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Alarma de Estado

Editorial ·

El propio anuncio de que la norma podría decaer antes de mayo aconseja una legislación alternativa a la excepción constitucional

Martes, 27 de octubre 2020, 08:48

El estado de alarma es el único instrumento legal que permite limitaciones generalizadas de derechos y libertades fundamentales para afrontar una pandemia sin previa intervención judicial. Pero el propósito del Gobierno de prolongar la vigencia del decreto del estado de alarma hasta el 9 de ... mayo contrasta con los mensajes que el Ejecutivo de Pedro Sánchez había transmitido antes y durante su aplicación a la Comunidad de Madrid. Antes de la comparecencia del presidente el domingo, ninguna declaración de ministros o responsables del Gobierno y ningún informe del Ministerio de Sanidad había dado a entender que el horizonte epidémico sobre el que trabajaba el Ejecutivo de coalición era de otro medio año sin «nueva normalidad». Y mucho menos que a finales de octubre la segunda ola, cuyo afloramiento tardó tanto en admitir, pudiese requerir del estado de alarma para todo el país y durante seis meses. Aunque ahora el Gobierno alegue que era «lo que recomendaban los expertos», el presidente no lo dijo hasta el domingo. También por eso parece razonable el planteamiento expuesto por Pablo Casado, solicitando una vigencia de dos meses para el estado de alarma, junto a la modificación de la Ley Orgánica de Medidas Especiales de Salud Pública. El propio anuncio de que el estado de alarma podría decaer antes de mayo si la evolución epidemiológica lo permite aconsejaría una legislación alternativa a la de la excepción constitucional, no sea que de nuevo nos encontremos con el limbo jurídico a que condujo la precipitada desescalada de junio. Pero lo que importa en estos momentos, mientras se discute sobre el alcance temporal del estado de alarma y la conveniencia de recursos legales alternativos, es que el Real Decreto del 25 de octubre se sustancie en medidas inmediatas y eficaces para la contención de la pandemia por parte de las autoridades autonómicas delegadas. Siendo imprescindible que el Ministerio de Sanidad y el Consejo Interterritorial aseguren a cada paso la necesaria evaluación de las iniciativas que se adopten y la máxima cohesión y coherencia en la respuesta territorial ante situaciones análogas. Mientras tanto, no basta con que las administraciones competentes apelen al civismo, como si la transmisión del coronavirus se debiese únicamente a conductas de irresponsabilidad extrema. Es urgente que den solución a las carencias existentes en Atención Primaria, en el rastreo de casos y en la capacidad hospitalaria.

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