El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) señala en las conclusiones de su informe que el IRPH no es transparente por el mero hecho de ser oficial, y puede ser abusivo. Las hipotecas con IRPH no están excluidas de la directiva comunitaria sobre cláusulas abusivas y pueden ser objeto de control judicial. Dichas consideraciones contradicen el criterio sentado por el Tribunal Supremo, que en diciembre del 2017 señaló que la mera referencia a un tipo oficial como el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad.
La falta de transparencia en la comercialización de préstamos hipotecarios referenciados al IRPH radica en no proporcionar al hipotecado una información clara y comprensible que le permita conocer de modo suficiente lo que está firmando y entender las consecuencias económicas que se derivan de ello.
«La falta de transparencia en la comercialización de préstamos hipotecarios referenciados al IRPH radica en no proporcionar al hipotecado una información clara y comprensible»
El dictamen del abogado general no tiene carácter vinculante, estamos a la espera de la sentencia definitiva que dicte el TJUE, que en la mayoría de los casos sigue su criterio, por lo que esperamos que en este caso también sea así. Una vez más, la normativa comunitaria protege los derechos del consumidor y, al igual que ocurrió con las cláusulas suelo y los gastos hipotecarios, refuerza su posición jurídica frente a las entidades financieras. Recordemos que hay 1.300.000 familias afectadas que esperan este fallo de la UE y, en previsión de una sentencia desfavorable del TJUE, los bancos están ofreciendo acuerdos con los clientes sobre los cuales aconsejo leer detenidamente la oferta realizada y ser asesorados por un abogado especialista en Derecho Bancario.
Este dictamen del abogado general de la Unión Europea es un paso importante en favor del consumidor y esperamos que sea refrendado por la sentencia del TJUE que conoceremos en los próximos meses.
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