Daniel Roldán
Viernes, 23 de octubre 2015, 14:56
El Gobierno ha dado luz verde al real decreto por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de las enfermeras. Un paso reclamado por el Colegio General de Enfermería (CGE) para ... que estos profesionales sanitarios tengan la cobertura legal necesaria por sus quehaceres diarios, aunque la medida aprobada por el Consejo de Ministro ha dejado a medias las aspiraciones del CGE.
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A partir de ahora, los enfermeros podrán indicar a los pacientes fármacos que no necesitan la intervención de un médico que dispense una receta. Alfonso Alonso ha considerado que esta medida va a servir para dar más seguridad a este colectivo, que se encontraba en una situación alegal. Ahora no estarán atados a una prescripción médica, ha incidido el ministro. Es un paso adelante en su reconocimiento profesional y el de sus competencias, ha insistido.
Pero el problema que enfrenta a los enfermeros, médicos y Ministerio es el de las prescricpión de medicamentos con receta. El CGE ha defendido que los acuerdos firmados con Sanidad incluían que las enfermeras pudieran tener esta competencia, algo que niega en rotundidad la Organización Médica Colegial. Alonso ha asegurado que este real decreto se ha trabajado con la Enfermería y se ha acordado con médicos.
"La facultad de prescripción de medicamentos no queda modificada y, por ende, la competencia previa de diagnóstico", ha apuntado el titular de Sanidad, quien ha asegurado que se cumple de forma rigurosa el pacto firmado hace dos años. Una situación que no comparte la enfermería. Estos profesionales están sopesando la posibilidad de emprender acciones legales o realizar una huelga a la japonesa, es decir, cumplir de forma escrupulosa con sus atribuciones. Por ejemplo, se podría paralizar las vacunaciones, ya que cualquier inyección necesita de su pertinente receta médica.
No obstante, el real decreto deja una puerta abierta a la prescripción de enfermeras a través de de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, de elaboración conjunta, acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros y validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud. Esta facultad será objeto de seguimiento por parte del profesional sanitario que haya determinado el protocolo o guía clínica de indicación, a los efectos de su adecuación al mismo, así como de la seguridad del proceso y de la efectividad del tratamiento.
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