El Tribunal Constitucional (TC) ha resuelto este miércoles por unanimidad aceptar la abstención del magistrado Juan Carlos Campo, exministro de Justicia con el Gobierno de Pedro Sánchez, y admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad que planteó el Tribunal Supremo sobre la aplicación de la ... ley de amnistía al delito de desórdenes públicos.
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Tal y como se preveía, el Pleno de la corte de garantías, con el apoyo de sus magistrados, los siete progresistas y los cinco conservadores, ha admitido tanto la solicitud del magistrado de apartarse como la consulta elevada por la Sala Segunda (Penal) del alto tribunal. Campo justificó que como titular de Justicia dijo que la amnistía era «claramente inconstitucional» en los informes sobre los indultos parciales a los condenados a prisión en el juicio del 'procés'.
No es la primera vez que el magistrado decide apartarse de las deliberaciones sobre la amnistía, puesto que ya se abstuvo en noviembre de 2023 -cuando la ley se estaba negociando- de un recurso de amparo presentado por un particular. Argumentó que lo hacía para salvaguardar la "imparcialidad" del Tribunal Constitucional. En suma, su salida para ver todos los recursos que se vayan admitiendo sobre esta norma deja la correlación de fuerzas en el pleno en un reducido seis contra cinco, favorable aún al bloque progresista.
Respecto al primer asunto relativo a la ley de amnistía, la cuestión de inconstitucionalidad elevada por la Sala Segunda (Penal) del Supremo al considerar que el artículo 1 de la norma vulnera el derecho constitucional a la igualdad y los principios de seguridad jurídica, entre otros, será una sentencia que marque el camino del resto de recursos presentados contra la medida de gracia.
Y es que los magistrados del Supremo decidieron acudir al Constitucional tras estudiar el caso de dos condenados por desórdenes públicos por unos hechos ocurridos en Girona en protesta contra la sentencia del 'procés' de octubre de 2019. Una resolución en la que su ponente, Leopoldo Puente, llegó a calificar los hechos enjuiciados por sus compañeros en el Supremo como un "golpe de Estado", cuando el fallo solo apreció que hubo sedición (delito contra el orden público) y el propio presidente y ponente Manuel Marchena definió la intentona separatista de 2017 como una "ensoñación".
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Una vez admitida esta cuestión de inconstitucionalidad, la respuesta tardará en llegar entre seis meses y un año (opción más probable) y, aunque no se podrá extender automáticamente al resto de cuestiones de inconstitucionalidad y recursos que puedan llegar, porque el contenido impugnado y los argumentos expuestos pueden variar, lo cierto es que marcará el camino.
En la lista de espera están las impugnaciones presentadas por el PP y varias autonomías gobernadas por el partido de Alberto Núñez Feijóo, como Madrid, Cantabria, Castilla y León o Andalucía, o la socialista de Castilla-La Mancha con Emiliano García Page. El magistrado conservador José María Macías se ocupará de la ponencia sobre el recurso firmado por el Grupo Parlamentario Popular, según ha tocado por turno de reparto. Las fuentes consultadas aseguran que Macías no sopesa abstenerse, a pesar de que se pronunció contra la ley de amnistía como vocal del CGPJ y fue nombrado por el PP en el Senado para el puesto en el TC.
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Al margen de las abstenciones, ya son varios los recursos acompañados de recusaciones contra dos magistrados: el presidente Cándido Conde-Pumpido y la ex alto cargo de Moncloa Laura Díez, ambos del bloque progresista. No obstante, en el TC no creen que tengan recorrido después de que una resolución de 2021, bajo la presidencia del conservador Pedro González-Trevijano, endureció los requisitos para apartar a un integrante del pleno por cuestiones políticas.
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