El Tribunal Supremo fijará la doctrina a seguir sobre la ley de libertad sexual, conocida como la del 'solo sí es sí', una vez que revise en casación alguna de las más de 130 sentencias dictadas ya por audiencias provinciales y/o Tribunales Superiores de ... Justicia (TSJ) autonómicos en la que ya se ha aplicado una pena inferior por ser más favorable al reo tras la reforma penal, según explican fuentes del alto tribunal.
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De momento, la Sala Segunda (Penal) del Supremo ha dictado tres sentencias -el llamado 'caso Arandina', el del patinador abusador de Vitoria y un agresor sexual de una menor en Almería- que han dado respuesta a los recursos de casación registrados antes de la entrada en vigor de la norma, en octubre pasado. Es decir, se trata de casos que estaban pendientes de adquirir firmeza y que, con la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, impulsada por el Ministerio de Igualdad, han beneficiado a los condenados entre uno y cuatro años y medio menos de pena definitiva con respecto a la anterior ley.
El motivo es que al fusionarse en un solo delito el abuso sexual y la agresión sexual se ha modificado el cuadro penológico; esto es, tanto las horquillas mínimas como las máximas. Un cambio legal que, según el artículo 2.2 del Código Penal, beneficia al reo en el supuesto que le sea más favorable tras revisar la nueva pena.
Sin embargo, pese a que estas tres resoluciones del Supremo marcan el camino que podría seguir su doctrina, los magistrados esperan pronunciarse a medio plazo sobre alguno de los 130 procedimientos que ya han sido juzgados por las audiencias provinciales o revisados de forma posterior por un TSJ autonómico, y cuyas penas también han sido modificadas con la nueva ley.
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Las citadas fuentes del Supremo indican que para que la Sala Segunda aclare las reglas de aplicación del 'solo sí es sí' tendrá que fallar en el mismo sentido en al menos dos o tres casos similares. Y hasta conseguirlo podrían pasar entre seis y siete meses, que es el tiempo medio de respuesta desde que se registra un recurso de casación contra una sentencia de instancia que ha beneficiado al reo hasta que el Supremo resuelve.
Precisamente, desde la sala de mandos de Moncloa, el Gobierno espera conocer esta doctrina antes de decidir de forma definitiva sobre la necesidad de introducir algún cambio en la ley. De imponerse este plazo, el debate, incluso entre los socios de coalición, PSOE y Unidas Podemos, estallaría en plena precampaña de las generales del próximo otoño.
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No obstante, la presidenta del Observatorio contra la violencia doméstica y de género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Ángeles Carmona, ya advirtió la semana pasada de que «la única solución que cabe» para evitar esta situación ante futuros agresores «es la reforma legislativa» de los tipos mínimos y máximos , ya que la aplicación de la norma más favorable al reo es un derecho constitucional. En este caso, lo que están haciendo los operadores jurídicos es «aplicar la ley y la Constitución», recordó.
Una reflexión que no comparte el Ministerio de Igualdad, ya que en el departamento que dirige Irene Montero rechazan de plano cualquier modificación de la norma y reclaman a los tribunales la que sería, en su opinión, la correcta interpretación. Sin embargo, el número de casos en los que se aplican las rebajas seguirá creciendo previsiblemente ante las revisiones pendientes en todas las comunidades autónomas. Un total de 17 condenados ya han sido excarcelados tras acortarse su condena.
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