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El Congreso dio esta mañana el primer paso para que las universidades públicas cuenten por primera vez en 70 años con un régimen disciplinario democrático. A falta de unas semanas para que la Constitución cumpla 43 años, y tras décadas de exigirlo estudiantes, rectores y ... Defensor del Pueblo, el pleno de la Cámara Baja acordó comenzar a tramitar el proyecto de ley de Convivencia Universitaria diseñado por el Gobierno que, tras ser enmendado y aprobado, liquidará el vetusto reglamento franquista que aún hoy es el único marco legal que rige la vida en los campus.
La nueva norma, que ha contado con el único apoyo inicial de los socios del Ejecutivo y de los diputados de izquierda y nacionalistas, apostará por la mediación y el acuerdo como método preferente para resolver faltas y conflictos, pero también establecerá un régimen disciplinario que castiga con hasta tres años de expulsión el acoso o la discriminación así como las novatadas vejatorias y los plagios y falsificaciones.
Las bancadas de la derecha (PP, Vox, Foro y UPN) y Ciudadanos han exigido sin éxito que el proyecto fuese devuelto al Gobierno por considerar que la regulación que ha comenzado a pactar con sus socios nacionalistas dará carta de naturaleza y cobertura legal a los «escraches y actos de persecución ideológica» que los estudiantes más radicales realizan sobre los «constitucionalistas», sobre todo en los campus catalanes.
Sus portavoces aseguraron que esta es la razón por la que Esquerra ha retirado la enmienda a la totalidad que había presentado contra el proyecto y recriminaron al ministro de Universidades, Manuel Castells, que no haya condenado el asalto por independentistas a una carpa de la organización 'S'ha Acabat', el 6 de octubre pasado, en la Universidad Autónoma de Cataluña.
Los socialistas y sus socios rechazaron las acusaciones de la derecha y Esquerra aseguró que no hay nada oscuro ni inconfesable en la retirada de la moción. El motivo, dijo, es un acuerdo con PSOE y Unidos Podemos para enmendar el proyecto original en dos aspectos: limitar al máximo la regulación estatal, para permitir la autonomía de cada universidad, y blindar el ejercicio de los derechos de reunión, manifestación y huelga, que entienden restringidos en el texto original.
La norma, que servirá de esqueleto para que los distintos campus redacten sus propios códigos, viene a liquidar un anacronismo inexplicable como es que las normas de comportamiento y las sanciones en las escuelas y facultades públicas, al menos sobre el papel, aún se rijan por un reglamento franquista, de 1954, impregnado de nacionalcatolicismo y alumbrado por el propio dictador -lo firmó en el Pazo de Meirás- para amordazar a las universidades y los universitarios, uno de los centros de la resistencia democrática al régimen.
El proyecto de ley, que acabará con artículos con intenso olor a alcanfor como el que establece graves sanciones por «manifestaciones contra la moral católica», pretende solucionar la mayor parte de los incidentes y conflictos de la vida universitaria mediante el diálogo, las mediaciones y el buen trabajo de las comisiones de convivencia. Especifica un régimen de sanciones para los hechos más graves, pero quiere que sea de aplicación «residual». Solo si el acuerdo no es posible. En cualquier caso, estos castigos se aplicarán de manera directa, sin mediación, a los casos de violencia de género, acoso o los fraudes académicos.
Los actos más reprobables contra la convivencia constituyen faltas muy graves y estarán castigados con la expulsión de la universidad por tiempo de dos meses a tres años o con la anulación de parte de los derechos de matrícula, según el caso. Recibirán las sanciones extremas los plagios en las tesis doctorales y trabajos de fin de grado o de máster, las novatadas dentro del campus que menoscaben la dignidad de afectado, la falsificación de actas, documentos o notas, la discriminación por razones de sexo, género, lugar de nacimiento o discapacidad, el acoso y la violencia sexuales, el acoso o la violencia grave contra cualquier miembro de la comunidad universitaria, y las suplantaciones de alumnos o profesores en exámenes.
También recibirán los máximos castigos académicos los actos que impidan la celebración de procesos electorales, y el incumplimiento grave de las normas sanitarias de la institución docente, como pueden ser los casos de profesores que han puesto en peligro a sus alumnos por negarse a dar clase con mascarilla durante esta pandemia.
Las faltas graves serán sancionadas desde un día a un mes de expulsión o con la anulación de la inscripción por ese curso en la asignatura afectada. Entre las citadas expresamente están copiar de forma organizada o premeditada en un examen (chuletas, pinganillos, etc.), robar u obtener de manera fraudulenta el mismo examen, acceder sin autorización a los sistemas informáticos de la institución, la mutilación o sustracción de propiedades de la universidad, o impedir la celebración de clases, conferencias y otras actividades universitarias, de investigación o de transferencia de conocimientos. En la lista de las infracciones leves, sancionadas con amonestación privada, están algunas como acceder a instalaciones universitarias que no esté permitido o daños no graves al patrimonio.
En el caso de las faltas leves y graves, si así lo acuerdan los órganos competentes o así se pacta con los afectados, pueden ser sustituidas por actividades de tipo educativo o trabajos en favor de la comunidad. Las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves, a los dos, y las leves, a los seis meses. Los castigos pueden ir acompañados de multas que traten de restituir los daños o resarcir los perjuicios. El estudiante incurso en el expediente disciplinario tiene derecho a ser acompañado en todo momento por un representante de los alumnos.
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