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La Audiencia Provincial de Logroño ha condenado al asesino del exprofesor del D'Elhuyar Pedro José Sáez Alfaro a 25 años de cárcel, 22 de ellos por asesinato con la agravante de alevosía y 3 años y 3 meses por obstrucción a la justicia. El procesado también deberá abonar una multa de 3.420 euros y 40.000 euros a la hija de la víctima en concepto de responsabilidad civil. Una vez finalizada la pena de prisión, el tribunal le condena además a otros 10 años de libertad vigilada.
Junto a Khalid M, en el banquillo de la Audiencia Provincial de Logroño se sentó Loredana Florina S., quien mantuvo una simulada relación sentimental con la víctima, y ahora el tribunal la condena a 4 años de prisión y 5.040 euros de multa por obstrucción a la justicia y encubrimiento.
En una prolija sentencia de 166 folios, una vez oído el veredicto de culpabilidad del tribunal del jurado, se considera probado que entre las 10.30 y las 11.30 horas del 18 de febrero de 2020, justo unos días antes del primer confinamiento domiciliario por el covid,
Khalid, de 30 años, golpeó brutalmente a Pedro José Sáez, de 73 años y lo hizo con al menos dos objetos contundentes y «con la intención de causarle la muerte o asumiendo que ello podría causarle la muerte al profesor». Lo dejó herido e inerme en el suelo de la cocina de su casa, en el número 9 de la calle Pepe Blanco. La intención del ya condenado, según el fallo, era «presionar» a la víctima para que retirara la denuncia que había interpuesto contra la acusada Loredana Florina por un delito de estafa en 2018. La mujer, según le imputaba la Fiscalía, no había devuelto más de 50.000 euros al profesor y pedía 6 años de prisión para ella.
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Víctor Soto
Dos días después de la agresión mortal al profesor, los acusados urdieron la huida de Khalid, que abandonó precipitadamente Logroño y se desplazó a Madrid. En la capital ambos mantuvieron un encuentro y después el acusado viajó rumbo a Italia, donde tiempo después se vio con la procesada. El propósito de todo el despliegue de viajes y huida era «evitar que pudieran ser descubiertos y vinculados con los hechos».
La Audiencia Provincial considera que hubo 'ánimus necandi', es decir, ánimo de matar por parte del acusado porque «si Khalid M. se condujo con ese prolongado y brutal despliegue de violencia y se marchó del domicilio dejando al agredido desangrándose visible y aparatosamente es porque quería matarle».
El tribunal considera además que hubo alevosía por la vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima. La agresión, que comenzó en el pasillo de la casa, fue muy violenta, así lo dedujeron los expertos que testificaron en la sala de vistas por las salpicaduras encontradas en las paredes y por los charcos de sangre en el suelo. Y tras esa primera agresión, la víctima llegó la cocina, bien arrastrado o arrastrándose, y allí el acusado continúo golpeándole aunque para entonces el profesor estaba desvalido e indefenso. Khalid se marchó y dejó a Pedro José Sáez Alfaro desangrándose hasta que falleció minutos después.
En el fallo, el tribunal se hace eco de los tres indicios de autoría apuntados por el jurado. Por un lado, el compulsivo tráfico de comunicación entre los acusados (16 llamadas) en los 12 minutos en los que los vecinos sitúan la agresión. Por otro, la marcha precipitada e injustificada de Khalid a Italia 48 horas después del crimen. Y por último, una conversación telefónica el 11 de marzo de 2021 en la que el acusado, fuera de sí, le dice a la acusada: «Te lo juro, Loredana, que nos vamos a comer todo los dos».
En la sentencia, contra la que cabe recurso ante la sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR), también se recogen las contradicciones.Por ejemplo, la declaración del acusado negando conocer a su víctima cuando el 1 de junio de 2018 se captaron tres fotografías del profesor en su domicilio en un teléfono que estaba usando el acusado. Además, Khalid había afirmado que fue a Italia porque se había abierto un proceso de regularización de extranjeros que exigía estar en aquél país antes del 8 de marzo, cuando el decreto que acordó esa medida se publicó en mayo.
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