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A.M.
Viernes, 2 de diciembre 2022, 17:39
Avisarse entre conductores mediante ráfagas en los cruces es una de las acciones más comunes en las carreteras y que, sin embargo, está sancionada con una multa de 80 euros de la DGT. La mayoría de conductores desconocen esta normativa pero así queda reflejado ... en el artículo 100 del Reglamento General de Circulación: «Se prohíbe la utilización de la luz de largo alcance o de carretera (...) en forma de destellos de la luz de largo alcance o de carretera y de la luz de corto alcance o de cruce, con finalidades distintas a las previstas en este reglamento».
¿Y cuáles son las finalidades previstas? Por ejemplo, advertir de un peligro. Debe hacerse eso sí en un periodo corto de tiempo y no prolongado, si no estaríamos poniendo en riesgo al otro conductor.
En este apartado no entra el claro ejemplo de dos coches que llegan a la vez a un cruce y otro le cede el paso mediante una ráfaga. Esta acción, a pesar de ser muy frecuente, conlleva una importante multa que va en función de la gravedad de los hechos. Asciende a 200 euros cuando se produce un deslumbramiento, y asciende a 500 euros si esas ráfagas provocan un accidente. Algunos conductores también utilizan las ráfagas para avisar a otros de la presencia de un control policial. Una acción ilegal.
El buen uso del alumbrado del vehículo es imprescindible para garantizar la seguridad en la carretera. Y es donde más fallan los conductores. De hecho, según la Guardia Civil, el 60% de los conductores utiliza mal los intermitentes en las rotondas. «Los intermitentes son una forma de expresión con la que advertimos de las maniobras que vamos a realizar, evitando accidentes en la vía y haciendo la circulación más fluida», recuerda la Dirección General de Tráfico.
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