisiones Constitucional y de Justicia, quien no solo incide en que una norma como la destinada a borrar las causas vinculadas al 'procés' independentista requeriría una reforma de la Carta Magna para poder adecuarse al ordenamiento vigente. Va más allá y advierte de que la eventual elevación por los jueces españoles -Supremo, en este caso- de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) paralizaría el levantamiento de las medidas cautelares que pesan sobre Carles Puigdemont. Es decir, la orden de búsqueda, captura y detención del expresident y hoy candidato de Junts a la Generalitat si cruza la frontera.
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El análisis efectuado por De Santos -60 páginas con fecha 30 de abril a las que ha tenido acceso este periódico- será refrendado por la comisión este jueves, antes de que la proposición de ley sea sometida a votación en el pleno del día 14 que la vetará. El autor del dictamen concreta en sus conclusiones las razones por las que deduce que la norma está lastrada por su «falta de fundamento constitucional» y se adentra en una cuestión esencial del nuevo texto legislativo que despierta notables incógnitas sobre su operatividad real: el apartado en el que determina que la entrada en vigor -prevista para finales de este mes, con un margen de dos meses para que los jueces la ejecuten- supondrá el inmediato levantamiento de las citadas medidas cautelares que afecten a los encausados. Una prevención llamada a otorgar garantías a Puigdemont, hasta el punto de que éste ha interpretado que podrá estar presente, como hombre libre, en la sesión de investidura en el Parlament si el escrutinio del 12-M le da la posibilidad de presentarse a ella. El informe de los letrados de la Comisión de Justicia del Congreso, contra el criterio del letrado mayor, fue el primero en alertar en su día de la colisión que se avecinaba entre esa premisa y una eventual impugnación por la justicia española ante la UE y ante el propio Tribunal Constitucional. El asunto -si la amnistía puede ser tan ejecutiva como para anular, desde la publicación de la ley en el BOE, el arresto de Puigdemont- dista de ser pacífico, con posiciones dispares entre los propios juristas.
Ahora, y en vísperas de que la norma salga del Senado con el parecer contrario de la mayoría de sus integrantes, el letrado de la comisión mixta Constitucional-Justicia de la Cámara alta donde se ha residenciado el debate subraya «el principio de primacía del Derecho de la Unión Europea» básandose en dos veredictos del TJUE, el referido al pleito de un ciudadado italiano, Flaminio Costa, contra la energética ENEL de 1964 y la 'sentencia Simmenthal' de 1978. Eugenio de Santos se ampara en ambas resoluciones para aseverar que los magistrados españoles, «en su calidad de jueces del Derecho de la Unión», tiene «la obligación» de «inaplicar la norma interna que consideren claramente incompatible» con la legislación comunitaria sin que sea preciso ni que pidan o esperen «su previa eliminación por vía legislativa o por cualquier otro procedimiento constitucional». Y el jurista del Senado concluye que la formulación de una cuestión prejudicial ante el TJUE no solo paralizaría el procedimiento al que pueda afectar -en este supuesto, la causa que tiene abierta el instructor Pablo Llarena contra Puigdemont en el Supremo-, sino también el levantamiento de las medidas cautelares que conciernen al expresident. Traducido, eso significaría que, si retorna a Cataluña con la amnistía recurrida ante Europa, correría el riesgo de ser arrestado y puesto a disposición judicial por los dos delitos -malversación agravada y desobediencia- que aún se le atribuyen tras la supresión de la sedición.
Junto a ello, el letrado cree «verosímil» que la futura ley que exonerará el 'procés' desemboque en «una controversia constitucional» ante el TC, circunstancia que viene a considerar lógica porque, según su análisis, una norma de este calado demanda una «previa reforma» de la Carta Magna para su impulso. De Santos argumenta que esta amnistía vulnera principios como el de igualdad, el de seguridad jurídica «dada la indeterminación del ámbito material y temporal» del perdón, el del derecho a la tutela judicial efectiva o el de defensa. Y remata: «Por todo ello, debe advertirse del riesgo que entraña para las Cortes Generales la aprobación de esta proposición de ley orgánica, ya que podría determinar, por parte de los órganos jurisdiccionales que tuvieran que aplicar la amnistía, el planteamiento de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea o de una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional».
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