El Supremo reconoce como testamento ológrafo una nota a mano

Una anciana dejó nueve años después de firmar el testamento una casa a la mujer "atenta y cariñosa" que le cuidaba

Mateo Balín

Miércoles, 3 de diciembre 2014, 13:21

El Tribunal Supremo ha reconocido como testamento ológrafo una nota escrita a mano con posterioridad al testamento. La Sala de lo Civil ha declarado válido y eficaz el testamento ológrafo otorgado por una mujer por el que legaba un piso de su propiedad a otra ... mujer, en una nota escrita nueve años después al testamento que firmó ante notario.

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La fallecida, doña Olvido González, no tenía descendencia y había testado en abril de 1993 a favor de sus seis sobrinos. El 6 de mayo de 2002 escribió una nota en la que manifestaba su voluntad de dejar uno de sus pisos a doña Argentina, "por el tiempo que lleva conmigo, tan atenta y cariñosa".

En primera instancia se dio validez de testamento ológrafo a estas líneas escritas a mano. La Audiencia de Asturias revocó la sentencia con el argumento de que doña Olvido no tuvo la resuelta intención de disponer de sus bienes por sí misma de manera definitiva sino que se dirigía a sus sobrinos para que fueran éstos los que le cedieran un bien.

Ahora el Supremo revoca esa sentencia de la Audiencia al entender que en las notas de doña Olvido concurría "la verdadera voluntad de testar". "No puede pensarse -señala la sentencia- que sea un simple ruego a sus sobrinos, herederos, o a la legataria, que lo era de la casa entera, sino que era su voluntad (testamentaria), sin que tengan trascendencia jurídica los móviles que le llevan a ello".

"Cumplir con Tina"

También existen otras notas anteriores escritas de puño y letra y firmados por doña Olvido, en las que la mujer expresaba su voluntad de "cumplir con Tina". La sentencia ha tenido en cuenta que se cumplen los requisitos formales de la firma, la fecha, salvar tachaduras y recuerda la sentencia de 1918 que fijó la validez de testamento ológrafo que en aquel caso se trataba de una carta de novios en la que se decía: "todo para ti, todo".

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Por todo ello se admite el recurso de casación y se revoca parcialmente el testamento abierto de doña Olvido y se reconoce a doña Argentina el derecho a recibir el mencionado piso.

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