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Miércoles, 5 de abril 2017, 13:30
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado la petición de un matrimonio español de que el Consulado de España en Moscú emitiera un salvoconducto para que pudiera salir del territorio ruso con destino a España un menor nacido allí en diciembre de ... 2014 a través de un contrato de maternidad subrogada.
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Según la resolución, el tribunal entiende que el consulado "obró conforme a la ley" al rechazar la petición de salvoconducto para el menor ya que, recuerda el texto, "la legislación española no permite la gestación por sustitución ni consta que el consentimiento de la madre gestante se haya prestado con todas las garantías judiciales ante un órgano judicial de la Federación rusa que determine la filiación respecto a los promotores españoles".
La sentencia del TSJM especifica que los magistrados han aplicado la doctrina contenida en la sentencia de 24 de enero de 2017 del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y rechazan también la posibilidad de que se haya vulnerado el derecho a la vida y a la intimidad familiar con la negativa de expedir el salvoconducto, dado que, según recuerdan, "no existe la posibilidad de establecer una filiación biológica entre el menor y los demandantes al no haber aportado estos material biológico alguno para la gestación, así como la corta duración de la relación entre ambos".
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