La aplicación de la controvertida ley de amnistía aprobada en el Congreso de los Diputados comenzará oficialmente tras su publicación este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El foco se pondrá entonces sobre los juzgados y tribunales que tienen abiertas causas penales, ... administrativas y contables vinculadas al 'procés' independentista. Una norma que supone, en la práctica, el borrado de estos procedimientos para favorecer «la normalización institucional, política y social en Cataluña».
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Según cálculos del Gobierno, estas causas afectan a 372 personas; entre ella, 90 policías investigados por las cargas del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. Cuando se publique, el contador se pone a cero y los magistrados disponen de dos meses para ejecutar la ley, aunque las dudas se ciernen en lo inmediato sobre el carácter suspensivo de las medidas cautelares vigentes, como la orden nacional de detención e ingreso en prisión contra Carles Puigdemont. La previsión es que el Supremo eleve una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE. El PP ya ha anunciado que presentará recurso de inconstitucionalidad ante el TC.
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Esta es la polémica ley ya aprobada formalmente, explicada en seis claves.
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La ley implica dejar sin castigo todos los delitos cometidos entre el 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023 «en el contexto del denominado proceso independentista catalán». Tanto los actos vinculados directamente con las dos consultas independentistas ilegales celebradas en Cataluña, la del 9 de noviembre de 2014 y el referéndum del 1 de octubre de 2017, como aquellos no relacionados expresamente con las consultas pero sí con la reivindicación de la independencia.
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Quedan fuera los actos que puedan ser calificados de terrorismo conforme a la directiva europea de 2017, siempre y cuando «hayan causado de forma intencionada» graves violaciones de derechos humanos reguladas en los artículos 2 y 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (artículos que aluden al derecho a la vida y a la prohibición de la tortura). Tampoco se van a amnistiar actos que hubieran producido muerte, aborto o graves lesiones.
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Además, se excluyen los delitos de torturas o de tratos inhumanos o degradantes descritos en el artículo 3 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, salvo aquellos «que no superen un umbral mínimo de gravedad». La malversación de fondos públicos será amnistiada si estuvo destinada a financiar actos vinculados al 'procés' pero «siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento», entendido este como «beneficio personal de carácter patrimonial».
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La ley beneficiará, según el cálculo del Gobierno, a 372 personas, entre políticos, cargos públicos y ciudadanos encausados en distintos procedimientos, además de 90 policías y guardias civiles encausados por las cargas del plebiscito ilegal del 1-O. La pretensión también es que se ponga fin tanto a la inhabilitación que sigue cumpliendo Oriol Junqueras -que fue indultado del delito de sedición pero no del de malversación- tras la sentencia del Tribunal Supremo y otros miembros del Govern ya juzgados y sentenciados. Los procesados en rebeldía por el 'procés', caso de Carles Puigdemont y los exconsejeros huidos con él a Bélgica, también se verán agraciados. Además, se quedarán sin juzgar los antiguos altos cargos de la Generalitat encausados por los preparativos del 1-O y de la consulta del 14-N, la promoción internacional del 'procés' o la causa abierta en el Tribunal de Cuentas.
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Uno de los asuntos más controvertidos será amnistiar a los implicados en dos causas abiertas por delitos de terrorismo. Una, la relacionada con la plataforma de protesta Tsunami Democràtic, que instruyen el juez Manuel García Castellón en la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo en lo referido al aforado Puigdemont, y la de los CDR, esta última ya en fase de juicio oral. Y la segunda es el 'caso Voloh', en el que un juez de Barcelona investiga si hubo delito de traición al Estado en los supuestos contactos entre la Generalitat y la Rusia de Putin para desestabilizar el país con el 'procés'.
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Para hacerse efectiva, la ley tiene que ser aplicada por cada tribunal que ya haya dictado sentencia o que tenga abierto un procedimiento afectado por la medida de gracia. El texto establece que los tribunales aplicarán la amnistía «con carácter preferente y urgente» en un plazo máximo de dos meses. En ese momento, los jueces deberían alzar de forma «inmediata» las órdenes de busca y captura e ingreso en prisión, las órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención y cualquier medida cautelar que se hubiera adoptado sobre los potenciales beneficiarios de la amnistía.
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Todo ello obligará, por ejemplo, a devolver a los acusados las fianzas impuestas por el Tribunal de Cuentas por los gastos del 'procés' o levantar la orden nacional de arresto e ingreso en prisión que pesa sobre Puigdemont. El líder de Junts tiene previsto acudir a la sesión de investidura en el Parlament del nuevo presidente de la Generalitat, prevista como fecha límite para el próximo 25 de junio.
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La amnistía puede ser recurrida ante el Tribunal Constitucional por diputados, senadores o las comunidades autónomas, pero la proposición de ley establece que esos recursos «no tendrán efectos suspensivos», por lo que la medida de gracia tendría que aplicarse en el plazo de dos meses. Distinto es el caso de las cuestiones de inconstitucionalidad ante el TC o las consultas al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que son las que pueden presentar los juzgados o tribunales que tengan que aplicar la norma.
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Aunque los negociadores de la nueva norma han pretendido blindarla, ambas iniciativas paralizarían a priori la aplicación de la amnistía en el caso concreto para el que se presenten, una vez sean admitidas a trámite. Hasta entonces, habrá un periodo de transición (varios días o pocas semanas) donde los efectos de la amnistía seguirán activos. La hipótesis que ha cobrado fuerza es que el Supremo acuda directamente la justicia europea, que prevalece sobre los ordenamientos nacionales.
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Como la ley establece que, una vez en vigor, los jueces deberán acordar de forma «inmediata» el alzamiento de las medidas cautelares y las órdenes de detención, el magistrado del Supremo Pablo Llarena tendría que dejar sin efecto la que pesa sobre el líder de Junts desde su fuga de España, el 30 de octubre de 2017. No obstante, en el alto tribunal aseguran que, antes de dar ese paso, hay que pedir opinión a la Fiscalía y al resto de partes personadas. Se les dará un plazo 10 días hábiles para responder, por lo que es previsible que la Sala Segunda (Penal) no dicte ninguna resolución hasta mediados de junio.
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Por la causa sobre Tsunami Democràtic, el tribunal no ha dictado todavía ninguna medida, aunque ha citado a declarar por videoconferencia al líder de Junts entre el 17 y el 21 de junio. La instructora, Susana Polo, tendrá que comunicar antes de esa fecha si anula la comparecencia.
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