Secciones
Servicios
Destacamos
La modificación del delito de malversación de caudales públicos, que el Gobierno se ha comprometido a estudiar para rebajar el castigo cuando no se haya producido un lucro personal, tendría un impacto directo en decenas de sentencias firmes y en la situación de multitud de ... condenados en prisión.
En caso de consumarse este cambio legal, los tribunales deberán revisar caso por caso si ha habido enriquecimiento o no a través de la malversación, ya que el Código Penal, en su artículo 2.2, establece que tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena. También beneficiaría a los investigados en causas en marcha si se considera que dicha reforma es «más favorable» con respecto a la legislación en vigor en la fecha de los hechos.
Con este contexto, una eventual modificación de este delito de corrupción obligaría a revisar la situación de 40 reclusos que cumplen penas de prisión en la actualidad por malversar fondos públicos o los 49 castigados en firme por este delito solo en lo que va de 2022, según los datos recogidos por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Además, la Fiscalía Anticorrupción debería examinar los 68 escritos de acusación que ha presentado entre 2019 y 2021, por ejemplo, en los que se incluye la imputación de este tipo penal a personas físicas, según recogen las memorias anuales del Ministerio Público.
Reforma de la sedición y malversación
Paula De las Heras María Eugenia Alonso
Miguel Ángel Alfonso
Pero, ¿cómo está recogida la malversación en el Código Penal? Se trata de un delito especial de apropiación indebida del patrimonio público o administración desleal del mismo que tiene que ser cometido por una autoridad o funcionario público. Recoge penas de prisión de dos a seis años e inhabilitación especial para cargo o empleo público por un tiempo de seis a diez años, y en los casos agravados podría alcanzar hasta los doce años de cárcel en virtud de si hubo lucro personal superior a 250.000 euros.
La reforma que impulsó el PP en 2015, durante la mayoría absoluta del Gobierno de Mariano Rajoy, hizo desaparecer el «ánimo de lucro» para ser castigado por malversación. La reforma introdujo una nueva tipificación como un supuesto de administración desleal de fondos públicos, mucho más extensiva y con la vista puesta entonces en castigar conductas como la convocatoria de la consulta popular del 9 de noviembre de 2014 en Cataluña, bajo la presidencia de Artur Mas.
Se incluyeron dentro del ámbito de la norma –junto con las conductas de desviación y sustracción- otros supuestos de gestión desleal con perjuicio al patrimonio. Ahora, a falta de conocer detalles sobre la enmienda que presentará ERC en la anunciada reforma para derogar el delito de sedición, la modificación que introdujo el PP podría ser una de las líneas a enmendar.
La razón es que los socialistas ya defendieron en 2015 suavizar las penas de este delito cuando no comportase lucro personal. Para ello, presentaron una enmienda para que «la autoridad o funcionario público que cometiere el delito del artículo 252 sobre el patrimonio público administrado» fuese castigado «con una pena de prisión de seis meses a tres años e inhabilitación especial para cargo o empleo público por tiempo de cuatro a diez años».
El castigo propuesto cuando hubiese enriquecimiento personal era de penas de prisión «de tres a seis años e inhabilitación absoluta de seis a diez años». Es decir, de la horquilla actual de dos a doce años de prisión pasaríamos de seis meses a seis años con una eventual modificación legal.
En el capítulo de beneficiarios directos ante esta eventual reforma estaría el exvicepresidente de la Generalitat y actual presidente de ERC, Oriol Junqueras, que una vez anulada la pena de prisión por el indulto mantiene la inhabilitación absoluta de 13 años. El tribunal del 'procés' fijó hasta el 5 de julio de 2031 la imposibilidad de ser elegido para un cargo público. Pero de rebajarse el delito de malversación, vería reducida su inhabilitación entre tres y nueve años, abriendo la puerta a que pudiese concurrir a los próximos comicios catalanes de 2025.
Otro afectado sería el expresidente andaluz Jose Antonio Griñán y el resto de condenados a prisión por malversación en la pieza política de los ERE. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ya abonó además el terreno del indulto haciendo hincapié en que no hubo enriquecimiento personal de Griñán, condenado a seis años de cárcel. «No es lo mismo el corrupto que se lleva el dinero a su bolsillo, que aquel que no se lo lleva», respaldó ayer la titular de Defensa y magistrada Margarita Robles.
También se podrían beneficiar el expresidente catalán Carles Puigdemont y los exconsejeros huidos Toni Comín, Clara Posatí y Lluís Puig. Si la reforma de la sedición anunciada por el Gobierno sale adelante afrontarían un juicio por los delitos de desórdenes públicos agravados y malversación. Si además se modifica este tipo penal, su situación judicial quedaría más aliviada.
Algunos de los condenados por el 'caso Noos' podrían verse, a su vez, agraciados con la medida, incluido el exduque de Palma y expresidente del Instituto Noos Iñaki Urdangarin, sobre quien pesa una condena de cinco años y diez meses de prisión, y siete años y seis meses de inhabilitación absoluta, por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con malversación, tráfico de influencias y delito contra la Hacienda Pública. Urdangarin cumple el tramo final de su condena en semilibertad desde junio de 2021. En el marco de este procedimiento también fue condenado solo por malversación el expresidente de Baleares y exministro del PP Jaume Matas: tres años y ocho meses de cárcel.
También se trata de un delito relevante en macrocausas como Gürtel, Púnica, Lezo o Erial en Valencia, que afecta al exministro del PP Eduardo Zaplana. En lo relativo a Lezo, este cambio legal podría afectar a los acusados que serán juzgados a partir del 24 de mayo de 2023 en el primer juicio de esta causa que afecta a la empresa pública madrileña Canal de Isabel II. Entre los acusados que podrían verse beneficiados se encuentran los exconsejeros madrileños Pedro Calvo y Juan Bravo, antiguos colaboradores del que fuera alcalde de Madrid, presidente regional y ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Carnero a Puente: «Antes atascaba Valladolid y ahora retrasa trenes y pierde vuelos»
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.