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A. RALLO
Jueves, 12 de enero 2023, 14:14
Primer juicio en Valencia a funcionarios que aprovecharon su puesto y atribuciones para consultar el expediente de violencia de género de Rocío Carrasco y Antonio David. Se trata de un psicólogo y una trabajadora social interina que accedieron al fichero con información reservada. Las consultas ... se produjeron en febrero de 2021.
El psicólogo ha sido el primero en declarar. Aquel día, según ha relatado, recibió muchas llamadas de personas que decían haber sufrido lo mismo que la hija de Rocío Jurado. «Entonces accedí al expediente para ver si figuraba como víctima y para orientarme al respecto de si había alguna vigilancia sobre ella».
No ha sabido aclarar de manera efectiva en qué medida esa consulta puede beneficiar o ayudar a las personas que comunicaron diciendo ser víctima de violencia de género. El acusado se enfrenta a tres años y medio de cárcel por revelación de secretos.
El profesional ha explicado que recibió instrucciones genéricas de la Conselleria de Justicia acerca de cómo acceder y medidas de seguridad sobre las claves de acceso, pero nunca sobre el uso o la navegación en la base de datos. «No había limitación para acceder a otros expedientes en los que no estuviéramos trabajando», ha indicado a preguntas de su letrado.
De igual modo, ha confirmado que hay módulos o espacios a los que no se puede entrar, son sólo para las Fuerzas de Seguridad. Además, tampoco necesitan pedir autorización previa para entrar en el fichero. «No fue algo lúdico sino en el ejercicio de mis funciones», ha rematado.
El objetivo era supuestamente asesorar a las personas que le habían llamado. «Me sirvió como psicólogo, para darme cuenta de que las personas con las que hablaba estaban alteradas por otro motivo del programa». De igual modo, conocer si realmente Carrasco era siendo víctima de violencia de género, ha añadido.
El tribunal ha preguntado en repetidas ocasiones al psicólogo acerca de su papel porque no entiende de qué forma iba a ayudar el profesional a sus pacientes con esos datos. El acusado no ha dado una explicación convincente.
La trabajadora social también ha declarado a las preguntas del fiscal. «Recibí una llamada de una víctima a las 8.30, una persona que trataba bastante y que se sentía identificada con la violencia vicaria y que también le había pasado a ella». La mujer ha admitido que fue la primera ocasión que entró en el expediente ajeno a una víctima de las que trataba. «Entré (en el fichero) para asesoramiento. Pensaba que podía hacer esa consulta. Nunca me imaginé que esa consulta tuviera estas consecuencias», ha relatado.
La vista ha continuado con una testigo, responsable de la Oficina de Atención a Víctimas del Delito, compañera de trabajo de los dos acusados en el momento de los hechos. «Recibimos llamadas y visitas de gente al juzgado que se había sentido identificada con los problemas de Rocío Carrasco». Se trataba de problemas diferentes, ha aclarado, pero todas coincidían en que se sentían en la misma situación que la presentadora. La testigo ha recordado que ellos ofrecen asesoramiento a las posibles víctimas. En teoría, se trataba «entender la problemática de ella» y por qué se sentían identificadas con ese asunto mediático.
El jefe de personal que instruye un expediente administrativo contra los ahora acusados ha comparecido también como testigo. Una de las cuestiones que se analizaron fue si se había publicado o usado de manera externa la información allí disponible. Además, ha subrayado que tras analizar el manual de uso de Viogen no se establece una prohibición de acceso a otros expedientes que no sean propios de la comunidad autónoma. Una cuestión, en principio, capital para la estrategia de defensa de los funcionarios.
La Fiscalía ha mantenido su petición de condena tras la celebración de la vista porque el acceso «no está justificado». En primer lugar, ha quedado acreditada la consulta porque «así lo han admitido los acusados». Para la acusación pública, los procesados no han ofrecido explicaciones de por qué lo hicieron y, además, que era la primera vez que efectuaban una consulta de este tipo, el hecho de ver datos de expedientes que no tramitaban. El ministerio público ha señalado que el perjuicio se produce con el propio acceso al margen de la ley sin necesidad de qué uso se haga posteriormente de esa información.
La defensa, en cambio, reclama una absolución. El letrado ha explicado que no se cumple el requisito de no estar autorizado porque sus patrocinados contaban con la clave de acceso como personal de las oficinas de violencia de género. No se les dio información ni manual de uso, ha insistido.
De igual modo, el profesional sostiene que se puedan acceder a expedientes de otros ámbitos territoriales. Por último, el acceso se produjo dentro de sus funciones, saber qué está pasando y asesorar a sus víctimas. Además, ha rechazado que existieran «datos sensibles» en esos ficheros y que no se accedió a, por ejemplo, el contenido de la denuncia. De hecho, esa supuesta información ha sido difundida por los interesados con el ánimo de lucrarse.
En su momento, el ministerio público denunció a siete funcionarios por consultas sin justificación a este fichero, que contiene datos íntimos y de extrema sensibilidad. Estos accesos se produjeron desde sus puestos de trabajo y en horario laboral. En el fichero se pudo averiguar la situación del caso policial, las direcciones de Carrasco y Antonio David, así como sus teléfonos personales. También contiene las valoraciones de riesgo que se hicieron en su día y el nivel de peligro actual, así como las medidas judiciales que se adoptaron en su día.
Rocío Carrasco y Antonio David no son parte en este procedimiento. Pudieron personarse como acusación particular ya que la información que consta en esa base de datos afecta a la esfera más íntima de ambos personajes. En su día, desde la Fiscalía se notificó a los presuntos afectados la existencia de una investigación abierta por si querían personarse en las diligencias y presentar denunciar por estos hechos. No se obtuvo respuesta.
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