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Subrogación a debate

Los vientres de alquiler plantean dilemas éticos y desafíos legales que no cabe eludir porque sea una práctica prohibida en España

Miércoles, 29 de marzo 2023, 22:30

La noticia de que Ana Obregón ha recurrido a la gestación subrogada para tener una niña nacida en un hospital de Miami ha reabierto la discusión pública y el debate político sobre la cuestión, controvertida además porque el bebé llegó a sus brazos tras cumplir ... la presentadora 68 años. El asunto plantea dilemas éticos y desafíos legales de los que ni la sociedad ni los responsables institucionales pueden desentenderse escudándose en que se trata de una práctica prohibida en España, mientras se acepta que ciudadanos nacionales recurran a esa vía en otros países y registren en el nuestro a los pequeños al prevalecer la necesidad de preservar todos los derechos de estos. Sería lógico abrir el debate a la eventualidad de que una mujer se disponga a gestar de manera subrogada por motivos altruistas suficientemente probados una vez en su vida, con plenas garantías para su salud y siempre que pueda asegurarse que ello no acarrea problemas de inestabilidad emocional u otros a las personas afectadas por tan íntimo compromiso. Mucho menos, al nacido, cuyos derechos deben estar por encima de los que correspondan a quienes lo inscriban como sus progenitores, para los que parece razonable fijar una diferencia de edad máxima con el bebé. El recurso a un vientre de alquiler es sinónimo, en la inmensa mayoría de los casos, de la búsqueda de una mujer tan necesitada económicamente que está dispuesta a que se disponga de su cuerpo para satisfacer anhelos de maternidad o paternidad a cambio de un cobro que empalidece en relación a lo que ingresa la red comercial que rodea a la gestante. Ese patrón implica una inadmisible explotación femenina. No puede cegarse del todo la posibilidad de que el legislador admita en algún momento el altruismo por convicción o por empatía personal como razón de la gestación subrogada. Sin embargo, las serias dificultades para verificar con toda certeza la inexistencia de una contraprestación económica o material a cambio de alumbrar a un ser humano invitan a actuar con la máxima cautela en ese terreno. En cambio, parece ineludible proceder a la filiación registral a partir de los datos que provengan de países con los que España mantenga una relación que permita certificar estándares legales homologables.

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