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Tenía apenas una semana de vida cuando sus padres la llevaron a una revisión en su centro de salud, en Logroño. Era el 10 de octubre de 2017. Mientras estaban en una de las dos salas de la consulta, la matrona tomó en brazos a ... la recién nacida para llevarla a la sala contigua. En el trayecto, la mujer perdió la verticalidad, se desplomó y soltó a la bebé que se golpeó «violentamente» la cabeza contra el suelo.
Como consecuencia de la caída, la pequeña sufrió una doble fractura parietal y occipital, así como diversas lesiones que requirieron ingreso en la UCI del Hospital de Cruces y revisiones periódicas hasta que fue dada de alta tres años después, en concreto hasta el 17 de diciembre de 2020.
Los padres de la pequeña iniciaron entonces un procedimiento de reclamación patrimonial frente a la Consejería de Salud por 268.044,77 euros por los daños morales, gastos de asistencia médica, desplazamientos y por el lucro cesante de la madre que tuvo que dejar su trabajo para atender a su hija.
Como es preceptivo al reclamar una cantidad superior a los 50.000 euros, Salud efectuó una consulta al Consejo Consultivo y finalmente éste dictaminó que la cantidad adecuada en este caso para compensar los daños morales y físicos a la pequeña y a su familia era de 107.436,07 euros.
El órgano de asesoramiento, en su dictamen, concluyó que en este supuesto «no hay ninguna duda de que existe relación de causalidad entre las lesiones y el funcionamiento del servicio público sanitario», así como que el largo periodo de curación (1.162 días) fue debido a la gravedad de las mismas: traumatismo craneoencefálico severo y fractura craneal múltiple con hemorragia intracraneal. En cuanto a la indemnización por lucro cesante como consecuencia de haber cesado la madre de la niña en su puesto de trabajo, entiende que en un principio fuese necesario que dejara su empleo, «pero no existe prueba alguna de que ese periodo imprescindible fuese el solicitado de 2 años y nueve meses».
Para este órgano, el daño moral no puede negarse porque la gravedad de las lesiones, unido a que era una recién nacida, «tuvo que generar en sus padres inquietud y zozobra por la incógnita acerca de cuál iba a ser la evolución de las lesiones de la niña, si iban a quedar o no secuelas, que afortunadamente no es el caso».
Tras el dictamen del Consejo Consultivo, que no es vinculante, la secretaría general técnica acordó una compensación de más de 82.829,91 euros. La propuesta fue recurrida y la familia solicitó entonces 104.739,76 euros. Finalmente, la Consejería, en su resolución definitiva, cuantifica los daños en 85.495,91 euros, una cantidad con la que la familia todavía no habría confirmado de momento si está conforme o no. En caso de oponerse, estaría en plazo para recurrir a la vía judicial e iniciar el procedimiento Contencioso-Administrativo.
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