Acaba el 8 de marzo cada vez más acompañado de un carrusel de actos de –perdón por el anglicismo– purplewashing donde instituciones, organizaciones o empresas ... se tiñen de morado feminista. Nada que objetar cuando una entidad, del tipo que sea, apoya activamente una causa; sobre todo si a su vez adoptan y aplican normas, políticas, decisiones o prácticas que reman en esa dirección. A nadie se le escapa que las instituciones públicas deben guiar y liderar las políticas públicas que, por un lado, cumplen y cristalizan un mandato constitucional y legal y, por otro, promueven los avances de la sociedad.
¿Y el Gobierno de La Rioja? Si bien no le es de aplicación la Ley, un análisis de su composición arroja que no superaría el examen. La palma se la lleva la Consejería de Hacienda y Gobernanza Pública, con solo una mujer (la directora general de Control Presupuestario, antes su homóloga de Fondos Europeos) de los nueve altos cargos que forman su organigrama. Un escuálido 11%, que la convierte en la más 'deficitaria' en paridad de las consejerías del Gobierno. Por debajo del parámetro se encuentran también las consejerías de Economía y Cultura, ambas con un 33,3% de sus altos cargos ocupados por mujeres, uno de tres y dos de seis, respectivamente. Mientras, los departamentos que sí son paritarios serían: raspando el aprobado, Agricultura, donde el 40% –dos de cinco– son mujeres, y Salud, Educación y Política Local que alcanzan el 50% en la distribución por sexos de sus altos cargos. En términos globales, de 43 altos cargos del Ejecutivo de La Rioja, 16 son mujeres, lo que representa menos de un 40%, quedándose en un 37,2%. El Consejo de Gobierno, con ocho miembros incluido el presidente, se quedaría en un porcentaje similar (37,5% de consejeras) mientras que el panorama respecto a los entes del sector público, es más negativo: en tan solo dos, el IER y la Fundación Riojana de apoyo a la discapacidad, la gerencia es ostentada por mujeres.
Llama poderosamente la atención que estos datos no hayan requerido la más mínima atención de la oposición, máxime cuando en algún caso sus emolumentos salen de la Administración General del Estado, precisamente. Quizá sea cuestión de desconocimiento. Lo mismo que con Cervera del Río Alhama, que se luce cuando pisa moqueta en Madrid, pero no pisa la localidad cuando hay que apoyar a la gaita mixta en sus calles.
La paridad no será si persiste la desigualdad en el poder; hay que tener memoria siempre
Volviendo a la Ley, deja atrás, por mucho que algunos se empecinen, el sempiterno debate de las cuotas a favor de las mujeres, consolidando otro aspecto al que han contribuido aquellas. Introduce las «listas cremallera», en las que, modificando la Loreg, las candidaturas que presenten todos (un saludo para Vox) los partidos políticos a las próximas elecciones locales, autonómicas, nacionales o europeas deberán alternar mujeres y hombres. Algo, por cierto, ya presente en las leyes electorales de Andalucía y Castilla-La Mancha y avalado por el Tribunal Constitucional. Porque la paridad no será si persiste la desigualdad en el poder. Hay que tener memoria siempre, algo más fructífero que, por sumar puntos en el meritoriaje político, tratar de desmarcarse de la gestión de alcaldesas que se dejaron la piel. No hay que perder la perspectiva, de cuando las pioneras empezaron en algunas organizaciones siendo «secretarias de participación de la mujer», no hace tanto, y se reclamaba la presencia de un 20% de mujeres en listas electorales o lo que hoy es la corresponsabilidad en los cuidados.
El pasado 3 de abril fue otro día para celebrar en este camino que no se construye solo sobre el papel sino sobre la realidad. Quedará atrás la chapuza, disfrazada de «error técnico», que supuso cuando al introducir a las víctimas de violencia sexual en los supuestos previstos para que fuese nulo su despido, dejar fuera a las personas que se acogiesen al nuevo permiso de cinco días para cuidar de familiares enfermos que se introdujo en 2023 –apartado 3.b del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores– o adaptación en su jornada laboral por motivos de conciliación –artículo 34.8–. La Ley Orgánica 1/2025 de eficiencia de la justicia devuelve la máxima protección –nulidad– frente al despido ante estas situaciones, consolidando a su vez un nuevo artículo 50 que fija los periodos para que el retraso en el salario justifique la extinción del contrato con indemnización.
«Cuando una mujer avanza, ningún hombre retrocede» decía estos días Julia Otero. Pues eso.
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.