En Moncloa y en ERC se esperaban críticas. Incluso alguna incómoda rebaja de penas de algún corrupto indeseado, tal y como había denunciado que podía ocurrir Unidas Podemos, que nunca acabó de ver con buenos ojos esta reforma exprés. Pero lo que nadie en el ... Gobierno ni en Esquerra había previsto es que las modificaciones introducidas en Código Penal para reducir las penas de malversación a fin de favorecer a los líderes del procés pudieran no tener efecto alguno.
Publicidad
Y todo ello porque en la redacción del nuevo texto – tal y como defiende el instructor Pablo Llarena en su auto del jueves- cabría la interpretación de que los condenados y huidos sí que tuvieron «ánimo de lucro» al usar el dinero público para «sufragar una decisión personal», la de convocar un referéndum ilegal de autodeterminación que ya había sido prohibido por el Constitucional.
La gran incógnita ahora –explican en el Supremo- es saber si la Sala de lo Penal del alto tribunal hace suyo este razonamiento ya conocido como 'doctrina Llarena' y decide que mantiene la malversación agravada para los ya condenados. El tribunal que presidente Manuel Marchena, que ha dado un plazo de ocho días a los nueve condenados a cárcel del procés para que pidan revisar sus penas, si se apunta a la tesis del instructor no tendría problema para mantener fuera de la política a Oriol Junqueras hasta julio de 2031 (fue condenado a trece años de inhabilitación). El Supremo, de seguir esta doctrina, tampoco debería cambiar las inhabilitaciones de 12 años que impuso a los exconsejeros Dolors Bassa, Jordi Turull y Raül Romeva.
Más información:
María Eugenia Alonso
Llarena y el Supremo, por tanto -reconocen a regañadientes responsables del Gobierno- tienen en su mano la oportunidad de reventar la estrategia de Moncloa con los independentistas catalanes, hasta el punto, no solo de no rehabilitar a Junqueras como exigía ERC, sino de frustrar la vuelta de Carles Puigdemont. O, incluso, esta nueva doctrina podría allanar la entrega judicial del expresidente por un delito relacionado con la corrupción y más «digerible» para Europa como sería la malversación.
La clave de la interpretación de Llarena que ha cogido a contrapié al Gobierno y a Esquerra pero que varios juristas del Supremo ya había visto antes es que las dos versiones atenuadas de malversación que introduce la reforma exprés pueden no ser aplicables a esta causa. La primera es la que pena con la suspensión de empleo o cargo público de uno a cuatro años a la autoridad que, sin ánimo de apropiárselo, destine «a usos privados el patrimonio puesto a su cargo». La segunda es la que establece inhabilitaciones de entre dos y seis años para la autoridad que dé al patrimonio «una aplicación pública diferente de aquella a la que estuviere destinado».
Publicidad
Pues bien, Llarena entiende que sí hubo apropiación indebida en tanto en cuanto en el procés no hubo un «trasvase presupuestario entre finalidades públicas legítimamente administradas», sino que los «fondos públicos» se usaron para «sufragar la decisión personal de contravenir el ordenamiento jurídico y cometer un delito, por más que el sujeto activo tenga una actividad profesional pública». O -como resumen gráficamente en el Supremo- el juez entiende que hubiera sido el mismo delito usar dinero público para sufragar el referéndum ilegal del 1-O que haberlo utilizado para comprarse un yate. En ambos supuestos se desvió dinero para satisfacer un deseo personal ajeno a la finalidad legítima.
Noticia Relacionada
«El ánimo de lucro resulta igualmente apreciable cuando se despoja a la administración de unos fondos públicos para atender obligaciones de pago que corresponden al sujeto activo del delito y que están plenamente desvinculadas del funcionamiento legítimo de la administración«, insiste el magistrado en la resolución notificada este jueves.
Publicidad
Así las cosas, Pablo Llarena considera que la actuación con el dinero público de los condenados Junqueras, Bassa, Turull y Romeva y de los huidos Puigdemont, Antonio Comín y Lluís Puig sería perfectamente encardinable en el ilícito de malversación agravada que recoge el nuevo artículo 432.2 del Código Penal, que castiga a la autoridad que, «con ánimo de lucro, se apropiare o consintiere que un tercero, con igual ánimo, se apropie del patrimonio». Cuando se produce un entorpecimiento «grave al servicio público» o el perjuicio supera los 50.000 euros, las inhabilitaciones se elevan a entre 10 y 20 años. De esta manera, las inhabilitaciones de 13 y 12 años que impuso el Supremo con la anterior legislación seguirían entrando en esta nueva horquilla, por lo que el alto tribunal no estaría obligado a tocar una coma de hacer suya la tesis de Llarena.
El varapalo al Gobierno, en ese supuesto, no obstante, no sería total. Aunque el tribunal que preside Marchena siguiera la senda marcada por el instructor del procés la reforma exprés del Ejecutivo sí que seguiría teniendo ciertos efectos. Daría luz verde inmediata a la política a los líderes secesionistas que fueron condenados solo por sedición y no por malversación: la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, el expresidente de Òmnium Cultural Jordi Cuixart, el de la Asamblea Nacional Catalana Jordi Sánchez y los exconsejeros Joaquim Forn y Josep Rull. El Supremo les condenó por sedición a entre 9 y 11 años y medio de inhabilitación, pero al transformarse ahora en una desobediencia la inhabilitación máxima pasaría a ser de dos años y ese periodo ya lo han cumplido todos ellos.La exconsejera Clara Ponsatí y la secretaria general de Esquerra Republica de Catalunya, Marta Rovira, solo acusadas ahora de desobediencia, también podrán volver a España sin riesgo de entrar en prisión, aunque sí que se arriesgan a una condena mínima de inhabilitación por desobediencia.
¡Oferta 136 Aniversario!
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Carnero a Puente: «Antes atascaba Valladolid y ahora retrasa trenes y pierde vuelos»
El Norte de Castilla
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.