Secciones
Servicios
Destacamos
Al granadino Francisco Rubio le han suplantado la identidad hasta en siete ocasiones en los últimos cinco años. Ya ha ganado tres juicios: dos de las sentencias confirman que los acusados –de Ponferrada (León) y Beriain (Navarra)– usaron sus datos personales para estafar a un ... par de personas con la venta de supuestos cachorros a través de una web de segunda mano, mientras que en la tercera causa se considera probado que los imputados se hicieron pasar por Francisco para hacer una compra de más de 2.000 euros en una tienda de electrodomésticos de Gerona. Ahora está pendiente de la celebración de un cuarto juicio. «Es una locura. Hace un par de años una agencia de recobro se puso en contacto conmigo para exigirme el pago inmediato de una factura de telefonía de algo más de 200 euros con la amenaza de incluirme en el fichero de morosos si no saldaba la deuda. Les dije que tenía que tratarse de un error puesto que yo nunca había sido cliente de esa compañía, pero no me hicieron ni caso e incluyeron mis datos en el registro de Asnef (Asociación Nacional de Establecimientos Fiancieros de Crédito), donde todavía consto como moroso», lamenta este vecino de Granada de 51 años.
Francisco denunció finalmente a la empresa de telefonía por negarse a borrar su nombre del fichero y en un par de semanas se tendrán que ver las caras en un juzgado. «Afortunadamente, que mis datos figuren en el registro de morosos no ha tenido mayores consecuencias en mi vida diaria más allá de las vueltas que me hace dar mi actual compañía de teléfono cada vez que quiero hacer una modificación en el contrato», comenta aliviado. Sin embargo, lo que le ocurre a Francisco no es lo habitual en estos casos. «La simple mención de nuestro nombre en uno de estos ficheros puede frustrar las posibilidades de obtener cualquier tipo de financiación; desde disponer de una tarjeta de crédito para los gastos diarios hasta comprar un coche a plazos y ya no digamos pedir una hipoteca o solicitar un crédito para montar un negocio», advierte la portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Ilena Izverniceanu.
En principio, nadie debería ser inscrito en este tipo de ficheros sin que se cumplan todos los requisitos exigidos por ley como que la deuda sea «cierta, vencida y exigible» o que supere los 50 euros. La normativa también impone la obligación de notificar al afectado su entrada en el registro en un plazo máximo de un mes. De hecho, «hay muchos ciudadanos que desconocen su situación de 'moroso oficial' y no la descubren hasta que solicitan un crédito y se le niega por cuestiones de solvencia», alertan en el gabinete jurídico Legalitas. Ahora bien, si la inscripción está justificada solo hay dos formas de salir: pagar la deuda o dejar que pasen cinco años para que prescriba. Si le ocurre lo mismo que a Francisco y su entrada en el fichero de morosos no se sostiene, ya sea porque la deuda está pagada o porque no se cumple alguno de los pasos de obligado cumplimiento para que le incluyan en el fichero, «las esperanzas de salir o de poner las cosas en su sitio descansan en los llamados derechos ARCOL: acceso, rectificación, cancelación, oposición y limitación del tratamiento. En otras palabras, gracias a ellos el afectado puede consultar sus datos en el fichero, pedir que se corrijan si están mal o incluso que se supriman si no hay motivo que justifique que nuestro nombre figure en el registro», añaden en la OCU.
Si todo lo anterior no da resultado, todavía quedan dos últimas posibilidades: ir a juicio y solicitar una indemnización por daños y perjuicios o denunciar las irregularidades ante la Agencia Española de Protección de Datos, lo que puede acarrear una sanción económica tanto para la empresa que inscribió al denunciante en el fichero como para el propio registro de morosos.
Este tipo de ficheros contienen datos muy delicados y no se muestran a cualquiera. «No podemos pedir, por ejemplo, que nos informen sobre si nuestro vecino es un buen pagador. Los únicos que pueden consultar el registro de morosos son las entidades adheridas al fichero y con ciertas limitaciones», añade Ileana Izverniceanu. Lo que sí está permitido es consultar los datos existentes sobre nosotros mismos. «Es decir, podemos dirigirnos a cualquier fichero de morosos –Asnef, Cirex, RIJ, CIR...– y solicitar un informe para saber si nuestro nombre consta en la base de datos. La consulta es gratuita, puesto que se trata de un derecho que la ley le reconoce», insisten en la OCU. Mucho cuidado cuando teclee la palabra Asnef en un buscador. «Le saldrán como setas páginas web con nombres parecidos que, por 20 euros, le ayudarán a obtener el mismo informe que los ficheros tienen la obligación de faclitarle gratis».
La deuda tiene que ser real y superar los 50 euros Aunque pueda parecer de perogrullo, para que le inscriban en un fichero de morosos, la deuda debe ser «cierta, vencida y exigible». Además, su importe debe superar los 50 euros y «no puede estarse discutiendo en un procedimiento abierto admisnistrativo, arbitral o judicial», explican en la OCU.
Doble aviso La persona afectada tiene que estar avisada en todo momento de que su nombre puede acabar en un fichero de morosos. «Si la empresa termina por inscribirle, el propio fichero está obligado a informarle en un periodo no superior a 30 días no solo de que ha sido registrado sino también de los derechos que le asisten».
Datos ocultos durante un mes Una vez que el fichero le informe de que su nombre figura en el registro (así como el acreedor y el importe que le reclama), empieza otro plazo de un mes durante el cual sus datos deberán mantenerse ocultos.
Salde la deuda y exija un justificante Si reconoce la deuda, páguela cuanto antes y exija un justificante del abono. «El acreedor que le metió en el fichero debería sacarle de inmediato, pero no se confíe», advierten en la OCU.
Pida la salida del fichero de morosos Lo más recomendable es que sea usted mismo el que acuda al fichero con todos los justificante de haber abonado la deuda y pida que sus datos sean suprimidos. «El fichero debe contestar a su petición en el plazo de un mes, que puede ampliarse a dos en los casos más complejos».
Denuncie ante cualquier problema Si el registro no resuelve la situación como se esperaba, existen dos opciones: presentar una reclamación ante la Agencia de Protección de Datos o «instar a un juicio civil por intromisión en el derecho del honor. También se pueden exigir daños y perjuicios.
Si no paga, estará inscrito 5 años En el caso de que no pague la deuda, «tendrá que pagar las consecuencias de figurar en el fichero, pero con un límite de tiempo. El fichero debe borrar sus datos pasados cinco años».
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.