El Ministerio de Hacienda ha desestimado la idea de que los contribuyentes que el año pasado se jubilaron y empezaron a cobrar la pensión puedan fraccionar el pago del IRPF en la declaración de la Renta, medida que sí ha autorizado para los trabajadores ... afectados por ERTE. Así lo asegura el Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), que añade que esta decisión perjudica a 298.755 personas en el conjunto de las autonomías de régimen común, de las que 2.870 son riojanas.
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Aquellos contribuyentes que, teniendo un solo pagador, no alcancen los 22.000 euros de ingresos no están obligados a hacer la declaración en esta campaña. Pero el límite desciende hasta los 14.000 si se tienen dos pagadores, que es lo que ocurre con los ERTE: parte de sus ingresos los percibieron de sus empresas y la otra, del Sepe, en forma de prestaciones por desempleo. Como Empleo no practica retenciones, los trabajadores afectados deben abonarlas ahora en la declaración anual en la que se ajustan cuentas con el fisco. Y para facilitar los pagos (muchas declaraciones que salían a devolver o a cero, por esta circunstancia resultarán a ingresar) es por lo que el Gobierno ha decidido fraccionar los abonos de junio a diciembre.
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La cuestión es que en «la misma situación» se encuentran quienes se jubilaron el año pasado y pasaron de cobrar una nómina (empresa) a una pensión (sistema público). En La Rioja, 2.605 del sector privado y 265 empleados públicos. Sin embargo, este colectivo se queda fuera del aplazamiento, ya que Gestha planteó sin éxito al Ministerio de Hacienda que los tuviera en cuenta, explica su secretario general, José María Mollinedo.
El IRPF se paga en función de lo que se gana y no del número de pagadores. Con carácter general si se tiene uno solo y se gana menos de 22.000 euros (20.000 en el caso del País Vasco) no hay obligación de hacer la declaración de la Renta, pero si son más (personas pluriempleadas o que han cambiado de empresa o, en el año del COVID, que se han visto afectadas por un ERTE) y por ellos se ha ingresado más de 1.500 euros, el límite para estar exento cae hasta los 14.000 euros, cuantía que varía en función del estado familiar de cada contribuyente, como se puede comprobar en la gráfica adjunta en la que se exponen tres ejemplos.
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Y es que la prestación por desempleo que paga el Sepe (el tope es de 1.098,09 euros al mes, aunque en función del número de hijos puede llegar hasta los 1.411,83 euros) tributa en el IRPF. Es decir, a efectos de Hacienda es como si fuera un sueldo más.
Por otro lado, Mollinedo recuerda que los ERTE como consecuencia de la crisis económica desatada por la pandemia «no consumen saldo de lo que tiene acumulado el empleado a efectos de las prestaciones por desempleo y así será hasta el 2026». El Gobierno «trata de esta forma de que durante estos años, cada afectado por la suspensión de su empleo por el COVID que recupere su actividad, pueda volver a ir sumando periodos acumulados hasta los 24 meses máximos».
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En cuanto al número de riojanos afectados por ERTE que tendrán la obligación de presentar la declaración de la Renta, el responsable de Gestha rehusa hacer una estimación: «Se trata de una información que tendremos en noviembre, cuando la Agencia Tributaria publique los datos por tramos de importe». No obstante, el Colegio de Economistas de La Rioja calculó recientemente que 2.583 de los 29.500 trabajadores que han cobrado del Sepe tendrán que presentar declaración este año aunque en los pasados estuvieran exentos.
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