LOGROÑO

La nueva ordenanza cívica que prepara Logroño prohibirá a los ciclistas circular por las aceras

El proyecto de la normativa, que ya ha pasado por Junta de Gobierno, irá a pleno en noviembre

M.J.LUMBRERAS

Sábado, 2 de octubre 2010, 02:39

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La principios de comportamiento ciudadano que recoge la ordenanza cívica «los cumplimos todos». Entonces, ¿para qué este texto? «Por si un uno por ciento no cumple, no teníamos una norma reguladora específica», dijo ayer la concejal responsable, Concepción Arribas. Los actos incívicos más frecuentes son, además del botellón, el hecho de dejar animales en las terrazas y que éstos se pasen la noche llorando, arrancar flores y romper ramas, quemar contenedores, defecar en la calle... «Ir con la bici a toda velocidad por donde no se debe puede llegar a ser incívico», indicó también la edil.

El texto de la ordenanza, que ha iniciado su trámite en la Junta de Gobierno local y que irá a pleno probablemente en noviembre, insiste en la preferencia de paso de los peatones frente a los ciclistas. «Los ciclistas deberán circular por los carriles bici habilitados a lo largo del término municipal o, en su defecto, por los viales municipales no pudiendo circular por las aceras peatonales», indica la normativa en su artículo 13.

El texto prohibe dejar en patios o terrazas aves y animales de compañía que, con sus gritos o cantos, perturben el descanso, pero también gritar, cantar o vociferar en la calle siempre que cause molestias a los vecinos y poner la música tan alta en los coches, con las ventanillas bajadas, que se oiga desde fuera.

¿Y sobre el botellón?

En lo que a consumo de alcohol en la calle se refiere, se advierte que será objeto de sanción «siempre y cuando conlleve algún tipo de alteración del orden público». El consumo ya figura en el régimen sancionador, como infracción leve, con una multa que puede oscilar entre los 30 y los 200 euros, si bien Arribas concretó que se abrirá un expediente y el instructor del mismo estudiará la sanción que corresponde, que puede ser económica o se podrá cambiar por tareas sociales, dado el interés educador de la normativa.

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En el mismo capítulo de infracciones leves, es decir, de 30 a 200 euros, figuran acciones como orinar, defecar y escupir en la vía pública, bañarse en las fuentes, causar daños en árboles y jardines o disparar petardos y cohetes sin autorización. Las infracciones muy graves, de hasta 600 euros, tienen que ver con romper, incendiar, arrancar o deteriorar elementos de servicio público y mobiliario urbano, señalización pública, árboles, sistema de alumbrado urbano o contenedores de basura y escombros.

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