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El Banco de España se suma a las voces que abogan por reformar el despido en España. Sin embargo, va en una dirección totalmente contraria a la que marca Europa en esa resolución en la que, aunque aún no se ha hecho pública, dictamina que la regulación actual es contraria a la Carta Social Europea e insta al Gobierno a elevar la indemnización que se paga a los trabajadores para adecuarla al daño que se ha hecho en función de sus circunstancias personales y para disuadir a las empresas a hacerlo. El supervisor, en su informe anual -en el que dedica un extenso espacio al mercado laboral-, carga contra esta «indemnización a la carta» que también se ha comprometido a implantar la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, y advierte que tendrá efectos negativos en el empleo.
A juicio de este organismo público, si España finalmente acata la decisión del Comité Europeo de Derechos Sociales y regula una indemnización por despido improcedente que abone una cuantía u otra en función de la situación personal de cada trabajador, lo que provocaría sería un previsible incremento de la conflictividad judicial por despidos, un aumento de la incertidumbre y un encarecimiento de los costes de dichos procesos, lo que tendría «potenciales efectos negativos sobre el empleo».
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En lo que sí coincide el Banco de España con Yolanda Díaz es en que hay que reformular las causas por las que empresas puedan hacer uso de un despido objetivo, pero, una vez más, con un motivo totalmente distinto al que defiende la ministra de Trabajo. Si la líder de Sumar prometió recientemente reforzará las causas del despido objetivo para limitarlo más e impedir que una empresa pueda echar a un trabajador cuando registre una caída de sus beneficios o no alcance los niveles que había previsto, el supervisor aboga por definir mejor y clarificar estas causas por las que se permite a las empresas cesar a un empleado pero para evitar esa incertidumbre que se genera al terminar la gran mayoría en los tribunales y para no paralizar la «necesaria reasignación» de los trabajadores que va a traer los cambios tecnológicos (la digitalización, la robótica y la inteligencia artificial); es decir, para permitir más flexibilidad a las empresas en un momento de cambios continuos.
A juicio de este organismo público, si España finalmente acata la decisión del Comité Europeo de Derechos Sociales y regula una indemnización por despido improcedente que abone una cuantía u otra en función de la situación personal de cada trabajador, lo que provocaría sería un previsible incremento de la conflictividad judicial por despidos, un aumento de la incertidumbre y un encarecimiento de los costes de dichos procesos, lo que tendría «potenciales efectos negativos sobre el empleo».
El director general de Economía y Estadística del Banco de España, Ángel Gavilán, recalcó que se está produciendo una «reasignación muy intensa» de la actividad entre sectores y empresas como consecuencia de los cambios tecnológicos y que «se tiene que producir por motivos económicos». Se van a destruir puestos de trabajo en muchos sectores y ocupaciones y aparecerán nuevos empleos por el impacto de la inteligencia artificial o la robótica. A su juicio «deberíamos asegurarnos de que los costes de despido faciliten esa reasignación». El elevado porcentaje de despidos que los tribunales convierten en improcedentes (un 75% de los resueltos en 2023 se declararon improcedentes o nulos) muestra que «las reglas del juego no están suficientemente claras», concluyó Gavilán.
El Banco de España tampoco está de acuerdo con que el despido en España sea demasiado barato y señala, con datos y gráficos de la OCDE, que las indemnizaciones por despido procedente por causas objetivas son mayores que en otros países del entorno. Por el contrario, sí admite que el coste adicional por despido improcedente no está actualmente entre los más altos.
Asimismo, el supervisor advierte que unas elevadas indemnizaciones por despido y generosas prestaciones por desempleo estarían asociadas a un nivel de desempleo estructural alto, que en España es especialmente elevado y ronda el 12% de la población activa, el doble que la media europea. Por eso, el Banco de España ve prioritario revisar las políticas de empleo y subraya que tanto los costes de despido como las prestaciones por desempleo tienen efectos sobre la empleabilidad y la movilidad laboral.
En este sentido, también propone reducir la cuantía del subsidio de paro a medida que pasen los meses y limitar su cuantía y duración (actuamente las prestaciones por desempleo duran hasta 24 meses pero el subsidio es ilimitado), ya que, aunque el porcentaje de parados que recibe prestaciones por desempleo -el 55%- es inferior a la media de la UE, las prestacionesofrecen una de las tasas más elevadas de sustitución en relación con el salario neto anterior (entre el 60 y el 80%).
Además, apoya que determinados subsidios y prestaciones sean compatibles con el empleo, de forma temporal o permanente, así como que se tengan en cuenta las características familiares y la situación financiera de los desempleados a la hora de percibir prestaciones asistenciales. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia plantea una simplificación del nivel asistencial de desempleo, pero el real decreto de 2023 que lo contemplaba no fue convalidado por el Congreso.
La reforma laboral aprobada en 2021 limitó los contratos temporales para tratar de aumentar la estabilidad en el empleo. Del análisis realizado por el Banco de España se concluye que la tasa de temporalidad se ha reducido bastante al bajar del 25,4% a finales de 2021 al 16,5% en el cuarto trimestre de 2023 (aunque en el sector público se mantiene cercana al 30%). El 55% de esa caída de la temporalidad obedece al aumento de los contratos indefinidos, el 26% por los contratos indefinidos a tiempo parcial y el 19% al incremento de los contratos de fijos-discontinuos.
¿En qué medida esa reduccción de la temporalidad refleja una mayor estabilidad en el empleo? En el caso de los fijos-discontinuos, las tasa de baja de los contratos se han duplicado desde 2022 hasta situarse al mismo nivel que la que se observa para los contratos temporales. Además, la supervivencia de los contratos indefinidos, sin incluir los fijos-discontinuos, «se ha deteriorado tras la reforma laboral», señala el Banco de España. Solo el 48% de las relaciones laborales iniciadas en marzo de 2022 con un contrato indefinido permanecían vivas un año después, cuando ese porcentaje de supervivencia alcanzaba el 52,5% en 2017 y 2018. La razón es que antes se utilizaban los contratos temporales para determinar si el trabajador era adecuado y ahora se decide en los primeros meses del contrato indefinido.
A pesar de que hay un leve aumento de la inestabilidad en el empleo en los contratos indefinidos de nueva creación, en especial en los fijos-discontinuos, se observa una ligera mejora de la estabilidad laboral en su conjunto porque el peso de los indefinidos ha crecido de forma significativa sobre los temporales.
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, quiere que se reduzca la jornada laboral. Ante esa posibilidad, el Banco de España reclama que se dé flexibilidad a las empresas y a los sectores para «acomodar» ese cambio normativo «si se quieren evitar los posibles efectos negativos de esta medida sobre los costes laborales, la productividad y el nivel de empleo».
La jornada laboral legal se mantiene en España en 40 horas semanales como máximo desde 1983. Pero la jornada laboral pactada, según la EPA, es de 38,91 horas semanales. Y las horas efectivas han caído a 33,1 horas semanales. Una reducción que es un proceso tendencial, tanto en España como en el resto de países, que obedece a factores estructurales y los cambios tecnológicos previsiblemente permitirán nuevas reducciones de la jornada de trabajo en las próximas décadas. El supervisor insiste en que igual que la reducción observada ha sido muy heterogénea por empresas y sectores, permitiendo que se adaptase a las características de cada empresa, se mantenga esa heterogeneidad de cara al futuro.
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