El Gobierno de la Generalitat aprobó ayer un decreto ley que crea un Fondo Complementario de Riesgos que tendría como principal objetivo «proteger a todos los servidores públicos en el legítimo ejercicio de su cargo». Con él pretende hacer frente a las fianzas requeridas a ... distintos responsables públicos que habrían malversado caudales públicos al servicio del 'procés', mediante contraavales que cubrirían adelantos efectuados por una entidad financiera, inicialmente bajo la gestión del Instituto Catalán de Finanzas. La consejera de Presidencia, Laura Vilagrá, apeló a la garantía de indemnidad como fundamento legal para adoptar tal medida. Se trata de una interpretación forzada hasta el absurdo de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, asimilando a ella la conducta de cargos políticos y empleados públicos que hubiesen podido incurrir en irregularidades deliberadas en pos de una república catalana independiente –como si ahora se encontraran represaliados por el 'Estado empleador'–. El consejero de Economía, Jaume Giró, aseguró que no podrán acogerse a la fórmula aquellas personas sobre las que pese una sentencia firme por actuaciones ilícitas. Claro que el independentismo gobernante no entiende como sentencia firme aquella que se dicte en el ámbito jurisdiccional español, sino que espera su corrección por parte de instancias judiciales europeas. Con lo que el Fondo Complementario de Riesgos cubriría toda la peripecia de recursos que los reclamados a depositar fianzas emprendiesen, siempre bajo la sugestión política de que la sentencia nunca se haría firme.
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Es indudable que la coalición ERC-Junts, al frente de la Generalitat, está comprometida en limitar los perjuicios que el 'procés' ha causado a quienes alentaron la sinrazón de una desconexión inminente respecto al Estado constitucional o llegaron a creer en su viabilidad tratando de hacerla efectiva desde la administración. El decreto ley aprobado ayer se presenta como expresión de la «astucia» que en 2012 reivindicó Artur Mas, como una iniciativa para contentar a los propios, en la presunción de que en el peor de los casos suscitará otra judicialización del conflicto. Su contenido e intención resultan más que cuestionables, y basta con imaginar la extensión de sus planteamientos al conjunto del sector público español para cerciorarse de ello. Aunque será su aplicación puntual, caso por caso, la que genere mayor litigiosidad si llega a entrar en vigor realmente.
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