Isabel Díaz Ayuso Efe

El Supremo archiva la denuncia contra Ayuso por las miles de muertes de ancianos en residencias durante la pandemia

El tribunal alega que la demanda contra la presidenta se hizo en «términos genéricos e indeterminados» incompatibles con la vía penal

Jueves, 20 de junio 2024, 12:25

El Supremo ciega, al menos por ahora, la vía penal para perseguir a Isabel Díaz Ayuso por su supuesta responsabilidad en las muertes de ancianos en las residencias de la Comunidad de Madrid durante la pandemia de la covid. La Sala Penal del alto tribunal ... ha inadmitido una denuncia presentada por un particular contra la presidenta de la región por supuestos delitos de homicidio imprudente, omisión del deber de socorro, derecho a tratamiento médico y delito de prevaricación con la agravante de premeditación, en relación a las muertes de 7.291 personas en las residencias en los meses del encierro total en 2020. Ese ciudadano denunció, en línea con los partidos de oposición, que los denominados despectivamente como 'protocolos de la vergüenza' -según los cuales el Gobierno autonómico habría prohibido derivar a los hospitales a los mayores gravemente enfermos- abocaron a la muerte de esos miles de residentes.

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El tribunal explica que la denuncia no puede prosperar al estar planteada en unos «términos genéricos e indeterminados», que son incompatibles con la vía penal, que requiere pruebas fehacientes para «vincular el fallecimiento de concretas personas con concretas medidas o decisiones adoptadas por la persona denunciada»

«No disponemos, ni la denuncia los proporciona, datos precisos para concluir en qué medida los criterios de derivación hospitalaria que en la denuncia se denominan «protocolos de la vergüenza» fueron acertados y rigurosos médicamente en función de la situación epidemiológica y hospitalaria de cada momento. Como tampoco de cuál fue el verdadero grado de cumplimiento de esos protocolos o de qué concretos pacientes pudieron fallecer por su aplicación», añade el auto del tribunal.

En cuanto a la acusación en sí contra Díaz Ayuso, el Supremo explica que una eventual atribución de responsabilidad penal a la persona aforada exigiría «apreciar con nitidez la existencia de una relación de causalidad concreta y precisa entre los fallecimientos y enfermedades producidos y las medidas adoptadas o las no adoptadas pero que debieron serlo». Es decir, que «la necesaria relación de causalidad no puede plantearse en los términos genéricos o difusos en que aparecen en la denuncia».

No es un aval a Ayuso

En cualquier caso, el Supremo, a pesar de decretar el archivo de la denuncia contra Ayuso, se esmera en dejar claro que ese carpetazo no debe, en modo alguno, interpretarse como un aval o un espaldarazo a la política sanitaria o la gestión de la pandemia que hizo el Gobierno autonómico. «El archivo de la denuncia y el rechazo de la incoación de un procedimiento penal es compatible con el cuestionamiento crítico de las decisiones que en ámbito sanitario se pudieron tomar por los responsables de la Comunidad Madrid, como también por el resto de Comunidades Autónomas o del Gobierno estatal durante la gestión de la pandemia covid-19, particularmente, en relación con las residencias de personas mayores», insiste la resolución. "El eventual archivo del procedimiento ni es un aval a las políticas sanitarias que se aplicaron en relación con las residencias de personas mayores, ni lo contrario», abunda el Supremo.

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El alto tribunal deja entrever que probablemente el camino para exigir r responsabilidades penales por las muertes de los ancianos sean las denuncias por fallecimientos concretos. En esa línea, el Supremo recuerda que hay constancia de que se han presentado numerosas denuncias ante la Fiscalía y ante los juzgados de instrucción de la Comunidad de Madrid por estos mismos hechos, pero ahí sí en relación con residencias determinadas y personas concretas, y que en la propia denuncia se hace referencia a ello. «Es en esos procedimientos en los que puede esclarecer lo ocurrido, determinando qué fallecimientos pudieron estar asociados a decisiones políticas, administrativas o de gestión y cómo, por quién y de qué manera se tomaban las decisiones de no derivación hospitalaria», concluye el auto.

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