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Los ciudadanos y las empresas están obligados a intentar alcanzar un entendimiento amistoso ante un conflicto mercantil, civil o de familia con carácter previo a ... presentar una demanda en los juzgados. La ley de Eficiencia, ideada para que los órganos judiciales den una respuesta más eficaz al ciudadano, así lo exige desde el jueves pasado para determinados trámites como divorcios, separaciones, medidas sobre los hijos menores cuando haya una ruptura, reclamaciones de deudas y cláusulas suelo, entre otros procedimientos. Los días previos a la entrada en vigor, los juzgados riojanos recibieron un aluvión de asuntos de ciudadanos que trataban de esquivar esta nueva exigencia.
La norma, que arranca con incertidumbre y serias dudas entre la judicatura sobre su eficacia, persigue aliviar la enorme carga que arrastran los juzgados españoles en general y los riojanos en particular. En concreto, los órganos en los que, salvo algunas excepciones, es preceptiva la mediación ingresaron 12.573 asuntos en 2024, un tercio del total. 10.606 de ellos, en primera instancia; 1.551, en familia, y 416, en mercantil. Aunque prácticamente todos resolvieron la misma cantidad de temas que entraron, ninguno de ellos pudo dar salida a la ingente cantidad de carpetas acumuladas.
En estos casos concretos, antes de pleitear la ley exige acudir a los llamados MASC, acrónimo de Medios Adecuados de Solución de Controversias, que tendrán que certificar la voluntad de haber solventado de forma amistosa un desacuerdo. La ley abre las puertas a que la mediación la pueda ejercer desde un abogado hasta un economista, porque sólo exige que el mediador cuente con un título universitario o de FP superior y además que haya cursado una formación específica para ello.
10.606 asuntos
ingresaron en los juzgados de instancia en el ámbito Civil
1.551 expedientes
entraron en familia, otro de los campos en los que se obliga a mediar.
416 casos
llegaron el año pasado al único juzgado de Mercantil de La Rioja
En concreto, explica el presidente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, Javier Marca, la norma establece una pluralidad de posibilidades. Se puede acudir a la mediación y a la conciliación ante un notario, un registrador, el letrado de la Administración de Justicia e incluso ante el juez de paz. También puede haber conciliación privada ante terceros, que puede ser ejercida por una persona experta en derecho, como un abogado; y se puede acudir a la opinión de un experto independiente, que puede ser un arquitecto, un perito o, por ejemplo un médico si se trata de una cuestión relativa a la salud. En la práctica, se abre un nuevo campo laboral para otras profesiones «que tendrán la posibilidad de intervenir en la solución de la controversia antes de llevarla a la justicia». La persona que no cumpla este requisito podrá ser sancionada e incluso se le podrán imponer las costas del proceso judicial.
Una de las consecuencias futuras, detalla el presidente del TSJR, será la reducción del número de asuntos que se judicialicen y otra, que se producirá un efecto que denomina de «legitimación del sistema judicial», es decir, «se enriquece la labor jurisdiccional con la idea de que para cada conflicto se busca la mejor solución y muchas veces la solución no tiene por qué ser acudir a los juzgados».
En la sociedad en general, y La Rioja no es la excepción, «se da la paradoja de que los ciudadanos cada vez valoran peor la administración de Justicia y sin embargo cada vez acuden más. Nos critican y cada vez acuden más a nosotros», comenta.
Los intentos de resolver amistosamente los conflictos no son nuevos en esta comunidad. Los juzgados riojanos fueron pioneros en toda España en la implementación de la mediación intrajudicial –la que se regula con la ley 1/2025 es la extrajudicial–, aunque «está infrautilizada». En 2023 se tramitaron 27 expedientes en el ámbito penal de adulto; 9, en civil; 92, en penal de menores, y cero, en familia. Estas cifras contrastan, según la decana de los jueces riojanos, con el aluvión de demandas judiciales presentadas los días previos a la entrada en vigor el pasado jueves de la imposición de acudir a estos medios alternativos.
En el ámbito laboral ya era obligatorio tratar de solventar las diferencias antes de llamar a las puertas del juzgado. «Era necesario ir con la papeleta de conciliación antes del juicio», relata. No ha ocurrido lo mismo en el ámbito Contencioso porque las administraciones «no pueden ceder, están obligadas por ley a dictar determinadas resoluciones o fijar determinados posicionamientos y esto es más complejo». No obstante, se puede hacer, aunque los casos en los que se ha alcanzado se pueden contar con los dedos de una mano.
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