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Casi tres años y medio después de que la Dirección General de Tráfico ordenase la restricción del tráfico de vehículos pesados por la N-232 a su paso por La Rioja, derivándolos de forma imperativa por la autopista AP-68, el Tribunal Supremo ha dado ... carpetazo a la polémica judicial en que derivó aquella orden. El fallo del Alto Tribunal contra el recurso planteado por una empresa de transportes considera que la medida instada desde La Rioja para invertir la tendencia de creciente siniestralidad y mortalidad en la N-232 resulta efectiva y proporcional y que ha permitido mejorar la seguridad vial de dicho tramo. Punto y final con una, desde el punto de vista moral, incuestionable argumentación en tanto que la fija en el objetivo final de la medida: poner fin al elevado precio que estaba costando la saturación de la principal vía nacional de libre circulación que atraviesa La Rioja. Y si es acertada la medida por su efecto paliativo, y más allá de otras consideraciones materiales imposibles de confrontar con la preservación de vidas humanas, sí cabe recordar en un punto y aparte que la medida en cuestión se tomó «en tanto no se produzca el desdoblamiento» de la carretera convencional N-232, según rezaba el BOE. Y en ese «en tanto» seguimos, sin novedad, más de tres años después.
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