Irene Montero, ministra de Igualdad, en su escaño en el Congreso de los Diputados EFE

Retrato de los condenados por delitos sexuales con la pena rebajada por la ley del 'solo sí es sí'

Las atenuaciones de los castigos superan el centenar sin que el Gobierno haya movido aún ficha para el posible ajuste de la norma al que Podemos se opone

Sábado, 7 de enero 2023, 00:58

El Gobierno no tiene intención de acometer por ahora ninguna reforma en la ley del 'solo sí es sí' –Unidas Podemos siguenegándose– a pesar de que la norma impulsada por el Ministerio de Igualdad ha propiciado ya más de un centenar de rebajas de penas ... a agresores sexuales, con una veintena de excarcelaciones. Entre los casos en los que los tribunales han tenido que reducir las condenas, basándose en el reajuste de los tipos penales de la nueva Ley Integral de Libertad Sexual más favorable al reo, se encuentran algunos especialmente hirientes. Casos que van desde un condenado por violar a su hija en Zamora al de un abusador múltiple de menores en Madrid, pasando por el inculpado que grabó con su móvil cómo agredía a una mujer con la que había contacto a través de Tinder.

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  1. Dos años menos a un hombre condenado por violar a su hija

La Audiencia de Zamora ha sido uno de los últimos tribunales en rebajar la pena a un condenado por violación a raíz de la ley del 'solo sí es sí'. El beneficiado es un hombre declarado culpable de violar repetidas veces a su hija menor de edad en 2018. La sentencia por la que fue condenado a 13 años y siete meses de prisión en primera instancia aplicaba circunstancias agravantes de «intimidación y abuso de superioridad». En aquel momento, los magistrados aplicaron la horquilla «de entre 11 y 15 años» de cárcel por tratarse de un delito continuado de violación. Sin embargo, con la nueva ley –que para idénticos casos establece penas de 7 a 15– se le ha atenuado el castigo. Cumplirá 11 años y dos meses.

  1. Reducción de cinco años a un abusador múltiple de menores en Madrid

La ley del 'solo sí es sí' obligó a la Audiencia Provincial de Madrid a rebajar en más de cinco años la pena de cárcel inicialmente impuesta a un abusador múltiple de menores el mismo día de la entrada en vigor de la norma, el pasado 7 de octubre. El procesado fue condenado hace justo un año por tres delitos de abuso sexual continuado a otros tantos menores –algunos de edades por debajo de los 16 años–, a los que se sumaron un cuarto abuso sexual y un delito de posesión de pornografía.La pena total alcanzó los seis años y nueve meses de prisión. Al tener que aplicarse las modificaciones y las nuevas horquillas penales tras la entrada en vigor de la norma impulsada por Igualdad, la pena quedó notablemente reducida: tan solo un año y tres meses. El condenado satisfacía sus ilícitas pulsiones sexuales ofreciendo a varios menores pequeñas cantidades de dinero a cambio de que los mismos accedieran a dejarse chupar distintas partes del cuerpo. Pero algunas de las conductas por las que fue imputado el acusado ya no son delito –varios abusos dejaron de serlo por ser las víctimas mayores de 16 y no mediar violencia–.

  1. Dos hombres agreden a una mujer, la pena pasa de 18 años a 11

Dos hombres condenados a 18 años de prisión por agredir sexualmente a una joven en un hostal de Santander tendrán que cumplir finalmente 11 años cada uno. Según los hechos probados y tras pasar la noche con una mujer en varios bares de copas de Santander, ambos invitaron a la víctima a subir a la habitación del hostal en el que se alojaban, donde la agredieron sexualmente. En aplicación de la ley del 'solo sí es sí', el tribunal baja de 12 a 7 años la condena por la agresión sexual y de seis a cuatro la impuesta por ser cooperador necesario en la violación cometida por el otro acusado. Es decir, los 18 años totales de la condena original se reducen ahora a 11.

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  1. Rebaja tras abusar de la hija menor de su pareja

La Audiencia Provincial de Madrid condenó a ocho años de cárcel a un hombre como autor responsable de un delito de abuso sexual a una menor de 16 años, que era la hija de su entonces pareja. Con la entrada en vigor de la legislación auspiciada por el ministerio de Irene Montero, que bajó a los seis años la pena mínima a quien realice actos de carácter sexual con un menor de 16 al fundir en un mismo delito el abuso y la agresión, la defensa del sentenciado consiguió una reducción de condena de dos años.

  1. Atenuación para un sentenciado por varios abusos con engaño

La Audiencia de Barcelona condenó a un total de 28 años de prisión a un hombre acusado de agredir a varias mujeres a las que engañaba con anuncios de trabajo que eran falsos. Este individuo fue condenado en 2019 por cinco delitos distintos; los dos más graves: 15 años de prisión por una agresión sexual y 10 años por un segundo ataque. Es esta segunda sentencia la que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña revisa a la baja aliviando un año de cárcel al condenado. Los magistrados del TSJ explican que la Audiencia de Barcelona le ha impuesto la franja media del delito, que se movía en una horquilla penológica que iba de 6 a 12 años de prisión. Y añade que, con la nueva ley, esos márgenes quedan igual –12 años– por arriba pero no en su límite inferior, que se rebaja a cuatro. Por lo tanto, la franja media está en ocho. Para «guardar la fidelidad de la decisión» de la Audiencia, el TSJ impone al sentenciado una pena ligeramente más alta: nueve años.

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  1. Libertad anticipada para un hombre que realizó tocamientos a niñas

El pasado 20 de diciembre, la Audiencia Provincial de Álava decretó la puesta en libertad de un hombre que había realizado tocamientos en los glúteos a cuatro niñas menores de 16 años y a otra mayor de edad mientras patinaban en una pista de hielo en Vitoria. El acusado fue condenado a nueve años de prisión, pero el Supremo rebajó la pena, en la revisión en casación de la condena que aún no era firme, a cuatro años y seis meses por la ley del 'solo sí es sí'. El sentenciado llevaba encarcelado desde el día 23 de diciembre de 2019 y fue puesto en libertad tras estimar el tribunal su recurso –había cumplido ya tres años en la celda–.

  1. Beneficiado tras violar a una mujer que conoció por Tinder y grabarlo

El Tribunal Superior de Galicia rebajó el 16 de diciembre de ocho años y medio a seis y medio la pena de prisión a un hombre que violó a una mujer a la que conoció a través de la aplicación digital de contactos Tinder. Los hechos ocurrieron en agosto del año 2020 en el municipio coruñés de Cambre y el condenado llegó a grabar la agresión sexual con su dispositivo móvil, sin que conste que difundiera las imágenes a terceras personas.

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