El Constitucional cierra casi definitivamente la puerta a que las administraciones puedan imponer la vacunación forzosa, incluso en pandemia, al menos con la actual legislación. El Pleno de la corte, por unanimidad, ha acordado mantener la suspensión de lo dispuesto en el número 5 del ... art. 38.2 b) de la nueva Ley de Salud de Galicia, que es el que faculta a las autoridades sanitarias autonómicas a imponer la vacunación obligatoria a la ciudadanía gallega, a fin de controlar las enfermedades infecciosas transmisibles (cualquiera, no sólo la covid-19) en situaciones de grave riesgo para la salud pública.
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En síntesis, el Constitucional, en su auto, cuyo ponente ha sido el magistrado Andrés Ollero, sostiene que no se puede imponer el pinchazo a los anti-vacunas porque en la actualidad no hay cobertura legal para sancionar la negativa a inocularse. La resolución subraya que la vacunación obligatoria no es una medida preventiva que aparezca expresamente contemplada en la Ley Orgánica 3/1986, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública por lo que no hay paraguas legal que ampare una inyección forzosa que «supone una intervención corporal coactiva y practicada al margen de la voluntad del ciudadano».
El tribunal alega que levantar la suspensión al precepto que faculta a vacunar a la fuerza a los gallegos que ya decretó el pasado abril podría «provocar perjuicios ciertos y efectivos que pueden resultar irreparables o de difícil reparación, en la medida en que la vacunación puede imponerse en contra de la voluntad del ciudadano».
La pasada primavera la corte de garantías dejó en 'stand by' automáticamente parte de la nueva Ley de Salud después de admitir a trámite un recurso de inconstitucionalidad presentado el 30 de marzo por el Gobierno central contra la reforma de la normativa impulsada por el Ejecutivo regional de Alberto Núñez Feijóo y aprobada por el parlamento autonómico.
El Ejecutivo de Pedro Sánchez recurrió la ley, al entender que limitaba derechos fundamentales de los ciudadanos, algo que habría que hacer a través de una ley orgánica y no a través de una normativa autonómica.
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El auto conocido este viernes, recuerdan fuentes del tribunal, no es la sentencia definitiva sobre esta controversia, pero sí que anticipa la postura del Constitucional, que difícilmente va a contradecirse a sí mismo con una fallo que sea contradictorio con la resolución de hoy.
Son numerosos los juristas que desde el inicio de las crisis sanitaria vienen sosteniendo que la vacunación obligatoria solo podría imponerse con una reforma profunda de la actual legislación de Salud Pública de 1986 o con una ley de pandemias.
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