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Terrenos de Clavijo en la zona que se acreditaba para seguir plantando J. Rodríguez
La Fiscalía pide ocho años para la exalcaldesa de Clavijo del PP por el caso del fraude del viñedo

La Fiscalía pide ocho años para la exalcaldesa de Clavijo del PP por el caso del fraude del viñedo

La exregidora falsificó, según el fiscal, la titularidad de tierras en favor de dos hermanos para los que se piden también 8 y 3 años de cárcel

Alberto Gil

Logroño

Viernes, 21 de marzo 2025, 11:40

Casi siete años después de declarar como investigados en el juzgado de Instrucción Número 1 de Logroño, la exalcaldesa de Clavijo del PP, Encarnación Albelda, y los hermanos Sáenz López, afrontan ante la Audiencia Provincial el próximo miércoles el juicio por uno de los casos más llamativos del denominado fraude de las nuevas plantaciones de viñedo. La Fiscalía pide ocho años de cárcel a la exalcaldesa de Clavijo, como presunta autora de dos delitos de falsedad documental, 6.000 euros de multa y seis años de inhabilitación para empleo o cargo público. En el caso de Rubén, uno de los dos hermanos, el Ministerio Público pide 8 años de prisión como presunto autor de dos delitos de falsedad documental y uno de estafa, junto con una multa de 9.900 euros, mientras que para el otro solicita 3 años de prisión por dos delitos de falsedad documental.

Hay que retrotraerse al año 2016, en un momento de ciclo expansivo vitivinícola, para contextualizar los hechos. La Consejería de Agricultura, entonces dirigida por Íñigo Nagore, abrió un proceso de reparto de nuevos derechos de plantación con unos criterios que, marcados por el Ministerio y que finalmente tuvieron un efecto perverso, concederían más derechos a quienes más tierra disponible para plantar acreditaran.

De hecho, el 30% de las nuevas plantaciones recayeron únicamente entre el 2% de los solicitantes, con lo que la Consejería decidió revisar de oficio las adjudicaciones al sospechar que podía haber casos fraudulentos. Uno de los más llamativos fue el de Clavijo, en el que Rubén Sáenz López, uno de los hermanos acusados, resultó adjudicatario inicialmente de 20,5 hectáreas de viñedo –lo que suponía un dineral porque entonces el valor del derecho podía cotizar hasta los 30.000 euros por hectárea– gracias al sistema de prorrateo. En la revisión del expediente, la Consejería detectó que las superficies acreditadas por el solicitante podrían haber sido manipuladas con la colaboración del Ayuntamiento de Clavijo y envió el caso a la Fiscalía.

Lo que sospechaba Agricultura era que las superficies que acreditaron como disponibles los adjudicatarios de los derechos (unas 200 hectáreas supestamente arrendadas al Ayuntamiento) no lo estaban en realidad y se manipularon con el claro objetivo de beneficiarse del reparto de plantaciones, ya que, cuanta más tierra disponible presentasen los aspirantes, más derechos de plantación les correspondían.

Pese a que la exalcaldesa de Clavijo reconoció, una vez abierta ya la revisión del expediente por parte de la Consejería que había habido un «error» en la computación de superficies, lo cierto es que la Fiscalía da por hecho que Encarnación Albelda, en connivencia con los dos hermanos acusados, modificaron documentos existentes o crearon nuevos cuyo contenido no era real para aparentar una mayor disponibilidad de superficie agraria.

Estas «maquinaciones», según escribe textualmente el escrito de acusación, permitieron al procesado obtener, «en perjuicio de otros agricultores de mejor derecho», autorización para plantar una superficie vitícola por 20,5 hectáreas, que no le correspondían por no cumplir los criterios de admisibilidad y de prioridad.

Funcionarios implicados

El fiscal señala incluso que, para las falsificaciones y manipulaciones contractuales, se «contó con el auxilio de otros funcionarios, del técnico municipal y del interventor del Ayuntamiento» para emitir informes, pero aclara también que «sobre estos funcionarios no se ha formulado acusación al no haber sido investigados en el proceso penal y por estar vedado seguir la causa penal contra ellos una vez transcurridos seis meses desde la incoación de las diligencias previas».

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