Secciones
Servicios
Destacamos
A cualquier conductor o transeúnte le recorre un escalofrío en el cuerpo cuando ve acercarse un patinete eléctrico por la vía pública. No es para menos. Su paulatina irrupción en la jungla del tráfico urbano, aprovechando vacíos legales que el legislador trata de tapar de ... prisa y corriendo, provoca muchos quebraderos de cabeza a los responsables de Tráfico, policías locales y la Fiscalía especializada en seguridad vial.
Impulsado por su sencillo manejo, un precio asequible y el cartel de vehículo verde o de movilidad sostenible, la proliferación de los llamados Vehículos de Movilidad Personal (VMP) ha provocado también una incidencia al alza en la siniestralidad. Desde que se comenzaron a registrar estadísticas en enero de 2021 se han producido 385 accidentes con 18 víctimas mortales, en su mayoría contabilizados este año con 224 siniestros, según datos de la DGT.
El exceso de velocidad subyace como una de las causas principales de este fenómeno, que se trata de controlar con la aprobación de diferentes normativas para regular su uso y restringir los excesos. El último anuncio no descarta la posibilidad de que el incumplimiento de las directrices de circulación a los usuarios de VMP repercuta en la pérdida de puntos del carnet.
Con estos antecedentes, los agentes de la Policía Local de Vilagarcía de Arousa, en Pontevedra, lo tuvieron claro el 14 de agosto de 2021 cuando interceptaron a un vecino manejando a gran velocidad uno de los patinetes eléctricos más potentes del mercado, de una compañía china y con un precio superior a los 600 euros. Levantaron atestado y propusieron una multa de 500 euros por incumplir el reglamento (superar el límite de 25 kilómetros por hora).
Pero la novedad es que acordaron su inmovilización como si se tratara de un vehículo de cuatro ruedas mal aparcado y lo trasladaron al depósito municipal. El expediente sancionador detalla que este patinete por su potencia tiene la condición de ciclomotor y, por lo tanto, necesita permiso básico, matrícula y certificado de seguro obligatorio.
El procedimiento fue confirmado por la Junta de Gobierno Local de Villagarcía tras el recurso del propietario. Pero lejos de dar por finiquitado el conflicto, este puso el asunto en manos de su abogado y acudió a la justicia. Un año después ya hay sentencia: el Juzgado de lo Contencioso número dos de Pontevedra ha confirmado que la actuación de la Policía fue acorde a Derecho y la inmovilización, correcta.
El debate jurídico se ha centrado en si este patinete se considera o no un ciclomotor y si debe cumplir la normativa, como registraron los agentes. Para ello realizaron una prueba pericial con el objetivo de cotejar que el vehículo supera ampliamente la velocidad máxima, pese a que el diseño original especifica que los 25 km/h están limitados.
Para este fin usaron el velocímetro digital de un coche patrulla e hicieron la comparativa. Un agente se subió al patinete inmovilizado y comenzó a circular. El resultado es que en llano alcanzó una velocidad de 38 km/h y al activar las tercera marcha llegó hasta los 42 km/h.
La sentencia explica que aunque podría haberse acreditado este hecho de forma «más incontestable y fehaciente», puesto que en el atestado tan solo se acompaña una fotografía del resultado del velocímetro digital, «conviene precisar que tampoco la parte recurrente ha rebatido con los medios probatorios a su alcance». El abogado demandante, Luis Tabora, alega que su cliente ha sido objeto de «indefensión» y cita la responsabilidad de la compañía china al venderlo con la limitación permitida pese a la mayor potencia del motor.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.