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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia este jueves en la que determina que un trabajador indefinido no fijo, debe considerarse un empleado con contrato de duración determinada e insta a España a convertir en fijos a los ... interinos de larga duración. Esta decisión, que podría afectar a cientos de miles de trabajadores en el país, determina que España está incumpliendo el marco europeo, ya que la legislación nacional no incluye medidas para evitar «el uso abusivo de contratos indefinidos no fijos». Con esta premisa y en respuesta a una cuestión prejudicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid fechada en diciembre de 2021, concluye que una indemnización a los empleados no es suficiente y pide convertir en fijos estos contratos, una medida que deja en manos del legislador español.
La Justicia europea determina que las razones expuestas por las Administraciones y el Gobierno español -que apelan a la garantía de acceso al empleo público en condiciones de igualdad, mérito y capacidad para remediar una situación de contratación irregular hasta cubrir dicha plaza- justifican la aplicación «de un tipo de contrato indefinido no fijo». El marco europeo, sin embargo, se refiere a las razones que justifican «la renovación» de contratos de duración determinada. Señala, con todo, que la convocatoria de proceso selectivos para cubrir definitivamente plazas de trabajadores temporales «no parece que puedan evitar el uso abusivo, por parte del empleador, de sucesivas relaciones laborales de duración determinada». Por ello, asegura que «no parece que la normativa constituya una medida suficientemente efectiva y disuasoria» para garantizar la eficacia de la legislación europea y no puede considerarse como «medida legal equivalente».
La corte, con sede en Luxemburgo, indica que le corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Madrid indicar si las disposiciones nacionales son efectivas y disuasorias para garantizar la eficacia de las normas de acuerdo al marco europeo. Apunta que debe ser el tribunal nacional el que modifique la jurisprudencia nacional si esta es incompatible con el marco europeo. Los magistrados europeos inciden en que «el Acuerdo Marco europeo se opone a una normativa nacional que establece el pago de una indemnización tasada, igual a 20 días de salario por cada año trabajado» con un límite de doce meses en caso de cese o despido, ya que esta medida no asegura la estabilidad de los empleados.
Hasta el momento, este colectivo solo había conseguido ante los tribunales sentencias parcialmente estimatorias, que únicamente garantizaban su puesto de trabajo hasta que se convocara un proceso selectivo o se cubriera dicha plaza. Tras diez años de reivindicaciones, el colectivo de trabajadores temporales considera que esta sentencia es «un varapalo europeo al Gobierno y a los tribunales españoles» y que «supone acabar con años de abuso en la contratación por parte de la Administración Pública».
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