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LA RIOJA
Miércoles, 5 de mayo 2021
El escenario previsto por el Gobierno de La Rioja para más allá del 9 de mayo introduce un nuevo 'semáforo' que ya solo tendrá 3 niveles más otro que se ha bautizado como 'nivel 3 intensificado'.
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En este 'nivel 3 intensificado' se entraría cuando, entre ... otros parámetros, la incidencia a 14 días estuviera por encima de los 350 casos por 100.000 habitantes. En este caso, por ejemplo, el comercio solo podría funcionar con un aforo máximo del 50%. En el caso de la hostelería, el aforo máximo sería del 33% en interiores. En el deporte, como norma general, no podría haber más del 33% de localidades ocupadas. En el sector del ocio y la cultura, mitad de aforo como máximo. Únicamente dentro de este contexto el Gobierno regional podría plantear la limitación de derechos fundamentales.
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Marta Hermosilla Garrido
En el nivel 3 (nivel alto), el aforo para el comercio se eleva hasta el 75%. En el caso de la hostelería, al 50% en interiores. También en espectáculos deportivos, máximo del 50%; al igual que en los culturales. No se prohíben las reuniones, pero se recomienda que no sean de más de seis personas. A este nivel se llegaría con una incidencia a 14 días de entre 200 y 350. La Rioja se encontraría ahora mismo, según sus parámetros epidemiológicos, en este nivel. De modo que si no se decide lo contrario en el Consejo de Gobierno extraordinario que se celebrará este viernes. la región abordará el fin del estado de alarma con este nivel de restricciones.
En el nivel 2 (medio), los comercios seguirían manteniendo un 75% de aformo máximo permitido. Y los establecimientos hosteleros, igual porcentaje. En los espectáculos culturales y de ocio, también se establece ese 75%. La Rioja entraría en este nivel cuando su incidencia a 14 días fuera de entre 100 y 200.
El nivel 1 (bajo) entraría en vigor cuando la incidencia acumulada a 14 días fuera de entre 25 y 100 casos por cada 100.000 habitantes. En este nivel podrían funcionar al completo comercios y academias. La hostelería, al 75 por ciento en interiores.
En el siguiente cuadro se especifican todas las medidas por fases:
El detalle de las medidas que el Gobierno de La Rioja ha aprobado para contener la propagación del COVID es el siguiente:
Riesgo bajo
- Se recomienda un máximo de 10 personas salvo que se trate de convivientes y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público, o respecto a personas menores o dependientes. No están incluidas en la limitación las actividades laborales, educativas e institucionales, ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
- Recomendar limitación de los viajes no esenciales fuera de la unidad territorial evaluada.
- Apertura a un 75% de su aforo interior.
- Recomendación de ocupación máxima de 10 personas por mesa o agrupación de mesas.
- Garantizar la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas.
- Horario según licencia del establecimiento.
Excepciones:
- Los comedores de hoteles, casas rurales, y otros alojamientos tales como campings, que podrán servir comidas únicamente a las personas que se encuentren alojadas en su establecimiento y siempre cuando se cumplan estrictamente las medidas preventivas de carácter sanitario con carácter general.
- Los servicios de restauración incluidos en centros y servicios sanitarios y sociosanitarios, los servicios de comedor de carácter social, y los comedores escolares y de empresa
- Recomendación de un máximo de 10 personas por mesa o agrupación de mesas.
- Mismo horario que en interiores.
- Apertura del 100% del aforo.
- Mesas con una distancia de al menos 1,5 metros entre sillas de diferentes mesas.
- En todo momento se hará uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo.
- Queda prohibida la utilización de cachimbas, pipas de agua y similares.
- Los establecimientos deberán realizar una limpieza y desinfección del equipamiento, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y otro.
- Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso. En el caso de que esto no fuera posible, debe evitarse el uso de la misma mantelería o salvamanteles con distintos clientes, optando por materiales y soluciones que faciliten su cambio entre servicios y su lavado mecánico en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados. Se recomienda no tener juegos de mesa tales como cartas, ajedrez o damas para uso compartido en el local, salvo que se desinfecten tras su uso.
- Cerrados.
- Los servicios de recogida y envío a domicilio se mantendrán operativos, siempre manteniendo las medidas de distanciamiento e higiene y prevención.
- Se procurará el establecimiento de un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
- Se prohíbe la venta de alcohol a partir de las 22:00 horas y hasta las 06:00 horas del día siguiente a partir de las 22:00 horas y hasta las 06:00 horas del día siguiente en gasolineras, supermercados y máquinas expendedoras.
- Locales: aforo al 100%. Si no es posible mantener la distancia de seguridad, se restringirá la permanencia dentro del local a un cliente.
- Mercadillos: 100% de los puestos habitualmente autorizados
Podrá impartirse de un modo presencial siempre que se mantengan las medidas físicas de distanciamiento e higiene y prevención, con los siguientes requisitos:
- 100% del aforo.
- Se suspenderán las actividades donde asistan personas vulnerables.
- En albergues turísticos, las personas de diferentes grupos de convivencia no pueden pernoctar en la misma estancia.
- Apertura de zonas comunes: 75% siempre garantizando las medidas físicas de distanciamiento e higiene y prevención y favoreciendo el uso de zonas bien ventiladas
- Limitar aforo a 75% en espacios cerrados.
- Sin limitaciones en espacios abiertos siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
- Ceremonias: no podrá superar el 75% de aforo en espacios cerrados.
- Sin limitaciones al aire libre siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
- Lugares de culto: no podrá superar el 75% de aforo en espacios cerrados.
- Apertura a un 75% de su aforo interior.
- Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. Recomendación de ocupación máxima de 10 personas por mesa o agrupación de mesas.
- Apertura a un 75% de su aforo interior.
- Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. Recomendación de ocupación máxima de 10 personas por mesa o agrupación de mesas.
- Apertura de zonas comunes a 75% siempre garantizando las medidas de distanciamiento e higiene y prevención y favoreciendo el uso de zonas bien ventiladas.
- Apertura a un 75% de su aforo interior.
- Recomendación de ocupación máxima de 10 personas por mesa o agrupación de mesas.
- Garantizar la distancia entre mesas de al menos 2 entre las sillas de diferentes mesas.
- Horario según licencia
- No podrá superar un aforo del 75% garantizando las medidas de distanciamiento e higiene y prevención.
- Evitar las aglomeraciones en zonas de descanso.
- Gimnasios, instalaciones y centros deportivos: 75% aforo garantizando distancia de seguridad y ventilación. Cerrados si no se puede garantizar.
- Uso obligatorio de mascarilla.
- Para estos eventos deportivos valorar el riesgo de acuerdo a los protocolos y procedimientos del Consejo Superior de Deportes (Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional-Temporada 2020-2021).
- Se deberá garantizar en todo momento las normas de distancia física y medidas de prevención e higiene de acuerdo al Decreto-Ley 2/2021 y normativa autonómica de aplicación.
- Vestuarios y duchas: control de acceso para asegurar las medidas de distancia e higiene yprevención.
- Permitidos eventos deportivos no profesionales no federados garantizando las medidas de distancia, higiene y prevención y un aforo de público de 75%.
- Recomendación de un máximo de 10 personas en las actividades grupales.
- Para estos eventos deportivos valorar el riesgo de acuerdo a los protocolos y procedimientos del Consejo Superior de Deportes (Protocolo básico de actuación para la vuelta a los entrenamientos y el reinicio de las competiciones federadas y profesionales).
- Se deberá garantizar en todo momento las normas de distancia física y medidas de prevención e higiene de acuerdo al Decreto-Ley 2/2021.
- Distancia entre los distintos grupos de convivencia. Insistir en que se mantengan las medidas de distancia, higiene y prevención.
- Entradas numeradas.
- Asientos preasignados.
- No se permite comer ni beber durante el espectáculo.
- Se establecerán sistemas de entrada y salida que garanticen que no se producen aglomeraciones y que se respete la distancia de seguridad de 1,5 metros.
- Se proporcionará gel hidroalcohólico a la entrada y salida del local o recinto en que se celebre la actividad.
- Aforo máximo al 75% siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila en caso de asientos fijos o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.
- Sin restricciones de aforo siempre garantizando las medidas de distanciamiento e higiene y prevención.
- Uso de mascarilla obligatoria
- Se establecerán sistemas de entrada y salida que garanticen que no se producen aglomeraciones y que se respete la distancia de seguridad de 1,5 metros.
- Se tomará la temperatura a la entrada y se proporcionará gel hidroalcohólico a la entrada y salida del local o recinto en que se celebre la actividad.
- Los recintos feriales estarán organizados por calles, donde los clientes irán en una sola dirección por calle.
- No estará permitido fumar dentro del recinto ferial.
- No se permite comer ni beber fuera de la zona dedicada a la hostelería.
- Los puestos de comidas y bebidas deberán estar separados físicamente de las atracciones y se deberán cumplir las normas sanitarias de la hostelería con carácter general.
- Limpieza y desinfección del equipamiento, en particular cualquier superficie en la que haya habido contacto, entre un cliente y otro.
- Se cumplirá lo recogido en el Protocolo y guía de buenas prácticas dirigida a la actividad en los recintos feriales y atracciones de feria.
- Delimitación perimetral del recinto ferial
- Control de entrada y salida en el recinto mediante la venta o registro nominal de entradas
- Cada menor podrá ir acompañado de una persona adulta
- Aforo: 10 metros cuadrados por persona hasta un máximo de 1.000 personas
Riesgo medio
- Se recomienda un máximo de 6 personas salvo que se trate de convivientes y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público, o respecto a personas menores o dependientes. No están incluidas en la limitación las actividades laborales, educativas e institucionales, ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
- Recomendar limitación de los viajes no esenciales fuera de la unidad territorial evaluada.
- Apertura a un 75% de su aforo interior.
- Recomendación de un máximo de 6 personas por mesa o agrupación de mesas. Garantizar la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre sillas de diferentes mesas.
- Prohibición de consumo en barra.
- Cierre a las 0:00.
Excepciones:
- Los comedores de hoteles, casas rurales, y otros alojamientos tales como campings, que podrán servir comidas únicamente a las personas que se encuentren alojadas en su establecimiento y siempre cuando se cumplan estrictamente las medidas preventivas de carácter sanitario con carácter general.
- Los servicios de restauración incluidos en centros y servicios sanitarios y sociosanitarios, los servicios de comedor de carácter social, y los comedores escolares y de empresa.
- Recomendación de un máximo de 6 personas por mesa o agrupación de mesas
- Mismo horario que en interiores.
- Apertura del 100% del aforo
- Mesas con una distancia de al menos 1,5 metros entre sillas de diferentes mesas.
- En todo momento se hará uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo.
- Queda prohibida la utilización de cachimbas, pipas de agua y similares.
- Los establecimientos deberán realizar una limpieza y desinfección del equipamiento, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y otro.
- Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso. En el caso de que esto no fueraposible, debe evitarse el uso de la misma mantelería o salvamanteles con distintos clientes,optando por materiales y soluciones que faciliten su cambio entre servicios y su lavadomecánico en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados.
- Se recomienda no tener juegos de mesa tales como cartas, ajedrez o damas para uso compartido en el local, salvo que se desinfecten tras su uso.
- Cierre.
- Los servicios de recogida y envío a domicilio se mantendrán operativos, siempre manteniendo las medidas de distanciamiento e higiene y prevención.
- Se procurará el establecimiento de un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
- Se prohíbe la venta de alcohol a partir de las 22:00 horas y hasta las 06:00 horas del día siguiente a partir de las 22:00 horas y hasta las 06:00 horas del día siguiente en gasolineras,supermercados y máquinas expendedoras.
- Locales: 75%. Si no es posible mantener la distancia de seguridad, se restringirá la permanencia dentro del local a un cliente.
- Mercadillos: 75% de los puestos habitualmente autorizados
Podrá impartirse de un modo presencial siempre que se mantengan las medidas físicas de distanciamiento e higiene y prevención, con los siguientes requisitos:
- 75% del aforo.
- Se suspenderán las actividades donde asistan personas vulnerables.
- En albergues turísticos, las personas de diferentes grupos de convivencia no pueden pernoctar en la misma estancia.
- Apertura de zonas comunes al 50% del aforo y siempre garantizando las medidas de distanciamiento de higiene y prevención y favoreciendo el uso de zonas bien ventiladas.
- Limitar aforo al 50% en espacios cerrados siempre que se pueda garantizar la distancia deseguridad.
- Sin limitaciones en espacios abiertos siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
- Ceremonias: no podrá superar el 50% de aforo en espacios cerrados.
- Sin limitaciones al aire libre siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
- Lugares de culto: no podrá superar el 50% de aforo en espacios cerrados. Ofrecer servicios telemáticos o por televisión.
- Apertura a un 75% de su aforo interior.
- Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. Recomendación de ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas.
- Apertura a un 75% de su aforo interior.
- Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. Recomendación de ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas.
- Apertura de zonas comunes a 50% del aforo (incluidos comedores, donde se pueden establecer turnos) y siempre garantizando las medidas de distanciamiento de higiene yprevención.
- Apertura a un 75% de su aforo interior.
- Recomendación de ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas.
- Garantizar la distancia entre mesas de al menos 2 entre las sillas de diferentes mesas.
- Prohibición de consumo en barra
- Cierre a las 00:00, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio
- No podrá superar un aforo del 75% y siempre garantizando las medidas de distanciamiento e higiene y prevención.
- Evitar las aglomeraciones en zonas de descanso.
- Gimnasios, instalaciones y centros deportivos: 50% de aforo garantizando distancia de seguridad y ventilación. Cerrados, si no se puede garantizar.
- Uso obligatorio de mascarilla.
- Para estos eventos deportivos valorar el riesgo de acuerdo a los protocolos y procedimientos del Consejo Superior de Deportes (Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional-Temporada 2020-2021).
- Se deberá garantizar en todo momento las normas de distancia física y medidas de prevención e higiene de acuerdo al Decreto-Ley 2/2021 y normativa autonómica de aplicación.
- Vestuarios y duchas: control de acceso para asegurar las medidas de distancia e higiene yprevención.
- Permitidos eventos deportivos no profesionales no federados garantizando las medidas de distancia e higiene y prevención y un aforo de público de 50%.
- Recomendación de un máximo de 6 personas en las actividades grupales.
- Para estos eventos deportivos valorar el riesgo de acuerdo a los protocolos y procedimientos del Consejo Superior de Deportes (Protocolo básico de actuación para la vuelta a losentrenamientos y el reinicio de las competiciones federadas y profesionales).
- Se deberá garantizar en todo momento las normas de distancia física y medidas de prevención e higiene de acuerdo al Decreto-Ley 2/2021.
- Competiciones federadas y profesionales, así como la competición en los Juegos Deportivos de La Rioja.
- Piscinas: limitación de aforo al 75% al aire libre y 50% en cerradas.
- Control de aforos.
- Entradas numeradas.
- Asientos preasignados.
- No se permite comer ni beber durante el espectáculo.
- Se establecerán sistemas de entrada y salida que garanticen que no se producen aglomeraciones y que se respete la distancia de seguridad de 1,5 metros.
- Se proporcionará gel hidroalcohólico a la entrada y salida del local o recinto en que se celebrela actividad.
- Aforo máximo al 75% siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la mismafila en caso de asientos fijos o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.
- Aforo máximo al 75% para cada una de sus salas y espacios públicos.
-Uso de mascarilla obligatoria
- Se establecerán sistemas de entrada y salida que garanticen que no se producen aglomeraciones y que se respete la distancia de seguridad de 1,5 metros.
- Se tomará la temperatura a la entrada y se proporcionará gel hidroalcohólico a la entrada ysalida del local o recinto en que se celebre la actividad.
- Los recintos Feriales estarán organizados por calles, donde los clientes irán en una sola dirección por calle.
- No estará permitido fumar dentro del recinto ferial.
- No se permite comer ni beber fuera de la zona dedicada a la hostelería.
- Los puestos de comidas y bebidas deberán estar separados físicamente de las atracciones y se deberán cumplir las normas sanitarias de la hostelería con carácter general.
- Limpieza y desinfección del equipamiento, en particular cualquier superficie en la que hayahabido contacto, entre un cliente y otro.
- Se cumplirá lo recogido en el Protocolo y guía de buenas prácticas dirigida a la actividad en los recintos feriales y atracciones de feria.
- Delimitación perimetral del recinto ferial
- Control de entrada y salida en el recinto mediante la venta o registro nominal de entradas
- Cada menor podrá ir acompañado de una persona adulta
- Aforo 10 metros cuadrados por persona hasta un máximo de 1.000 personas
Riesgo alto
- Se recomienda un máximo de 6 personas salvo que se trate de convivientes y sin perjuicio delas excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones yestablecimientos abiertos al público, o respecto a personas menores o dependientes. No estánincluidas en la limitación las actividades laborales, educativas e institucionales, ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
- Recomendar a la población salir del domicilio sólo lo necesario, evitando los espacios cerrados en los que se desarrollan actividades incompatibles con el uso de mascarillas y concurren muchas personas.
- Apertura a un 50% de su aforo interior.
- Recomendación de un máximo de 6 personas por mesa o agrupación de mesas. Garantizar la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre sillas de diferentes mesas.
- Prohibición de consumo en barra.
- En principio se planteó el cierre a las 23:00 pero posteriormente se amplió hasta la medianoche. Esta restricción no incluye los servicios de entrega de comida a domicilio.
Excepciones:
- Los comedores de hoteles, casas rurales, y otros alojamientos tales como campings, que podrán servir comidas únicamente a las personas que se encuentren alojadas en su establecimiento y siempre cuando se cumplan estrictamente las medidas preventivas de carácter sanitario con carácter general.
- Los servicios de restauración incluidos en centros y servicios sanitarios y sociosanitarios, los servicios de comedor de carácter social, y los comedores escolares y de empresa
- Recomendación de un máximo de 6 personas por mesa o agrupación de mesas.
- Mismo horario que en interiores.
- Apertura del 100% del aforo.
- Mesas con una distancia de al menos 1,5 metros entre sillas de diferentes mesas.
- En todo momento se hará uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo.
- Queda prohibida la utilización de cachimbas, pipas de agua y similares.
- Los establecimientos deberán realizar una limpieza y desinfección del equipamiento, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y otro.
- Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso. En el caso de que esto no fuera posible, debeevitarse el uso de la misma mantelería o salvamanteles con distintos clientes, optando por materiales ysoluciones que faciliten su cambio entre servicios y su lavado mecánico en ciclos de lavado entre 60 y 90grados centígrados.
- Se recomienda no tener juegos de mesa tales como cartas, ajedrez o damas para uso compartido en el local, salvo que se desinfecten tras su uso.
- Cierre.
- Los servicios de recogida y envío a domicilio se mantendrán operativos, siempre manteniendo las medidas de distanciamiento e higiene y prevención.
- Se procurará el establecimiento de un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
- Se prohíbe la venta de alcohol a partir de las 22:00 horas y hasta las 06:00 horas del día siguiente a partir de las 22:00 horas y hasta las 06:00 horas del día siguiente en gasolineras, supermercados y máquinas expendedoras.
- Locales: 75%. Si no es posible mantener la distancia de seguridad, se restringirá la permanencia dentro del local a un cliente.
- Mercadillos: 75% de los puestos habitualmente autorizados.
Podrá impartirse de un modo presencial siempre que se mantengan las medidas físicas de distanciamiento e higiene y prevención, con los siguientes requisitos:
- 75% del aforo.
- Se suspenderán las actividades donde asistan personas vulnerables.
- En albergues turísticos, las personas de diferentes grupos de convivencia no pueden pernoctaren la misma estancia.
- Apertura de zonas comunes al 50% del aforo y siempre garantizando las medidas de distanciamiento de higiene y prevención y favoreciendo el uso de zonas bien ventiladas.
- Limitar aforo al 33% en espacios cerrados siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
- Ceremonias: Si es posible, aplazar su celebración hasta la mejora de la situación epidemiológica.
- Aforo al 33% en espacios cerrados siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
- No estará permitida la utilización de pista de baile o espacio habilitado similar para ese uso, excepto para el baile nupcial entre los recién casados.
- Lugares de culto: no podrá superar el 33% de aforo en espacios cerrados. Ofrecer servicios telemáticos o por televisión.
- La utilización del exterior de los edificios o de la vía pública para la celebración de actos de culto deberá ser aprobada por la autoridad municipal correspondiente, y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar mantener la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros y el uso de mascarilla.
- No se permitirá el uso de agua bendita y las abluciones rituales deberán realizarse en privado, en lugar diferente del de culto.
- Durante el desarrollo de las celebraciones se evitará el contacto personal, el tocar o besar objetos de devoción u otros objetos que habitualmente se manejen.
- Apertura a un 50% de su aforo interior.
- Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas.
- Apertura a un 50% de su aforo interior.
- Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas.
- Apertura de zonas comunes a 33% del aforo (incluidos comedores, donde se pueden establecer turnos) y siempre garantizando las medidas de distanciamiento de higiene y prevención.
- Prohibición de visitas.
- Apertura a un 33% de su aforo interior.
- Garantizar la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas.
- Prohibición de consumo en barra.
- Cierre a las 00:00, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio
- No podrá superar un aforo del 50% siempre garantizando las medidas de distanciamiento e higiene y prevención.
- Evitar las aglomeraciones en zonas de descanso.
- Recomendar la realización telemática especialmente en actividades destinadas a personal esencial.
- Gimnasios, instalaciones y centros deportivos: 50% de aforo garantizando distancia de seguridad y ventilación. Cerrados, si no se puede garantizar.
- Uso obligatorio de mascarilla.
- Para estos eventos deportivos valorar el riesgo de acuerdo a los protocolos y procedimientos del Consejo Superior de Deportes (Protocolo de actuación para la vuelta de competicionesoficiales de ámbito estatal y carácter no profesional-Temporada 2020-2021).
- Se deberá garantizar en todo momento las normas de distancia física y medidas de prevención e higiene de acuerdo al Decreto-Ley 2/2021 y normativa autonómica de aplicación.
- Vestuarios y duchas: control de acceso para asegurar las medidas de distancia e higiene y prevención.
- Permitidos eventos deportivos no profesionales no federados garantizando las medidas de distancia e higiene y prevención y un aforo de público de 33%, siempre que sea en exteriores.
- Recomendación de un máximo de 6 personas en las actividades grupales.
- Para estos eventos deportivos valorar el riesgo de acuerdo a los protocolos y procedimientos del Consejo Superior de Deportes (Protocolo básico de actuación para la vuelta a los entrenamientos y el reinicio de las competiciones federadas y profesionales).
- Se deberá garantizar en todo momento las normas de distancia física y medidas de prevención e higiene de acuerdo al Decreto-Ley 2/2021.
- Limitación de los eventos deportivos a los profesionales (equipos que participen en Ligas Profesionales (La Liga y ACB), así como el resto de competiciones oficiales absolutas de ámbito estatal que pertenezcan al primer, segundo y tercer nivel deportivo, además de los equipos de la categoría Juvenil División de Honor de fútbol. A estos efectos, se entiende que forman el equipo tanto los deportistas como el personal técnico).
- En el caso de deportistas de deportes individuales, podrán entrar y salir del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de las localidades confinadas, para entrenar y para participar en Campeonatos de España o de competiciones oficiales de ámbito internacional, los deportistas catalogados como de alto nivel (DAN) o de alto rendimiento (DAR, hasta los de nivel C incluidos).
- Entrenamientos de equipos federados y Juegos Deportivos de La Rioja.
- Piscinas: limitación de aforo al 50% al aire libre y 33% en cerradas.
- Entradas numeradas.
- Asientos preasignados.
No se permite comer ni beber durante el espectáculo.
- Se establecerán sistemas de entrada y salida que garanticen que no se producen aglomeraciones y que se respete la distancia de seguridad de 1,5 metros.
- Se proporcionará gel hidroalcohólico a la entrada y salida del local o recinto en que se celebre la actividad.
- Aforo máximo al 50% siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila en caso de asientos fijos o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.
- Aforo máximo al 50% para cada una de sus salas y espacios públicos.
- Uso de mascarilla obligatoria.
- Se establecerán sistemas de entrada y salida que garanticen que no se producen aglomeraciones y que se respete la distancia de seguridad de 1,5 metros.
- Se tomará la temperatura a la entrada y se proporcionará gel hidroalcohólico a la entrada y salida del local o recinto en que se celebre la actividad.
- Los recintos Feriales estarán organizados por calles, donde los clientes irán en una sola dirección por calle.
- No estará permitido fumar dentro del recinto ferial.
- No se permite comer ni beber fuera de la zona dedicada a la hostelería.
- Los puestos de comidas y bebidas deberán estar separados físicamente de las atracciones y se deberán cumplir las normas sanitarias de la hostelería con carácter general.
- Limpieza y desinfección del equipamiento, en particular cualquier superficie en la que haya habido contacto, entre un cliente y otro.
- Se cumplirá lo recogido en el Protocolo y guía de buenas prácticas dirigida a la actividad en los recintos feriales y atracciones de feria.
- Delimitación perimetral del recinto ferial.
Control de entrada y salida en el recinto mediante la venta o registro nominal de entradas.
- Cada menor podrá ir acompañado de una persona adulta.
- Aforo 20 mtros cuadrados por persona hasta un máximo de 250 personas.
Riesgo alto intensificado
- Se recomienda un máximo de 6 personas salvo que se trate de convivientes y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público, o respecto a personas menores o dependientes. No están incluidas en la limitación las actividades laborales, educativas e institucionales, ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
- Recomendar a la población salir del domicilio sólo lo necesario, evitando los espacios cerrados en los que se desarrollan actividades incompatibles con el uso de mascarillas y concurren muchas personas.
- Apertura a un 33% de su aforo interior.
- Recomendación de un máximo de 6 personas por mesa o agrupación de mesas. Garantizar la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre sillas de diferentes mesas.
- Prohibición de consumo en barra.
- No podrán admitirse nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y la hora de cierre no podrá superar las 23:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
Excepciones:
- Los comedores de hoteles, casas rurales, y otros alojamientos tales como campings, que podrán servir comidas únicamente a las personas que se encuentren alojadas en su establecimiento y siempre cuando se cumplan estrictamente las medidas preventivas de carácter sanitario con carácter general.
- Los servicios de restauración incluidos en centros y servicios sanitarios y sociosanitarios, los servicios de comedor de carácter social, y los comedores escolares y de empresa.
- Recomendación de un máximo de 6 personas por mesa o agrupación de mesas.
- Mismo horario que en interiores.
- Apertura del 100% del aforo
- Mesas con una distancia de al menos 1,5 metros entre sillas de diferentes mesas.
- En todo momento se hará uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo.
- Queda prohibida la utilización de cachimbas, pipas de agua y similares.
- Los establecimientos deberán realizar una limpieza y desinfección del equipamiento, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y otro.
- Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso. En el caso de que esto no fuera posible, debe evitarse el uso de la misma mantelería o salvamanteles con distintos clientes, optando por materiales y soluciones que faciliten su cambio entre servicios y su lavado mecánico en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados.
- Se recomienda no tener juegos de mesa tales como cartas, ajedrez o damas para uso compartido en el local, salvo que se desinfecten tras su uso.
- Cierre.
- Los servicios de recogida y envío a domicilio se mantendrán operativos, siempre manteniendo las medidas de distanciamiento e higiene y prevención.
- Se procurará el establecimiento de un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
- Se prohíbe la venta de alcohol a partir de las 22:00 horas y hasta las 06:00 horas del día siguiente a partir de las 22:00 horas y hasta las 06:00 horas del día siguiente en gasolineras, supermercados y máquinas expendedoras.
- Locales: 50%. Si no es posible mantener la distancia de seguridad, se restringirá la permanencia dentro del local a un cliente.
- Mercadillos: 50% de los puestos habitualmente autorizados
Podrá impartirse de un modo presencial siempre que se mantengan las medidas físicas de distanciamiento e higiene y prevención, con los siguientes requisitos:
- 50% del aforo.
- Se suspenderán las actividades donde asistan personas vulnerables.
- En albergues turísticos, las personas de diferentes grupos de convivencia no pueden pernoctar en la misma estancia.
- Apertura de zonas comunes al 33% del aforo y siempre garantizando las medidas de distanciamiento de higiene y prevención y favoreciendo el uso de zonas bien ventiladas.
- Limitar aforo al 33% en espacios cerrados siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
- Ceremonias: Si es posible, aplazar su celebración hasta la mejora de la situación epidemiológica.
- Aforo al 33% en espacios cerrados siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
- No estará permitida la utilización de pista de baile o espacio habilitado similar para ese uso, excepto para el baile nupcial entre los recién casados.
- Lugares de culto: no podrá superar el 33% de aforo en espacios cerrados. Ofrecer servicios telemáticos o por televisión.
- La utilización del exterior de los edificios o de la vía pública para la celebración de actos de culto deberá ser aprobada por la autoridad municipal correspondiente, y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar mantener la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros y el uso de mascarilla.
- No se permitirá el uso de agua bendita y las abluciones rituales deberán realizarse en privado, en lugar diferente del de culto.
- Durante el desarrollo de las celebraciones se evitará el contacto personal, el tocar o besar objetos de devoción u otros objetos que habitualmente se manejen.
- Apertura a un 50% de su aforo interior.
- Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas.
- Apertura a un 50% de su aforo interior.
- Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia entre mesas de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas.
- Apertura de zonas comunes a 33% del aforo (incluidos comedores, donde se pueden establecer turnos) y siempre garantizando las medidas de distanciamiento de higiene y prevención.
- Prohibición de visitas.
- Apertura a un 50% de su aforo interior.
- Garantizar la distancia entre mesas de al menos 2 entre las sillas de diferentes mesas.
- Prohibición de consumo en barra.
- No podrán admitirse nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y la hora de cierre no podrá superar las 23:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
- No podrá superar un aforo del 50% siempre garantizando las medidas de distanciamiento e higiene y prevención.
- Evitar las aglomeraciones en zonas de descanso.
- Recomendar la realización telemática especialmente en actividades destinadas a personal esencial.
- Gimnasios, instalaciones y centros deportivos: 33% de aforo garantizando distancia de seguridad y ventilación. Cerrados, si no se puede garantizar.
- Uso obligatorio de mascarilla.
- Para estos eventos deportivos valorar el riesgo de acuerdo a los protocolos y procedimientos del Consejo Superior de Deportes (Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional-Temporada 2020-2021).
- Se deberá garantizar en todo momento las normas de distancia física y medidas de prevención e higiene de acuerdo al Decreto-Ley 2/2021 y normativa autonómica de aplicación.
- Vestuarios y duchas: control de acceso para asegurar las medidas de distancia e higiene y prevención.
- Permitidos eventos deportivos no profesionales no federados garantizando las medidas de distancia e higiene y prevención y un aforo de público de 33%.
- Recomendación de un máximo de 6 personas en las actividades grupales.
- Para estos eventos deportivos valorar el riesgo de acuerdo a los protocolos y procedimientos del Consejo Superior de Deportes (Protocolo básico de actuación para la vuelta a los entrenamientos y el reinicio de las competiciones federadas y profesionales).
- Se deberá garantizar en todo momento las normas de distancia física y medidas de prevención e higiene de acuerdo al Decreto-Ley 2/2021.
- Competiciones federadas y profesionales, así como la competición en los Juegos Deportivos de La Rioja.
- Piscinas: limitación de aforo al 50% al aire libre y 33% en cerradas.
- Entradas numeradas.
- Asientos preasignados.
- No se permite comer ni beber durante el espectáculo.
- Se establecerán sistemas de entrada y salida que garanticen que no se producen aglomeraciones y que se respete la distancia de seguridad de 1,5 metros.
- Se proporcionará gel hidroalcohólico a la entrada y salida del local o recinto en que se celebre la actividad.
- Aforo máximo al 50% siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila en caso de asientos fijos o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.
- Aforo máximo al 50% para cada una de sus salas y espacios públicos.
- Uso de mascarilla obligatoria.
- Se establecerán sistemas de entrada y salida que garanticen que no se producen aglomeraciones y que se respete la distancia de seguridad de 1,5 metros.
- Se tomará la temperatura a la entrada y se proporcionará gel hidroalcohólico a la entrada y salida del local o recinto en que se celebre la actividad.
- Los recintos Feriales estarán organizados por calles, donde los clientes irán en una sola dirección por calle.
- No estará permitido fumar dentro del recinto ferial.
- No se permite comer ni beber fuera de la zona dedicada a la hostelería.
- Los puestos de comidas y bebidas deberán estar separados físicamente de las atracciones y se deberán cumplir las normas sanitarias de la hostelería con carácter general.
- Limpieza y desinfección del equipamiento, en particular cualquier superficie en la que haya habido contacto, entre un cliente y otro.
- Se cumplirá lo recogido en el Protocolo y guía de buenas prácticas dirigida a la actividad en los recintos feriales y atracciones de feria.
- Delimitación perimetral del recinto ferial.
- Control de entrada y salida en el recinto mediante la venta o registro nominal de entradas.
- Cada menor podrá ir acompañado de una persona adulta.
- Aforo 40 metros cuadraddos por persona hasta un máximo de 250 personas.
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