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Un error sin maldad o una omisión intencionada como asegura el Gobierno. Sea como fuere, la Audiencia Provincial de Madrid se ve obligada a mantener durante más tiempo la intriga sobre el futuro del caso contra Begoña Gómez. La Sección 23 de este tribunal acordó ... este lunes la suspensión de la sesión de deliberación y fallo prevista para hoy sobre los recursos de la mujer del presidente y la Fiscalía en los que ambos reclaman el fin de la investigación del juez Juan Carlos Peinado. Y ello porque los magistrados han detectado que falta documentación esencial entre los papeles de las diligencias previas que le reclamaron al instructor para poder estudiar en profundidad la causa.
En particular, afirman los magistrados, tras «examinar» la documentación han «comprobado la existencia de un recurso de apelación directo contra el auto de 1 de julio de 2024 por la defensa de la investigada», del que «no se hacía referencia en el oficio remisorio ni en el escueto testimonio acompañado». La Audiencia Provincial, cree que este recurso tiene «relevancia» para determinar si avala o por el contrario acota la investigación de Peinado, por lo que aplaza el debate hasta que la letrada del juzgado «aclare» este supuesto error. Los magistrados, en su resolución, no fijan una nueva fecha para el estudio del futuro de estas diligencias previas por presunto tráfico de influencias y corrupción en los negocios entre particulares.
Desde luego, ese documento omitido por Juan Carlos Peinado en el envío de documentación es clave, ya que se trata del recurso en el que el abogado de Gómez, el exministro del Interior socialista Antonio Camacho, denunciaba que el juez estaba haciendo una investigación prospectiva y que así lo había reconocido el mismo instructor en ese controvertido auto del 1 de julio. En esa resolución, Juan Carlos Peinado aseguraba textualmente que «los hechos objeto de investigación son todos los actos, conductas y comportamientos que se han llevado a cabo por la investigada desde que su esposo es presidente del Gobierno de España, que se contienen en la denuncia inicial». Esa frase -que para muchos podría ser sinónimo de esa «investigación prospectiva» que viene denunciando Camacho o de la «causa general» de la que habla la Fiscalía- está recogida en su literalidad en el recurso de Camacho que no aparece en el oficio remitido a la audiencia, pero también en el de la Fiscalía.
Ese polémico auto de julio fue con el que finalmente el titular del Juzgado de Instrucción 41 respondió de forma escueta a las insistentes peticiones de la defensa de Gómez para que aclarara exactamente qué estaba investigando Peinado después de que la propia Audiencia Provincial le prohibiera seguir indagando sobre el rescate de Air Europa por falta de indicios y luego de que la Fiscalía Europea se quedara para sí las adjudicaciones públicas al empresario Juan Carlos Barrabés tras las cartas de recomendación.
Para el Gobierno, la omisión del escrito de Camacho haciendo referencia a la controvertida frase de Peinado ha sido intencionada. «Un suponer: una audiencia provincial le pide a un juzgado de instrucción que le remita toda la causa para decidir. El juzgado no envía todo y, en concreto, ni envía ni menciona un documento muy importante para resolver. Blanco y en botella», escribió este lunes en X Oscar López, ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública
Antes de darse cuenta de que faltaba ese recurso clave, el tribunal de la Sección 23, conformado por tres magistrados, se había reunido este lunes para deliberar y fallar los recursos presentados por la Fiscalía –que no acusa en el procedimiento– y la defensa. Presentaron la apelación para delimitar el objeto de la investigación y, en última instancia, para obligar a Peinado a archivar el caso.
Sus escritos incluyen referencias al carácter «general, prospectivo y sin garantías» de las pesquisas que dirige el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid –prohibidas expresamente por vulnerar el derecho de defensa– con el único impulso acusatorio de las partes personadas: Manos Limpias, Vox, el movimiento provida Hazte Oír y dos colectivos de abogados.
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En cualquier caso, aunque el fallo sea favorable parcial o totalmente para los intereses de los recurrentes o respalde las diligencias de Peinado sobre el trabajo universitario de Begoña Gómez (existe una parte declare secreta que afecta al registro de la oficina y la intervención del móvil de Juan Carlos Barrabés, el empresario investigado también en la causa) no afectará a la nueva línea de investigación abierta por el juez. Es decir, seguirá instruyendo pase lo que pase este lunes.
El motivo es que el pasado 24 de septiembre otra sección de la Audiencia de Madrid, la número tres, conformada por otros tantos magistrados, consideró que hay suficientes motivos para que Peinado, por conexidad con los hechos que indaga, asuma también una ampliación de la querella inicial de Hazte Oír por un delito de apropiación indebida. Se trata del uso por parte de Gómez de un software que era propiedad de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) y que fue 'donado' por empresas colaboradoras con la cátedra extraordinaria que codirigió la investigada. Precisamente, el alumbramiento exprés en 20202 de esta cátedra se ha convertido el centro de las pesquisas del juez y que ha llevado además a la imputación del rector de la UCM, Joaquín Goyeche.
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