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La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil puede comenzar a escudriñar los miles de gigas incautados en los registros del pasado 30 de octubre en los despachos del fiscal general del Estado y a la fiscal jefa provincial de Madrid en el marco ... de la investigación del Supremo por un presunto delito de revelación de secretos por supuestamente haber aireado datos de la investigación fiscal contra el novio de Isabel Díaz Ayuso. El magistrado de la Sala de lo Penal Ángel Hurtado, instructor de la causa abierta a Álvaro García Ortiz y a Pilar Rodríguez Fernández, ha rechazado la pretensión de ambos suspender cautelarmente el análisis del material que los agentes se llevaron de sus despachos.
Los dos fiscales alegaron que entre los datos incautados por la Guardia Civil hay mucha información que nada tienen que ver con el supuesto soplo de datos confidenciales del proceso a Alberto González Amador (pareja de la presidenta madrileña) y que se trata de archivos muy sensibles de otros procedimientos judiciales de todo el país.
Pero Hurtado no le ve problema a que la UCO acceda a esas carpetas aunque no tengan que ver con el caso del novio de Ayuso. «Hay que insistir que el material se puso en manos de una unidad de policía judicial, al servicio de este instructor, de cuya labor y celo no hay razones para dudar, como la práctica judicial nos viene demostrando», apunta el magistrado.
El juez, que en un principio ordenó incautarse toda la información en las memorias y mails de los dos imputados desde el 8 de marzo al pasado 30 de octubre (día de los registros), luego rectificó y limitó el material del 8 a 14 de marzo de 2024, fechas en las que se produjo la publicación de los datos sobre la investigación por delito fiscal de la pareja de Ayuso.
«No niego que entre el material intervenido pueda haber información de otro tipo, que no sea de interés para la investigación, por el momento, pero ello no es algo distinto a lo que suele suceder cuando de otro tipo de intervenciones, como las telefónicas, se trata. En todo caso, hay que recordar que la diligencia se practica bajo el secreto de sumario en lo que a ella afecta y que, una vez realizada, se acordará lo que proceda, caso de que, efectivamente, aparezca este otro tipo de información», subraya el magistrado.
El instructor de la causa también rechaza la petición subsidiaria de los investigados, para el caso en que se rechazara la principal, de que se garantice que el análisis de la información intervenida se refiera a lo que sea de interés para la causa y que se limita al periodo comprendido entre las 22:00 horas del martes 13 de marzo y las 10:20 horas del miércoles 14 de marzo de 2024.
En relación con esta petición subsidiaria, señala que el ritmo de la instrucción, que acaba de iniciarse, es «el que ha de marcar las pautas y el alcance de lo que se vaya acordando» y afirma que, en todo caso, en el auto de 8 de noviembre de 2024 se exponen las razones por las cuales se acota el análisis más allá del periodo pretendido por la parte.
Precisa que «cuando se dicta este auto, no se ha iniciado el análisis de los dispositivos intervenidos con ocasión del registro realizado en la sede de la fiscalía general del Estado ni a Álvaro García Ortiz, de lo que existe una sola copia depositada bajo la custodia de la Ilma. Sra. Letrada de la Admon. de Justicia de esta Sala desde el momento de su intervención».
Por otro parte, el instructor en otro auto, que se ha notificado en primer lugar, acuerda levantar el secreto de las actuaciones, excepto el material intervenido en los registros, que se sustanciará en pieza separada de carácter secreto.
Por último, el magistrado ha dictado una providencia en la que dispone que se tenga por personado y parte al Abogado del Estado en representación y defensa de Álvaro García Ortiz.
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