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Sonia Tercero

La Rioja vuelve al nivel 4 y Calahorra, Nájera y Alfaro, confinados

Cervera se queda en nivel 6, Valverde pasa al 4 y Pradejón, al 5 | Latasa confirma que «la epidemia está más activa en La Rioja Baja, con mayor incidencia en el entorno domiciliario y el laboral»

Inés Martínez

Logroño

Miércoles, 21 de abril 2021, 16:32

La Rioja vuelve al nivel 4. Eso significa que las medidas restrictivas se refuerzan después de varias semanas en las que tanto la incidencia acumulada como el número de casos activos han subido considerablemente. Las principales diferencias respecto al nivel 3, en el que hasta ahora estaba La Rioja, es que los aforos máximos en hostelería pasan a ser del 30% en interiores y sin cambios en exteriores. Lo mismo ocurre en el comercio, que pasa a tener un aforo máximo de un tercio.

En cuanto a las localidades que cuentan con una mayor incidencia acumulada que el dato que registra en general La Rioja, Cervera queda en nivel 6; Valverde, en el 4, Pradejón, en 5; y en los caso de Calahorra, Nájera y Alfaro pasan del nivel 4 al 5, lo que significa que entra en vigor el cierre perimetral y se cierra toda actividad comercial no imprescindible a las 17.00 horas.

Estas medidas se publican mañana en el BOR y entran en vigor el viernes.

Una de las decisiones que más ha sorprendido es la de Alfaro, ya que según los datos que facilita el Gobierno de La Rioja, su incidencia acumulada a 14 días está a fecha del día 19, en 343. Sin embargo, preguntados por este periódico, desde Salud explican que la localidad tiene 4 indicadores para estar en nivel 5: la IA a 7 días (superior a 250), la positividad (por encima del 15%), la IA a 7 en mayores de 65 años (superior a 300) y la IA a 14 en mayores de 65 años (superior a 400), lo que la sitúa con 4 de los 8 valores en nivel 5.

De hecho, según ha comunicado el Ayuntamiento en una nota, a lo largo de la mañana el alcalde de la ciudad, Julián Jiménez Velilla, «se ha puesto en contacto tanto con la Presidenta como con la Consejera de Sanidad para transmitirles la necesidad de revisar las medidas impuestas ya que se consideran demasiado duras». Asímismo, desde el consistorio piden prudencia a la ciudadanía ante la subida de casos de los últimos días.

La portavoz ha dicho que, desde el Consejo de Gobierno han tomado esta decisión porque «la incidencia se está incrementando, aunque de forma más lenta y sostenida en el tiempo que en anteriores ocasiones, pero de forma progresiva desde hace más de un mes».

En cuanto a la situación general de la pandemia en La Rioja, el director general de Salud, Pello Latasa, ha explicado que la incidencia es más elevada en las edades medias y en la población mayor, algo que preocupa mucho al Gobierno riojano. Además, ha explicado que «la epidemia está más activa en La Rioja Baja, posiblemente el entorno domiciliario y el laboral es donde hay más incidencia» ha añadido. Respecto a los cribado masivos que se están realizando desde ayer en Calahorra, Cervera, Alberite y Entrena, ha aclarado que «lo que se busca es cortar las cadenas de trasmisión, y no descartamos que en el futuro otros municipios entren en estos programas de cribado». Además, ha reconocido que parece ser que la Semana Santa no ha tenido tanta incidencia como se esperaba. Latasa ha reconocido que, en estos momentos, La Rioja cuenta con una evolución de la pandemia «con fluctuaciones» que nos hace pensar que la incidencia acumulada seguirá en alza.

En estos momentos, ha aseverado, «estamos entrando en un nivel de riesgo muy alto» y el goteo de la infección se está distribuyendo de forma heterogénea con mayor actividad en La Rioja Baja.

Nivel 4

Los interiores de bares y restaurantes, al 30%

Color rojo

Relaciones sociales y familiares:

- Limitación al máximo de los contactos.

- Reuniones hasta un máximo de 6 personas salvo que se trate de convivientes y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público, o respecto a personas menores o dependientes. No están incluidas en la limitación las actividades laborales, educativas e institucionales, ni aquéllas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.

- Mantenimiento de distancia interpersonal, prohibición de fumar en vía pública sin mantener la distancia de 2 m., prohibición de fumar en terrazas y prohibición de comer y beber en espacios públicos cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad y fuera del GCE.

- Recomendación de permanecer en el domicilio.

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Movilidad:

- Limitación de entradas y salidas del área territorial regional. Excepciones: Art. 3 Decreto de la Presidenta 15/2020, de 28 de octubre.

- Recomendación de salir del domicilio solo para lo necesario, evitando espacios cerrados en los que se desarrollan actividades incompatibles con el uso de mascarillas y concurren muchas personas.

- Restricción de movilidad nocturna entre las 23:00h y las 05:00h.

- Transporte público y colectivo: se recomienda aumentar la frecuencia de horarios al máximo para garantizar una ocupación lo más baja posible. Debe garantizarse la renovación del aire. No podrán ocuparse más de 2 asientos por fila en VTC y taxis salvo GCE y sin ocupar el asiento contiguo al conductor. Asimismo, se recomienda evitar viajes en hora punta salvo para ir al trabajo o al centro educativo.

Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres:

- Limitación de aforo a 1/3 en espacios cerrados (máximo 10 personas) siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

- Limitación de asistentes a 20 personas en espacios abiertos siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

Otras ceremonias (nupciales, bautizos y lugares de culto):

- Si es posible, aplazamiento de la celebración hasta la mejora de la situación epidemiológica.

- Limitación de aforo a 1/3 en espacios cerrados (máximo 10 personas).

- Limitación de asistentes a 20 personas al aire libre siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

- Prohibición de la utilización de pista de baile o espacio habilitado similar para ese uso, excepto para el baile nupcial entre los recién casados.

- Aforo de 1/3 en lugares de culto en espacios cerrados. Se recomienda ofrecer servicios telemáticos o por televisión.

- La utilización del exterior de los edificios o de la vía pública para la celebración de actos de culto deberá ser aprobada por la autoridad municipal correspondiente, y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar mantener la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros y el uso de mascarilla.

- Prohibición del uso de agua bendita y las abluciones rituales deberán realizarse en privado, en lugar diferente del de culto.

- Durante el desarrollo de las celebraciones se evitará el contacto personal, el tocar o besar objetos de devoción u otros objetos que habitualmente se manejen.

Centros residenciales de personas mayores y con discapacidad, centros de día y centros de participación activa:

- Residencias de mayores y personas con discapacidad: limitación de salidas y de visitas garantizando las medidas de distanciamiento e higiene, bajo supervisión.

- Centros de Participación Activa: cierre de este tipo de centros.

Hogares del jubilado, ludotecas y centros de ocio juvenil:

- Apertura con un aforo del 50% en interior. Actividad permitida únicamente en mesas garantizando la distancia de 2 metros entre sillas de diferentes mesas. Ocupación máxima de 6 personas por mesas o agrupación de mesas.

Hostelería y restauración (bares, cafeterías, restaurantes incluidos de hoteles…):

- Servicio de recogida en local: permitido hasta el límite de horario de restricción de movilidad nocturna.

- Servicio de reparto a domicilio: permitido hasta el horario de licencia del establecimiento.

- Zonas interiores:

- Aforo del 30% y ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas. Garantizar la distancia de 2 m. entre sillas de diferentes mesas.

Excepciones al 30% del aforo: comedores de hoteles y casas rurales y campings podrán servir comidas únicamente a las personas que se encuentren alojadas en su establecimiento, siempre y cuando se cumplan estrictamente las medidas preventivas de carácter general. También quedarán exceptuados los servicios de restauración incluidos en centros y servicios sanitarios, servicios sociosanitarios, servicios de comedor de carácter social, comedores escolares y de empresa.

- Prohibición de consumo en barra.

- Limitación de horario de apertura al público hasta la hora de comienzo del horario de restricción a la movilidad nocturna.

- Limitación de la hora de admisión de clientes hasta 1 hora antes del comienzo de horario de restricción de movilidad nocturna.

- Eliminar los servicios self-service o buffet.

- Prohibición de utilizar cachimbas o similares.

- Uso de mascarilla obligatorio en todo momento salvo cuando se esté comiendo o bebiendo.

- Se recomienda no disponer de juegos de mesa.

- Ventilación, limpieza y desinfección continua.

Justo Rodriguez

- Zonas exteriores:

- Aforo del 75% con grupos de clientes separados de un máximo de 6 personas sujetos, en todo caso, a las limitaciones en las condiciones de reuniones de carácter general.

- Mesas con distancia mínima de 1,5 m. entre sillas de diferentes mesas.

- Limitación de la hora de admisión de clientes hasta 1 hora antes del comienzo de horario de restricción de movilidad nocturna.

- Uso de mascarilla obligatorio en todo momento salvo cuando se esté comiendo o bebiendo.

- Prohibición de utilización de cachimbas o similares.

- Se recomienda no disponer de juegos de mesa.

- Limpieza y desinfección continua.

Discotecas y locales de ocio nocturno:

- Cierre.

Establecimientos como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos, locales específicos de apuestas:

- Aforo del 30% en zonas interiores con máximo de 6 personas por mesa.

- Prohibición de consumo en barra.

- Limitación de la hora de admisión de clientes hasta una hora antes del comienzo del horario de restricción a la movilidad nocturna.

Instalaciones y centros deportivos (fuera del ámbito regulado por el CSD):

- Zonas interiores

- Gimnasios, instalaciones y centros deportivos: aforo máximo de 1/3 garantizando la distancia de seguridad y ventilación. En caso de no poder garantizarse deberán permanecer cerrados. En las actividades grupales se mantendrán los límites de personas aplicables a dicho nivel.

- Uso obligatorio de mascarilla.

- Práctica deportiva:

- Ejercicio físico o deporte en grupo no profesional: Permitidos eventos deportivos no profesionales no federados garantizando las medidas de distancia higiene y prevención. 1/3 de aforo de público.

- Interiores cerrados

- Valorar suspensión de deportes con contacto físico.

- Grupos de un máximo de 6 personas.

- Práctica deportiva federada y profesional: permitida según protocolos y procedimientos del Consejo Superior de Deportes garantizando las medidas de distanciamiento, prevención e higiene.

- Permitidos entrenamientos de equipos federados y Juegos Deportivos de La Rioja.

- Ejercicio físico individual al aire libre: permitido garantizando las medidas de distanciamiento, higiene y prevención.

- Posibilidad de práctica en grupo, limitado al máximo de personas autorizadas para reuniones sociales.

Congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, seminarios y otros eventos profesionales.

- Solamente se podrán realizar de forma telemática.

Cines, teatros, auditorios, circos de carpa y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales.

- No podrá superarse el aforo del 50%.

- Deberá mantenerse un asiento de distancia en la misma fila (si se trata de asientos fijos) o 1,5 m. si no hay asientos fijos.

- Entradas numeradas, asientos preasignados.

- Prohibición de comer y beber durante el espectáculo.

- Se dispondrá de un sistema de entrada y salida que garantice que no se produzcan aglomeraciones y se respete la distancia de seguridad de 1,5 m.

Locales comerciales y prestación de servicios y mercadillos.

- Locales comerciales

- Aforo a 1/3.

- Si no es posible mantener la distancia de seguridad, se restringirá la permanencia dentro del local a un solo cliente.

- Los servicios de envío a domicilio y recogida podrán mantenerse operativos.

- Prohibición de venta de alcohol a partir de las 22:00 h. y hasta las 06:00 h. del día siguiente en todo tipo de establecimientos de venta al público, independientemente de la licencia con la que operen. Igualmente se aplica dicha prohibición a gasolineras, supermercados y máquinas expendedoras.

- Mercadillos

- 50% de los puestos habitualmente autorizado, si son al aire libre.

- Centros comerciales: permanecerán cerradas las zonas comunes y recreativas de los centros comerciales, salvo para el tránsito de personas entre los distintos establecimientos y las terrazas dedicadas a la hostelería, que se regirán por lo dispuesto por sus propias medidas.

Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada

- Aforo al 50%.

- Presencialidad si pueden garantizarse las medidas de prevención, distanciamiento e higiene.

- Suspensión de actividades donde asistan personas vulnerables.

- Recomendación de enseñanza telemática.

- Academias de danza, baile o similares: grupos máximo de 6 personas y uso obligatorio de mascarilla.

Hoteles, albergues turísticos, residencias de estudiantes y otros alojamientos

- Hoteles

- Apertura de zonas comunes (1/3 de aforo) siempre que se garanticen las medidas de distanciamiento e higiene y se garantice una correcta ventilación.

- Albergues

- Apertura de zonas comunes (1/3 de aforo) siempre que se garanticen las medidas de distanciamiento e higiene y se garantice una correcta ventilación.

- Las personas de distintos grupos de convivencia no pueden pernoctar en la misma estancia.

Bibliotecas, archivos, salas de exposiciones, monumentos…

- Aforo del 50% para cada una de las salas y espacios públicos.

- Actividades en grupo máximo 6 personas.

Piscinas y zonas de baño

- Aforo del 50% al aire libre y 1/3 en cerradas.

- Control de aforos.

Parques y zonas de esparcimiento al aire libre

- Abiertos manteniendo las medidas de distanciamiento, higiene y prevención.

- Prohibición del consumo de alcohol.

- Recomendación del cierre nocturno.

Caza y pesca

- Permitida la actividad cinegética y de pesca en todas sus modalidades.

- Mantenimiento de distancia interpersonal de 1,5 m. y uso de mascarilla.

- Si la actividad implica más de un cazador, el organizador o responsable de la cacería deberá disponer de un plan de actuación con las medidas de prevención e higiene. El contenido de dicho plan deberá difundirse entre los participantes y se adjuntará a la solicitud de autorización de cacería.

- Grupo máximo de 6 personas tanto para caza como pesca.

- No se compartirán utensilios de caza ni accesorios de comida o bebida.

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