J.M.L.
Martes, 21 de marzo 2023, 11:30
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha retirado a una pareja de Toledo la custodia de su cuarto hijo por la «pasividad y falta de implicación del padre» y la «inmadurez» de la madre, a quienes también les fue retirara la custodia de ... sus tres hijos anteriores.
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El cuarto hijo, de dos años de edad, se encontraba con una familia de acogida por decisión de la Consejería de Bienestar Social de Castilla-La Mancha, que había valorado el entorno desfavorable en el que iba a vivir el pequeño con unos padres con relaciones conflictivas entre sí, con episodios de violencia en el pasado y con problemas de adicciones a alcohol y drogas.
La Consejería declaró la situación de desamparo del niño cuando éste estaba a punto de nacer, a principios de abril de 2020, y asumió su tutela. Según informes de sus técnicos, durante el embarazo la madre, que padece problemas psicóticos y es adicta a las drogas, había demostrado una absoluta negligencia, una circunstancia a la que se sumaban casos de violencia en el hogar y el hecho de que sus tres hijos anteriores contaban con medidas especiales de protección sin que existiera una previsión de retorno al hogar familiar.
Los padres recurrieron a los tribunales y la Audiencia Provincial de Toledo acabó devolviéndoles la custodia del niño al entender que había mejorado el ambiente familiar, que el padre tenía un empleo y que ambos estaban rehabilitándose de sus adicciones. Sin embargo, la Junta de Castilla-La Mancha y la Fiscalía recurrieron ante el Tribunal Supremo, que ahora ha retirado la custodia del cuarto hijo.
La decisión del Supremo se basa en los informes de los Servicios Sociales de la Consejería según los cuales la convivencia familiar había vuelto a ser imposible y la madre se había quedado embarazada de otro hombre mientras convivía con el padre de sus otros cuatro hijos, lo que había agravado los conflictos entre ambos pues la mujer dudaba si seguir conviviendo con su pareja o bien marcharse con el padre del hijo que está esperando. Ante estos hechos, el Tribunal Supremo basa su decisión en que ninguno de los progenitores puede atender las necesidades físicas y emocionales de un niño de dos años que crece feliz y con normalidad con una familia de acogida. Los informes de Bienestar Social que ha valorado el Supremo también sugieren que lo mejor para el futuro del pequeño sería que su actual familia de acogida lo adoptara.
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