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Trabajadores contratados a tiempo parcial pero que desarrollan jornadas completas u horas extraordinarias 'opacas' que ni son abonadas ni cotizan a la Seguridad Social. Estas son algunas de las situaciones de irregularidad laboral que el Gobierno de España se ha propuesto atajar obligando a todas ... las empresas llevar un indicador de la jornada laboral con detalle, de tal forma que se especifique claramente el horario de inicio y finalización del trabajo diario de cada empleado. La medida, recogida en un decreto ley sobre medidas urgentes de lucha contra la precariedad laboral el pasado día 8, entrará en vigor el 12 de mayo y las empresas que eludan su cumplimiento se enfrentarán a sanciones por considerarlo una infracción grave. Además, las compañías deberán conservar los registros horarios durante cuatro años y ponerlos a disposición de los trabajadores, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Este decreto «pone por escrito los controles que venimos realizando en La Rioja en los últimos años dentro de las competencias que la Comunidad tiene en materia de empleo y relaciones laborales», explica el director general de Trabajo, Julio Herreros. Actuaciones que se efectúan «sobre todos los servicios (destacando hostelería), construcción y comercio», pero también en «colegios, entidades financieras e instalaciones fabriles» para «que demuestren que ejercen un control sobre los horarios de sus plantillas».
La novedad de este decreto no estriba en que a partir del 12 de mayo se desarrollen más actuaciones de control, si no que se realizarán «con seguridad jurídica». Y es que esta medida viene a poner solución al desconcierto que el Tribunal Supremo generó con una sentencia del 2017 -relacionada con una entidad bancaria, pero aplicable a todos los sectores- en la que se tumbó la obligatoriedad de registro que exigía la Inspección de Trabajo, acotando la misma únicamente a las horas extraordinarias. Aún así, los inspectores riojanos (jerárquicamente dependen del Estado) controlaban los registros de jornadas especiales, de forma significada las correspondientes a tiempo parcial.
Ahora, y por la vía del decreto ley, el Gobierno recupera esta imposición, para lo cual ha modificado el Estatuto de los Trabajadores pues en él no se recogía claramente el deber, por parte de las empresas, de la anotación de la jornada que realizan sus trabajadores. Un cambio que, según se argumenta en la exposición de la nueva normativa, «crea un marco de seguridad jurídica tanto para las personas trabajadoras como para las empresas y posibilita el control por parte de la Inspección de Trabajo». De esta forma, los inspectores tendrán todo el respaldo legal para «exigir a las empresas en las que se detecten abusos que revisen los contratos de sus plantillas y los pongan en orden», señala Herreros.
Prueba de que la nueva obligación del registro horario (mediante huella dactilar, aplicaciones para el móvil, tarjetas o un libro de firmas) no supondrá un incremento de las actuaciones de control es la programación de actividades de la Inspección en La Rioja. El año pasado, dentro de las 268 acciones previstas en materia de condiciones de trabajo, 163 se correspondieron con el tiempo de trabajo y el límite de las horas extras (80 al año), lo que supuso el 60,8% del total. Para este año esa ratio se mantiene prácticamente igual (58,7%) ya que están previstas 178 actuaciones de un total de 303.
Las exploraciones efectuadas el año pasado en la comunidad derivaron en la apertura de 28 expedientes, el 21,4% menos que en el 2017, pero el importe de las sanciones fue mayor ya que se llegó a los 28.400 euros frente a los 25.208 euros del 2017. Los bares y los restaurantes coparon la mayoría de los expedientes, con 11 y 6 respectivamente. Las infracciones se sancionan con multas que, dependiendo de la graduación, pueden ser de 625 euros en grado mínimo, 3.125 euros en grado medio y hasta 6.250 euros en su grado máximo.
Además, y como con las actuaciones desarrolladas por la Inspección años atrás se había constatado la utilización indebida (el decreto dice «abusiva») de la contratación a tiempo parcial, entre agosto y diciembre pasados se llevó a cabo un plan de choque que en La Rioja dio como resultado el incremento de la jornada en 36 contratos lo que supuso el 18% de los trabajadores afectados (200). De los 36 contratos, en 34 la ampliación de jornada fue igual o superior al 50% de la que tenían declarada.
Para Eduardo Fernández (FER), la obligación del registro horario es «innecesaria, complica la flexibilidad horaria ante las distintas circunstancias que tiene el mercado, no favorece ni la actividad de las empresas ni la creación de empleo y añade más dificultades a la labor diaria de pymes y autónomos». Además, el portavoz de la patronal subraya la «absoluta incertidumbre e inseguridad jurídica» de la norma «al tratarse de una medida que no está validada por la Diputación Permanente del Congreso, órgano en el que debe aprobarse, al encontrarnos en periodo electoral».
Sin embargo, Ana Victoria del Vigo (UGT-Rioja) y Jorge Ruano (CCOO de La Rioja) consideran que esta obligación es «muy positiva para combatir el fraude de las horas extras no declaradas y el uso ilegal de los contratos a tiempo parcial» que, sobre todo, «afectan a los sectores más precarios y a las mujeres». Por último, y en respuesta a la FER, los representantes sindicales entienden que «esta norma no tiene por qué molestar a las empresas que estén haciendo bien las cosas».
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