El Tribunal Supremo ya ha dado los primeros pasos para resolver en sentencia la legalidad de los indultos parciales concedidos por el Gobierno a los líderes independentistas catalanes condenados a prisión por el 'procés'. Un año después de aprobarse los decretos que excarcelaron a los ... nueve políticos a cambio de no volver a delinquir en un periodo de hasta seis años, la Sala de lo Contencioso-Administrativo trabaja con un horizonte temporal de varios meses -al menos hasta otoño- para tener listas sus resoluciones sobre los recursos de reposición admitidos el pasado 24 de mayo.
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Esta decisión de la Sección Quinta llegó después de revocar el rechazo previo del propio órgano que vio los escritos, que no admitió en enero pasado su tramitación por la falta de legitimación activa de los recurrentes para impugnar los decretos del Ejecutivo, entre ellos el PP, Vox o tres diputados de Ciudadanos.
Entonces, el tribunal formado por cinco magistrados resolvió por tres votos a dos. Pese a que la decisión parecía definitiva para descanso del Gobierno, un cambio de dos magistrados en esta sección en los meses siguientes supuso una variación de las mayorías y la admisión de los recursos de reposición. Se trata de una figura que permite pedir a la Sala que adoptó una decisión que la reconsidere, pero casi nunca tiene recorrido porque implica que los jueces se desdigan de lo que ellos mismos dictaminaron.
Este cambio de criterio no implica necesariamente que las impugnaciones vayan a prosperar y el tribunal vaya a anular las medidas de gracia que dejaron en libertad a Oriol Junqueras y el resto de condenados a penas de cárcel por un delito de sedición y/o malversación de caudales públicos, pero la mera deliberación de los mismos da oxígeno a los detractores y resucita un asunto que ya parecía superado.
Pues bien, el primer paso de la tramitación de los recursos contra los indultos tiene que ver con el plazo de 20 días dado a la Abogacía del Estado, en representación del Ejecutivo, para contestar a la admisión de los mismos, uno a uno. Después las partes tienen un plazo definido por ley para pedir al tribunal la celebración de las pruebas que hubieran incluido en sus demandas. Y, en último término, la Sala deberá fijar el señalamiento de una vista antes de dictar sentencia.
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En sus autos, el tribunal ya avanzó que el motivo a examen sería la legitimación de los recurrentes, más si cabe cuando se trata de indultos parciales por delitos «muy singulares» contra la sociedad, que protegen bienes jurídicos colectivos no individuales. Además, justificó los «complejos perfiles» que representan los partidos políticos como parte interesada y la «reiterada discrepancia» en el seno de la sección sobre esta figura. En cualquier caso, existe la posibilidad de que la Sala entre en el fondo y delibere también sobre la legalidad de los decretos del Gobierno, según admiten fuentes del Supremo.
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