El Supremo frena el intento del Gobierno catalán de que vean la luz los documentos claves de los servicios secretos sobre el espionaje con el 'malware' Pegasus al independentismo. El alto tribunal fija los límites a la desclasificación de documentos del Centro Nacional de Inteligencia ( ... CNI) que pudieran poner en riesgo los sistemas y métodos de los servicios de inteligencia y, en una resolución del 28 de mayo a la que ha tenido acceso este periódico, prohíbe que el Gobierno pueda levantar el velo de los informes más comprometedores del CNI sobre la vigilancia a Pere Aragonès ya con Pedro Sánchez en la Moncloa.
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La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo rechaza el recurso que planteó la Generalitat en nombre del actual presidente en funciones catalán, al entender que la pretensión de acceder a la totalidad de los informes sobre el uso de Pegasus para infectar el móvil del ahora jefe de Govern no cabe dentro de un «expediente administrativo», como el que se desclasificó para enviar al juez de Barcelona que investiga a los responsables de aquellos 'hackeos' sin precisar la motivación de los mismos.
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La consecuencia inmediata de este auto es que, por ahora, seguirán sin ver la luz los papeles que explican por qué el Ejecutivo de Sánchez decidió espiar a Aragonès en plena ofensiva de desestabilización en las calles de Tsunami Democràtic en otoño de 2019 en protesta contra la condena por el Supremo de los líderes del 'procés' que no huyeron; y las sospechas que pudiera tener el CNI sobre el papel en las revueltas del entonces vicepresidente de Cataluña, que nunca ha sido investigado en las causas por los incidentes. Sí lo están, por presunto terrorismo, su correligionaria en ERC Marta Rovira y Carles Puigdemont.
Los servicios jurídicos de la Generalitat presentaron un recurso contencioso el 18 de marzo -justo después de que Aragonès adelantara las autonómicas- contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de enero de 2024, en el que se Ejecutivo desclasificó parcialmente (y de manera muy limitada) información sobre el espionaje para tratar de contentar a sus socios de investidura. En aquel consejo se aprobó exclusivamente enviar al titular del Juzgado de Instrucción 29 de Barcelona, Santiago García, que todavía investiga el espionaje a Aragonès, tres resoluciones del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Lucas dando luz verde al control sobre el entonces número dos del president Quim Torra: un primer auto de julio de 2019 que autorizaba la instalación de Pegasus en el móvil de Aragonès y otros dos prorrogando este espionaje en octubre de 2019 y en enero de 2020.
La Generalitat había pedido en primer lugar que el Gobierno «completara el expediente administrativo (enviado al juzgado) con la inclusión del informe secreto del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) de fecha 26 de diciembre de 2023, que deberá quedar a disposición exclusiva del Tribunal Supremo, adoptando las medidas que se consideren oportunas para salvaguardar su carácter secreto». Ese informe, que jamás ha visto la luz, es «extremadamente delicado», según responsables de la seguridad del Estado, porque en él se detallan, además de métodos de los servicios de inteligencia, las razones por las que se espió no solo a Aragonés sino también a los otros 17 líderes independentistas vigilados, según cifró la exdirectora del CNI Paz Esteban el 5 de mayo de 2022 en el Congreso.
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Esta petición es rechazada de forma taxativa por el Supremo al entender que la investigación del juez del Barcelona tiene como objetivo aclarar si ese espionaje fue legal o no, pero «no sobre la información clasificada en sí misma». La segunda negativa es a la petición Gobierno catalán de conocer el contenido íntegro de todas las resoluciones de magistrado Lucas relativas a «la intervención del número telefónico 678xxxxxx de titularidad del CTTI de la Consejería de Gobernación catalana (el que usaba por entonces Aragonés), así como cualquier otra información sobre las actuaciones del CNI en relación con dicho número telefónico». El Supremo es taxativo: «No procede, porque se trata de una solicitud genérica».
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