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Casi al inicio de los sanfermines se impone el criterio asumido con la 'ley del solo sí es sí' y la pena de 15 años pasa a 14 para Ángel Boza, uno de los condenados por la violación grupal, conocida como La Manada ... , a una mujer en Pamplona en las fiestas de 2016. El Supremo ratifica la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que adecuó la condena según la nueva legislación que rebajó el mínimo legal del delito en un año y tres meses y pasó de 14 años con tres meses a trece años). Dice el Supremo que no pueden hacerse diferencias «entre este caso, por más que sea particularmente mediático, y los cientos de casos que han sido analizados» en otros recursos de casación.
En la sentencia anterior se impuso un lapso entre rejas «próximo» o «cercano» al mínimo legal vigente entonces. Ese límite por agresión sexual cambió con la entrada en vigor de la 'Ley orgánica 10 /2022 de garantía integral de la libertad sexual'. «El tribunal navarro argumentaba que, al entrar en vigor la ley, y por tanto la pena debía también reducirse puesto que, tras la reforma legal, quedaba situada dos años por encima del nuevo mínimo legal», indica el Supremo, que «considera razonable el criterio expresado» por la instancia anterior, de mover las penas ya dictadas según el arco de posibilidades «penológicas», siempre que favorezca al reo.
«Es claro que el Tribunal Supremo situó la pena muy poco por encima de su umbral mínimo», dice la sentencia, «lo que justifica la imposición de una pena superior al mínimo legalmente previsto, aunque muy cercano al mismo». En la condena firme del Supremo -cuando dictaminó también que no se trataba sólo de un delito de violación, sino de varios, siendo uno por cada penetración sufrida por la víctima- situó esa condena en «nueve meses por encima del mínimo legal de aquel momento».
«Esa pena establecida entonces de 15 años es ahora, con la nueva regulación, superior en dos años al mínimo imponible», indica. «La nueva ley es más favorable para el acusado porque ha bajado un año y tres meses el umbral mínimo imponible, y mantiene el mismo techo».
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