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El TSJC ha declarado nulas algunas de las instrucciones lingüísticas que la Consejería de Educación dio a los centros escolares en Cataluña en el curso ... 2022-23. El Govern dio estas directrices, que excluían al castellano como lengua vehicular y de uso habitual en la escuela catalana, como parte de su ofensiva para tratar de burlar la sentencia del TSJC que le obligó a impartir el 25% de las clases en castellano en los centros públicos y concertados. Este fallo puso en cuestión el modelo de inmersión lingüística que rige en Cataluña desde los años 80 y que establece que el catalán es la única lengua vehicular en la enseñanza. El español es una asignatura más. Tras la sentencia, el Govern aprobó un decreto ley y una ley, en 2022, con las que trató de esquivar la aplicación de la sentencia sobre el 25%. Además, dio una serie de instrucciones a los centros escolares, que ahora el TSJC ha anulado en parte al considerar que contravienen algunos artículos de la Constitución.
Esas directrices excluían al castellano como lengua vehicular y de aprendizaje del sistema educativo e indicaban a los centros que debían velar por que «el catalán en toda Cataluña y el occitano en Arán, como lenguas propias, sean las lenguas utilizadas normalmente como lenguas vehiculares y de aprendizaje del sistema educativo». El Tribunal considera que la ausencia de mención del castellano no permite garantizar su presencia adecuada, tampoco asegura que haya instrumentos de control y evaluación para velar por que el alumnado alcance sus competencias lingüísticas, ni indicaciones a los centros educativos que compensarán las carencias que pudieran existir.
Las instrucciones señalaban también a los centros que debían utilizar solo el catalán en las actividades internas tanto orales como escritas ya fueran reunionés, actas, informes y comunicaciones, interacción entre docentes y alumnos, formaciones del profesorado y también en las relaciones externas del centro con otras instituciones. La Consejería animaba además a los centros al uso exclusivo del catalán para conformar una ciudadanía catalana identificada con una cultura común en la que la lengua catalana se convierta en un factor básico de integración social.
La entidad que impugnó estas instrucciones ante la justicia, la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), ha calificado la sentencia del TSJC como «especialmente relevante», pues entiende que «ratifica los criterios que han venido sosteniendo los tribunales favorables a la consideración de las lenguas oficiales como lenguas vehiculares de enseñanza y de la institución y ratifica la inconstitucionalidad de la exclusión del castellano en los centros educativos». «La trascendencia de esta sentencia radica en que no se limita a un centro educativo o a una familia sino que prohíbe que, en las próximas instrucciones generales que se impartan por los centros educativos, se puedan incluir apartados dirigidos a la comunidad educativa que pretendan hacer del catalán la única lengua de enseñanza», advierte. «Las instrucciones que se dicten son de obligado cumplimiento en todos los centros educativos y deberán ejecutar la doctrina de los tribunales» señala esta entidad en un comunicado. La AEB solicitará del Departamento de Educación que «asuma la realidad sociolingüística» de Cataluña y aplique en las instrucciones para el próximo curso 2025-2026 la «doctrina de los tribunales a favor de la conjunción lingüística y en contra del monolingüismo educativo».
La polémica sobre el castellano y el catalán en las aulas viene de muy lejos. La cuestión del 25% de castellano está en los tribunales desde hace años. El TSJC, en una sentencia de 2020 que luego fue ratificada por el Supremo, obligó a la Generalitat a impartir el 25% de las clases en español en todos los centros educativos de Cataluña, de primaria y secundaria, de la pública y la concertada.
La sentencia dio respuesta a la ofensiva lanzada por padres de alumnos que reclamaban una mayor presencia de la lengua de Cervantes en la enseñanza en Cataluña. Como respuesta, el Govern puso en marcha una ofensiva legislativa para tratar de esquivar la aplicación de la sentencia. El entonces Ejecutivo de Aragonès aprobó una nueva ley lingüística y un decreto, que rechazaba la aplicación de porcentajes en el uso de lenguas en la enseñanza.
El TSJC, que dio un ultimátum al Gobierno catalán para que adoptara las medidas para empezar a cumplir el fallo judicial, admitió que con la nueva normativa aprobada por el Govern la sentencia del 25% era inaplicable a toda la red educativa. Eso sí, trasladó el problema al Constitucional, que es quien deberá determinar si la normativa aprobada por el Govern y la Cámara catalana se ajusta a la Carta Magna.
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