Un joven realizando una acrobacia en monopatín en El Espolón. :: J.MARÍN
REGIÓN

Guía para un ciudadano ejemplar

Entre otras conductas, se castigará ir con la bici por las aceras, hacer acrobacias en monopatín en la calle o molestar con los altavoces del coche El Pleno aprueba hoy en fase inicial la primera Ordenanza Cívica de Logroño

JAVIER EZQUERRO

Jueves, 4 de noviembre 2010, 01:39

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La Ordenanza de Fomento de la Convivencia Ciudadana, más conocida como Ordenanza Cívica, ha salido ya de las 'cocinas' del Ayuntamiento. Hoy, tras varios meses de elaboración, el Pleno la aprobará en fase inicial y es probable que salga adelante por unanimidad después de la incorporación al texto de las enmiendas presentadas por el Grupo Municipal Popular.

No obstante, salvado este trámite, aún quedará un plazo de 30 días para presentar alegaciones, si bien ya no se esperan grandes cambios. Luego se aprobará de forma definitiva y entrará en vigor. La normativa, la primera de estas características en Logroño, trata de promover las conductas cívicas, sancionar las incívicas y rehabilitar a los infractores a través de trabajos sociales. Las siguientes líneas reflejan algunos de los puntos más significativos de su articulado.

Grafismos, pintadas y otros

Prohibición y restitución

La ordenanza prohíbe los grafismos, pintadas, escritos, inscripciones y otras conductas que ensucian el patrimonio público o privado y causan una degradación visual del entorno, salvo que exista autorización municipal en espacios habilitados para tal fin. También se prohíbe rasgar, arrancar y tirar a la vía pública carteles, anuncios, pancartas u objetos similares. El infractor deberá abonar el coste de la reposición de los espacios afectados.

Parques y jardines

Mano dura por las talas

Se recogen expresamente todo tipo de conductas que atenten contra el arbolado urbano. Así, se prohíbe talar, romper y zarandear árboles, cortar ramas y hojas, grabar o raspar su corteza o sujetar en ellos cualquier elemento así como verter líquidos a los alcorques. Igualmente, se consideran también infracciones otros comportamientos como utilizar vehículos a motor y ciclomotores en parques, plazas, jardines y pasarelas, dañar el césped o dejar excrementos en espacios públicos. También encender fuegos en parques y jardines sin autorización municipal.

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Papeleras y contenedores

Quema de contenedores

Las papeleras y contenedores ocupan otro buen espacio en la ordenanza. Se perseguirán prácticas como dañarlos, arrancarlos, volcarlos o incendiarlos. Y se avisa también de que los residuos de pequeño tamaño como pipas, chicles, papeles, envoltorios o similares deben depositarse en las papeleras. También las colillas de cigarros o similares, previamente apagadas. En sentido inverso, se prohíbe depositar en las papeleras materiales peligrosos, animales o sus restos o cualquier materia inflamable.

Vías y espacios públicos

Uso de bicis y monopatines

Las continuas quejas de peatones han llevado al Ayuntamiento a incluir en la ordenanza una mínima regulación sobre la circulación de bicis por las aceras. A la espera de un desarrollo más pormenorizado, la ordenanza dice textualmente que «los ciclistas deberán circular por los carriles-bici o en su defecto por los viales municipales, no pudiendo circular por las aceras peatonales». Y también habla de los monopatines, limitando las acrobacias y juegos de habilidad con estos elementos a las áreas destinadas a este fin. En sentido más genérico, se advierte contra prácticas que obstruyan el tráfico por la vía pública o pongan en peligro la seguridad de las personas.

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Molestias por ruidos

Altavoces de vehículos

También se sancionarán conductas como gritar o cantar en la calle cuando se causen molestias. Y se considera también perjudicial llevar los altavoces del vehículo a toda potencia con las ventanillas bajadas. Igualmente, se prohíbe dejar durante la noche en patios, terrazas u otros espacios exteriores animales que con sus sonidos perturben el descanso de los vecinos. Además, se avisa a chamizos y merenderos de que podrán ser sancionados por ruidos cuando se compruebe que hay un exceso de decibelios. En este artículo, se señala no obstante que habrá previamente un apercibimiento al posible infractor antes de que se abra expediente sancionador.

Venta y consumo de alcohol

Contra el 'botellón'

La ordenanza señala expresamente que se sancionará la venta o suministro así como el consumo de bebidas alcohólicas en vías y espacios públicos, en este último caso «siempre que conlleve algún tipo de alteración del orden público».

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Sanciones y trabajos sociales

De 30 a 600 euros

Las infracciones se gradúan en leves (multas de 30 a 200 euros), graves (de 201 a 400 euros) y muy graves (de 401 a 600 euros). La Policía Local será la encargada de velar por el cumplimiento de la ordenanza, siendo también responsable de graduar la sanción en función del alcance de la infracción. Para las faltas leves (bañarse en una fuente, consumir alcohol en la calle, lavar coches en la vía pública, por ejemplo) la sanción se podrá sustituir por trabajos sociales.

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