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11.000 millones en el aire
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El reparto de las ayudas a empresas afectadas por el COVID debe combinar el rigor con condiciones no disuasorias para los afectadosEl Consejo de Ministros extraordinario de ayer resolvió hacia quiénes podrán ir los 11.000 millones de euros en ayudas anunciados por el presidente Pedro Sánchez el 25 de febrero y sus condiciones. De esa cifra, 7.000 millones serán repartidos por los gobiernos autonómicos a favor del turismo, la hostelería y el comercio; 3.000 aliviarán la carga financiera asumida por infinidad de negocios con los préstamos ICO y los 1.000 restantes servirán para recapitalizar proyectos empresariales. Es justo que tan demandada inyección de dinero público exija que sus beneficiarios se mantengan activos al solicitarla, se encuentren al día de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social, y no utilicen esos recursos para repartirlos entre accionistas o directivos. Se trata de que puedan responder al pago de salarios pendientes, proveedores, alquileres y deudas bancarias, siempre que la empresa necesitada haya sufrido una caída de la facturación del 30% respecto a 2019. La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, fio la efectividad de las ayudas para como mínimo dentro de mes y medio, lo que permite suponer que esa –a finales de abril– sería la fecha en la que se concretaría la letra pequeña y podría iniciarse su exigente tramitación. Un laberinto tan condicionado y estrecho que resultará disuasorio para muchos comercios y bares. De esta manera, el rigor exigible al manejo del erario para solventar dificultades privadas podría resultar poco útil ante un entramado económico cuya solvencia y viabilidad no estaba contrastada de antemano, y mucho menos tras un año de cierres intermitentes.
Los 11.000 millones para apoyar a la supervivencia de empresas ante el tsunami de la pandemia son un anuncio de muy última hora. Pero la intrincada prueba a la que someten a las empresas que decidan optar a esas ayudas obligaría a revisar condiciones que podrían hacer poco menos que inservible la iniciativa porque se basan en requisitos que no estaban presentes en el funcionamiento ordinario de pymes sujetas al día a día. Requisitos que son justos, pero que tienden a alejarse de una realidad a la que se debe la administración de los intereses comunes. En otras palabras, dependiendo de cómo se escriba la letra pequeña final de la normativa podrá haber pequeñas firmas, comercios y autónomos que alivien sus cargas o que no tengan otra solución que dar el relevo a otros emprendedores.
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