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El pleno del Tribunal Constitucional afrontará a partir del próximo martes el debate sobre los cinco recursos presentados por condenados en la llamada 'pieza política' del caso de los ERE que aún quedan por resolver. Se trata de los que afectan a los expresidentes Manuel ... Chaves y José Antonio Griñán, al exconsejero Gaspar Zarrías, al exdirector de Trabajo Juan Márquez y al ex director general de Presupuesto Antonio Vicente Lozano. Ninguno de ellos está en prisión. Chaves, Zarrías y Lozano, porque sólo fueron condenados a penas de inhabilitación; Griñán y Márquez, con penas de cárcel, por motivos de salud.
Tanto el antecedente de las seis sentencias dictadas hasta ahora por el tribunal de garantías como el contenido de las ponencias que se someterán a debate y la propia composición del tribunal permiten vaticinar con escaso margen para la duda que las sentencias que se dictarán serán favorables a los condenados, lo que ahondará aún más en la guerra de relatos en la que PP y PSOE se han embarcado desde que se conocieron las primeras sentencias. Los primeros, para intentar evitar que la identificación de este caso como el más grave episodio de corrupción de la historia instalado en el buena parte del imaginario social quede relegado a un estadío menor; los segundos, para instalar un nuevo relato que inscriba el proceso de los ERE en un caso de persecución política. «Cacería» es el término incluido en el argumentario socialista.
Se está librando una batalla dialéctica sin lugar para nada parecido a un término medio con lq que el PSOE-A aspira a abrir un nuevo tiempo político a partir de una relectura de este proceso. Como parte de esta situación, las decisiones del Tribunal Constitucional –en la que, al igual que cuando el Supremo confirmó la sentencia de la Audiencia de Sevilla, se adoptaron con radicales discrepancias por parte de los magistrados de la minoría- han traído interpretaciones variadas de las que se derivan una serie de dudas.
1. ¿Por qué interviene el Constitucional?
El tribunal de garantías ha considerado que durante el procedimiento se vulneró el derecho a la legalidad penal de los recurrentes al hacerse una interpretación y aplicación imprevisible del delito de prevaricación y, en algunos casos, también y el derecho a la presunción de inocencia. Por ello se anula la sentencia dictada por la Audiencia de Sevilla y después confirmada por el Tribunal Supremo en lo que afecta a lo que el Constitucional considera que se produjo esa situación. En los votos particulares de los magistrados pertenecientes a la minoría conservadora se considera que el Constitucional se ha excedido en sus funciones al actuar como un tribunal de casación y cuestionar la valoración de la prueba que se hace en la sentencia anulada.
2. ¿Se pueden considerar absolutorias las sentencias del Constitucional?
Algunos de los condenados, entre ellos los exconsejeros Magdalena Álvarez, Francisco Vallejo y Carmen Martínez-Aguayo –estos dos pasaron año y medio en prisión- han declarado que el tribunal de garantías ha dictado su inocencia, una versión respaldada por el Partido Socialista. En realidad, ambas, al igual que el resto de los procesados a quienes se les ha admitido parcialmente sus recursos, siguen condenados hasta que la Audiencia de Sevilla dicte una nueva sentencia, que podrá o no ser absolutoria. De hecho, el Constitucional sólo considera nula una parte de la sentencia original -la referida a la que se condenaba a los altos cargos por la aprobación de proyectos de presupuestos que no se ajustaban a la ley de presupuestos vigente en ese momento- pero no a actuaciones anteriores. También hay casos en los que el Constitucional estima que hay condenas por malversación sobre las que no se ha argumentado que los hechos imputados fueran cometidos por la recurrente
Sin embargo, en el caso de los exconsejeros, todos presentan situaciones en las que se mantiene el reproche penal. Para Martínez-Aguayo y Francisco Vallejo, se considera que no resulta imprevisible ni contrario al derecho a la legalidad penal las condenas por prevaricación que se les impusieron por una modificación presupuestaria realizada en diciembre de 2004, dado que los fines del programa al que se desviaron fondos no eran la concesión de ayudas sociolaborales. En una situación similar está el exconsejero de Empleo Antonio Fernández. En el caso de Magdalena Álvarez se mantiene la condena por prevaricación por las distintas modificaciones presupuestarias realizadas en 2000 y 2001, dado que se adoptaron con infracción de la normativa presupuestaria entonces vigente. Sólo el recurso del exdirector de IDEA, Miguel Ángel Serrano, ha sido estimado totalmente.
3. ¿Por qué el exconsejero de Empleo, Antonio Fernández, sigue en prisión a pesar de que su recurso ha sido admitido por el Constitucional?
La sentencia en relación con Fernández sostiene que no se puede considerar que su derecho a la legalidad penal haya sido violentado con la sentencia que lo condena por disponer de fondos públicos para fines distintos a los previstos en el llamado programa 3.1 L; esto es, para fines distintos de las ayudas sociolaborales y a empresas en crisis. Su situación como ex consejero de Empleo es diferente a de sus ex compañeros de Gobierno que ocupaban las carteras de Economía o Innovación.
4. ¿Qué pasará con Chaves y Griñán?
La decisión que el tribunal adopte en relación a los dos expresidentes de la Junta condenados en este procedimiento podrá tener una influencia decisiva sobre la lectura que se termine haciendo del caso. Las ponencias que debatirá el pleno del Constitucional es análoga a la de los exconsejeros, es decir que permitirá una rebaja sustancial de la condena en el caso de Chaves y su anulación completa en el caso de Griñán.
5 .¿En qué se basa el Partido Popular para pedir que la mayor parte de los magistrados del ala progresista se aparten del caso?
El PP considera que la mayor parte de los magistrados que con su voto en bloque han propiciado la anulación de la sentencia para seis de los condenados en la pieza política están contaminados porque en su actuación anterior en la judicatura ya han tenido que tomar decisiones en relación con los ERE. El caso más relevante es el del presidente del tribunal, Cándido Conde-Pumpido, que cuando pertenecía al Tribunal Supremo tuvo que pronunciarse sobre este proceso y decidió apartarse, ya que como fiscal general del Estado había participado en su tramitación
6. ¿Cuánto dinero ha recuperado la Junta de Andalucía?
Los Juzgados de lo Penal, de lo Contencioso Administrativo y el Tribunal de Cuentas han reconocido ya en sentencias firmes la devolución de 62 millones de euros a las arcas de la Junta de Andalucía. De esa cantidad, la Administración autonómica ha ingresado más de 27 millones.
7. ¿Cómo afectan las sentencias del Constitucional a la posibilidad de recuperar el resto del dinero defraudado?
La Junta está ejerciendo la acusación en decenas de piezas de los ERE donde se están reclamando, hasta el momento, 135 millones de euros. Quedan otros 134 casos y piezas separadas donde también se reclamarán cantidades. Asimismo, la Junta de Andalucía ha reclamado en el Tribunal de Cuentas –que actúa sobre responsabilidades contables- los 680 millones de euros que considera como cantidad global defraudada. La anulación de las condenas por malversación rebajarán sensiblemente la posibilidad de seguir reclamando esa cantidad.
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